ORDEN ECD/2764/2002, de 30 de octubre, por la que se regulan los aspectos básicos del proceso de evaluación, acreditación académica y movilidad del alumnado que curse la Formación Profesional Específica establecida en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Noviembre de 2002
MarginalBOE-A-2002-21670
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Orden de 30 de octubre de 1992, modificada por la de 2 de abril de 1993, define los documentos básicos del proceso de evaluación para las enseñanzas de régimen general de Educación Primaria y Secundaria, establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, así como los elementos básicos de los informes de evaluación y los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos.

Por su parte, la Orden de 21 de julio de 1994 regula los aspectos básicos del proceso de evaluación, acreditación académica y movilidad del alumnado que cursa la Formación Profesional Específica establecida por la Ley 1/1990. En ella se determinan los documentos básicos del proceso de evaluación de la Formación Profesional Específica y se establece el modelo de Libro de Calificaciones de Formación Profesional.

Con posterioridad, el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, en su artículo 7, determina que, con objeto de posibilitar la anulación de la matrícula o la renuncia a la convocatoria y facilitar la movilidad del alumnado, el Libro de Calificaciones de Formación Profesional reflejará los distintos períodos en los que esté organizado el correspondiente ciclo formativo, así como los módulos profesionales que se incluyen en cada uno de ellos.

Habiéndose observado, no obstante, distintas interpretaciones de la normativa citada, en lo relativo a la obtención de la calificación final del ciclo formativo, y diferencias a la hora de cumplimentar el Libro de Calificaciones, procede establecer una norma básica que evite, en adelante, la disparidad de criterios. Por ello, en aplicación de lo dispuesto en el punto 2 de la disposición final primera del Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, y previo informe del Consejo Escolar del Estado y consultadas las Comunidades Autónomas, dispongo:

Primero. Documentos del proceso de evaluación.

Son documentos del proceso de evaluación de la Formación Profesional Específica el expediente académico, las actas de evaluación, los informes de evaluación individualizados y el Libro de Calificaciones de Formación Profesional, de los que los dos últimos tienen la condición de básicos y garantizan la movilidad académica de los alumnos.

Segundo. Expresiones de las calificaciones finales.

  1. La...

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