APLICACION PROVISIONAL DEL CANJE DE CARTAS, DE FECHAS 13 DE DICIEMBRE DE 1994 y de 22 de Marzo de 1995, constitutivo de acuerdo entre españa y la Organizacion de Naciones unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura (unesco), relativo a la Conferencia internacional sobre Reservas de la Biosfera (sevilla, 20-25 de Marzo de 1995).

Fecha de Entrada en Vigor15 de Marzo de 1995
MarginalBOE-A-1995-25774
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

Asunto: Conferencia sobre Reservas de la Biosfera (Sevilla, 20-25 de marzo de 1995) Excelentísimo señor Ministro y querido amigo:

Tengo el honor de referirme a la atenta carta número 533, de 8 de noviembre de 1994, por la cual el excelentísimo señor don Félix Fernández-Shaw, Embajador, Delegado permanente de España ante la UNESCO, me confirmó la invitación que su Gobierno formulara durante la 27.ª sesión de la Conferencia General, para que la Conferencia Internacional sobre Reservas de la Biosfera, se celebre en España, así como a mi respuesta del 8 de diciembre del presente, comunicándole que he aceptado dicha invitación.

Reitero a las autoridades mi vivo agradecimiento por este generoso ofrecimiento y me permito dar a conocer a Vuestra Excelencia, a continuación, las características de dicha reunión:

  1. Objeto y naturaleza.

    La reunión se organiza en virtud de la Resolución 2.3 aprobada por la Conferencia General en su 27.ª reunión y con arreglo al plan de trabajo correspondiente (Programa y presupuesto aprobado para 1994-1995, párrafo 02232). Tendrá por objeto (a) examinar y evaluar el Plan de Acción de las Reservas de la Biosfera adoptado en 1984 y, basándose en la experiencia adquirida, orientar en los lineamientos que se adoptarán para una acción futura, (b) analizar y comentar el proyecto de marco estatutario de la Red Internacional de Reservas de la Biosfera y contribuir a su definición, (c) investigar sobre el papel de las Reservas de la Biosfera en cuestiones medioambientales y de desarrollo a escala regional.

    De conformidad con el «Reglamento para la clasificación de conjunto de las diversas categorías de reuniones convocadas por la UNESCO», aprobado por la Conferencia General en su 14.ª reunión (14 C/Resolución 23), dicha reunión corresponde a la categoría IV «Congresos internacionales».

  2. Participación.

    (a) Participantes principales:

    Los participantes principales serán unos cuatrocientos especialistas de alto nivel, y asistirán a título personal.

    (b) Representantes y observadores:

    La Organización de las Naciones Unidas, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, así como las demás organizaciones intergubernamentales con las cuales la UNESCO ha concertado acuerdos de representación recíproca, podrán enviar representantes a la reunión, si así lo desean.

    El número total de participantes, comprendidos los representantes y observadores antes mencionados y los funcionarios de la Secretaría, será de unas cuatrocientas cincuenta personas.

    Tengo el honor de someter a la consideración de Vuestra Excelencia las siguientes propuestas para la celebración de esta reunión.

    1. Lugar y fecha de la reunión.

      La reunión se celebrará en la ciudad de Sevilla, en el Centro Internacional de Congresos, del 20 al 25 de marzo de 1995.

    2. Organización de la reunión.

      La preparación material y la organización técnica de la reunión correrán a cargo de las autoridades competentes del Gobierno de España y la UNESCO, sobre la base del pliego de necesidades adjunto.

      Asimismo, las dos partes podrán, de común acuerdo, introducir las modificaciones que estimen necesarias para organizar la reunión y permitir el desarrollo normal de sus trabajos.

      Con objeto de facilitar la organización de la reunión, el Gobierno de España, al aceptar las condiciones estipuladas en el presente acuerdo, designará a un alto funcionario para que se encargue de mantener en su nombre el enlace con la Secretaría de la UNESCO y tenga la responsabilidad de los servicios que el Gobierno haya de facilitar. Todas las cuestiones relativas a la organización material y técnica de la reunión se tramitarán por conducto del funcionario designado a este efecto.

    3. Privilegios e inmunidades.

      El Gobierno de España aplicará, en todo lo que se refiere a la reunión, las disposiciones de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados de las Naciones Unidas y su anexo IV, ratificada por España el 26 de septiembre de 1974.

      En particular, el Gobierno garantizará que no se pondrá ninguna restricción a la entrada, estancia y salida del territorio de España de las personas, cualquiera que sea su nacionalidad, que participen oficialmente en la reunión en virtud de una decisión tomada por las autoridades competentes de la UNESCO y según los reglamentos pertinentes de la organización.

    4. Daños y perjuicios.

      Durante el tiempo en que los locales reservados para la reunión estén a disposición de la UNESCO, el Gobierno de España cubrirá los daños que puedan causarse a esos locales, a las instalaciones y al mobiliario, y asumirá plena responsabilidad por los accidentes de que puedan ser víctimas las personas que se encuentren en dichos locales. Por su parte, las autoridades españolas podrán adoptar las medidas que estimen pertinentes para asegurar la protección de las personas, así como de los locales, instalaciones y mobiliario anteriormente mencionados, particularmente contra robos e incendios. El Gobierno de España podrá pedir a la UNESCO una indemnización por cualquier daño causado a personas o bienes, debido a una falta cometida por un funcionario de la Secretaría o por cualquier otra persona que trabaje por cuenta de la organización.

      Si, como es de esperar, el Gobierno de Vuestra Excelencia aprueba las propuestas que anteceden, le agradecería tenga a bien firmar y fechar los dos ejemplares de la presente carta y devolverme uno de ellos lo antes posible.

      Una vez firmado por ambas partes, el presente documento constituirá el acuerdo entre el Gobierno de España y la UNESCO en todo cuanto se refiere a la mencionada reunión.

      Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi alta y distinguida consideración.

      FEDERICO MAYOR

      CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE RESERVAS DE LA BIOSFERA

      (Sevilla, 20-25 de marzo de 1995)

      PLIEGO DE NECESIDADES

    5. Bases de la evaluación.

      Lugar: Sevilla, Centro Internacional de Congresos.

      Fechas: 20-25 de marzo de 1995.

      Duración: Seis días hábiles.

      Número aproximado de participantes: Cuatrocientos cincuenta (incluidos los participantes principales, observadores y miembros de la Secretaría).

      Idiomas de trabajo: Español, inglés y francés (con interpretación simultánea) (1).

      Organización del trabajo: Plenaria y tres comisiones.

      Número de reuniones simultáneas: Tres, durante tres días.

      Actas: Grabación magnetofónica y videográfica de los debates (sin transcripción).

      Documentos preparados por un comité de redacción y adoptados por la Conferencia.

      Documentos: Español, inglés y francés.

      Número aproximado de páginas estándar (originales) durante la Conferencia: Veinticinco.

      (1) El servicio de interpretación será proporcionado por las autoridades del país anfitrión (ver punto III.1 (d)).

    6. Servicios que proporcionará la UNESCO.

      1. Disposiciones preliminares y cooperación técnica con las autoridades del país anfitrión.

      2. Redacción y envío de las invitaciones y de los documentos de trabajo.

      3. Secretaría de la reunión.

      4. Gastos de viaje y estadía de cien participantes provenientes de países en desarrollo y en transición, invitados por el Director general.

      5. Viajes y dietas de los funcionarios de la Secretaría de la UNESCO, incluido el personal de traducción (1).

      6. Un juego de indicadores con los nombres de los participantes (de los miembros elegidos de la reunión).

      7. Tarjetas de identificación para los participantes.

      8. Publicación y distribución de las actas de la Conferencia, después de la reunión.

      (1) En el momento oportuno, la UNESCO proporcionará a las autoridades el nombre de las personas autorizadas.

    7. Facilidades y servicios que proporcionará el país anfitrión.

      1. Gastos especiales:

        (a) Viajes y alojamiento para cien participantes, incluidos 70 provenientes de países en desarrollo y de países en transición...

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