RESOLUCION DE 25 DE ABRIL DE 1996, de la Direccion general de Investigacion cientifica y Enseñanza superior, por la que se establecen normas para el Calculo de la Nota media en el Expediente academico de los alumnos que acceden a Enseñanzas universitarias conducentes a la Obtencion de Titulos oficiales desde la Formacion profesional.

MarginalBOE-A-1996-10062
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 1005/1991, de 14 de junio, por el que se regulan los procedimientos para el ingreso en los centros universitarios, modificados por el Real Decreto 1060/1992, de 4 de septiembre, habida cuenta de que el acceso a dichos centros viene condicionado por la oferta de plazas en las enseñanzas que en ellos se imparten, arbitró unos criterios que permitieran, en todos los casos en que la demanda fuera superior a aquella, ordenar las solicitudes de ingreso y adjudicar las plazas disponibles. Como criterio valorativo para su adjudicación, en el caso de los estudios de Formación Profesional de segundo grado, el citado Real Decreto estableció la nota media del expediente académico. De acuerdo con lo anterior, la Resolución de la Dirección General de Enseñanza Superior, de 24 de junio de 1993 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de julio), estableció las reglas en orden al cálculo de la mencionada nota media, toda vez que, en virtud de lo dispuesto por las normas en materia de evaluación continua del rendimiento educativo de los alumnos de Formación Profesional, las calificaciones se fijan conforme a baremos cualitativos cuya conversión a escala numérica resultaba precisa a los efectos mencionados. Dichas reglas se referían a la transformación en expresión numérica de las calificaciones globales cualitativas de los expedientes académicos, tanto de los alumnos que hubiesen cursado Formación Profesional de segundo grado, como de los que hubiesen cursado enseñanzas experimentales de módulos profesionales de nivel 3.

La implantación de los ciclos formativos de grado superior, previstos en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), hace necesario dictar, con las debidas adaptaciones, normas para el cálculo de la nota media, a los mismos efectos, de los alumnos que cursen los ciclos formativos de grado superior, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Orden de 21 de julio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 26), por la que se regulan los aspectos básicos del proceso de evaluación, acreditación académica y movilidad del alumnado que curse la Formación Profesional específica establecida en la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo.

Por otra parte, la citada Resolución de 24 de junio de 1993, establece, respecto de cada curso de Formación Profesional de segundo grado, una forma de calcular la nota media para el acceso a las enseñanzas universitarias, basada en la calificación global...

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