ORDEN EHA/1283/2004, de 30 de abril, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo para proveer plazas de personal laboral fijo con la categoría de Oficial de Mantenimiento y Oficios, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en el Ministerio de Hacienda y sus Organismos Autónomos.
Marginal | BOE-A-2004-8929 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN EHA/1283/2004, de 30 de abril, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo para proveer plazas de personal laboral fijo con la categoría de Oficial de Mantenimiento y Oficios, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en el Ministerio de Hacienda y sus Organismos Autónomos.
Finalizadas las pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo con la categoría de Oficial de Mantenimiento y Oficios, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en el Ministerio de Hacienda y sus Organismos Autónomos, convocadas por Orden de 24 de septiembre de 2003 (BOE de 8 de octubre de 2003), y en cumplimiento de lo establecido en la base 7.7 de la Orden antes mencionada,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.--Publicar, como anexo a la presente Orden, en el Boletín Oficial del Estado la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, con indicación del número de orden, apellidos, nombre, documento nacional de identidad y puntuación final obtenida.
Segundo.--Establecer, de conformidad con lo dispuesto en la base 8.1 de la Orden de 7 de octubre de 2003, un plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al dela publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado, para presentar la documentación relacionada en la misma, en los lugares indicados en la base 3.3.
Tercero.--De conformidad con lo establecido en la citada base 8.1, la no presentación de estos documentos en el plazo indicado, salvo causa de fuerza mayor acreditada y apreciada por la Administración, producirá la anulación de la admisión, sin perjuicio de la responsabilidad en que el aspirante haya podido incurrir por falsedaden la solicitud.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse a partir del día siguiente de su publicación, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en...
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