Aplicación provisional del Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas para acoger un curso de personal directivo de misiones de paz, que se celebrará en Madrid entre los días 31 de octubre y 11 de noviembre de 2011, hecho en Nueva York el 17 y 28 de octubre de 2011.

MarginalBOE-A-2011-19042
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion

17 de octubre de 2011

Excelentísimo Señor,

Tengo el honor de referirme a las resoluciones de la Asamblea General 46/48, de 9 de diciembre de 1991, 48/42, de 10 de diciembre de 1993, y 49/37, de 9 de febrero de 1995, relativas a las necesidades de capacitación del personal para las operaciones de mantenimiento de la paz.

Estas resoluciones establecen, entre otras cosas, que la capacitación del personal para las operaciones de mantenimiento de la paz es fundamentalmente responsabilidad de los Estados Miembros; que debe haber un centro de coordinación para las actividades de capacitación en materia de mantenimiento de la paz en el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas que funcione como centro de coordinación entre las Naciones Unidas y los centros nacionales/regionales de capacitación; y que estas instituciones deben utilizarse para desarrollar varios programas de capacitación para las operaciones de mantenimiento de la paz.

En respuesta a estas resoluciones, las Naciones Unidas, representadas por el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz (en adelante, las «Naciones Unidas») agradecen profundamente a España (en adelante, el «Reino de España») por su ofrecimiento de acoger un Curso para los Oficiales Superiores de las Misiones (en adelante, el «Curso»). En este sentido, las Naciones Unidas desean aceptar el ofrecimiento del Reino de España de organizar el Curso, que se celebrará del 31 de octubre al 11 de noviembre de 2011 en la Escuela Diplomática de Madrid.

De acuerdo con la correspondencia y las conversaciones mantenidas anteriormente y con el fin de proceder a la planificación y organización de este Curso, las Naciones Unidas desean obtener la aprobación del Reino de España con respecto a lo siguiente:

Excelentísimo

Sr. Juan Pablo de Laiglesia

Representante Permanente de España

ante las Naciones Unidas

Nueva York

  1. Asistirán al Curso:

    1. Un máximo de ocho participantes patrocinados procedentes de Estados Miembros;

    2. Un máximo de siete participantes no patrocinados procedentes de Estados Miembros;

    3. Un máximo de cinco participantes no patrocinados procedentes del Reino de España;

    4. Un máximo de tres participantes patrocinados por los organismos especializados de las Naciones Unidas;

    5. Un máximo de cinco participantes del Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz;

    6. Un máximo de nueve funcionarios de las Naciones Unidas (personal especializado del Servicio de Capacitación Integrada de las Naciones Unidas y otros funcionarios de las Naciones Unidas);

    7. Un máximo de siete funcionarios superiores de orientación (algunos de ellos funcionarios de las Naciones Unidas); y

    8. Un máximo de doce facilitadores/instructores de los Estados Miembros y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas.

  2. El número total de participantes será de aproximadamente 53. La lista de participantes será determinada por las Naciones Unidas, en consulta con el Reino de España, antes de la celebración del Curso.

  3. El Curso se llevará a cabo en inglés.

  4. La organización del Curso se dividirá de la siguiente manera:

    1. Las Naciones Unidas serán responsables de:

    2. Los gastos de viaje, comida, alojamiento y pequeños gastos de salida y llegada para los participantes a los que se hace referencia en el artículo 1 [párrafos a), c), e), f), g), y h)]; y los honorarios por contrato de los participantes que no sean funcionarios de las Naciones Unidas a los que se hace referencia en el artículo 1, párrafo g).

    3. Los gobiernos de los participantes no patrocinados mencionados en el artículo 1 b) deberán sufragar los gastos de viaje, comida y alojamiento de sus participantes.

    4. Los organismos especializados de las Naciones Unidas pagarán los gastos de viaje, comidas y alojamiento de los tres participantes patrocinados por ellos mencionados en el artículo 1 d).

    5. El Reino de España:

    6. Abonará a las Naciones Unidas, y no directamente a los beneficiarios finales, la cantidad de trescientos cincuenta mil (350.000) euros como contribución voluntaria para sufragar los costos. Se aplicará a la contribución el 13% obligatorio para los gastos de apoyo a los programas;

      ii. Proporcionará gratuitamente visados y permisos de entrada para todos los participantes y las personas que desempeñen funciones relacionadas con el Curso;

      iii. Proporcionará personal de apoyo para el Curso;

      iv. Proporcionará todo el papel y demás útiles de escritorio, la impresión de carpetas y el material de estudio para el Curso, incluidas las insignias de identificación y los carteles con el nombre de cada participante, y la documentación que el Servicio de Capacitación Integrada considere necesaria;

    7. Proporcionará servicios de fotocopia, reproducción y encuadernación;

      vi. Proporcionará un CD del Curso y etiquetas y fundas para el CD (uno para cada participante, orientador, miembro del personal y facilitador del Curso);

      vii. Proporcionará todos los locales para el Curso, incluida una sala para las reuniones plenarias con un máximo de 45 plazas, equipada con un sistema de megafonía, un proyector LCD conectado a un ordenador, una pantalla, un sistema de audio, una pizarra y un atril con soporte;

      viii. Proporcionará cuatro (4) salas auxiliares con capacidad para hasta 18 personas para las reuniones de grupos, equipadas con una mesa de conferencias, una pizarra y un atril;

      ix. Proporcionará una sala para la secretaría del Curso, equipada con cuatro (4) ordenadores (de escritorio o portátiles, o ambos) con Windows XP, Microsoft Office (en inglés), Adobe Acrobat, lectores de DVD y CDRW, una (1) impresora de oficina a color, una fotocopiadora de alta velocidad, y un fax/teléfono con acceso internacional y local para uso oficial. Todos los ordenadores dispondrán de acceso a Internet, tendrán instalada la última versión de un programa antivirus con la debida licencia y, de ser posible, estarán conectados en red;

    8. Proporcionará, si el lugar donde se realizará el Curso lo permite, una sala equipada con ocho (8) ordenadores conectados en red a Internet y una (1) impresora en blanco y negro para uso de los participantes y el personal de apoyo;

      xi. Proporcionará transporte desde los aeropuertos de Madrid y alrededores y hacia ellos, así como transporte de ida y vuelta a los lugares de alojamiento, y cumplirá todos los requisitos administrativos que procedan en relación con el transporte;

      xii. Organizará las ceremonias de apertura y clausura (incluida una foto del Curso para cada participante y cada facilitador);

      xiii. Organizará un programa cultural para los participantes, incluidas visitas a lugares de interés histórico o cultural, que el Reino de España determinará a su discreción;

      xiv. Proporcionará té y café para las pausas de la mañana y la tarde, así como agua en las salas de conferencias, las salas auxiliares de reunión y las oficinas de la secretaría del Curso.

      El costo de los artículos enumerados en los apartados iv) a vi) y xi) a xiv) del artículo 4 d) será sufragado por las Naciones Unidas.

  5. El Reino de España, a su discreción, podrá informar a los medios de comunicación de la organización, junto con las Naciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR