ORDEN JUS/2718/2003, de 24 de septiembre, por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para ingreso en los Cuerpos de Secretarios Judiciales, tercera categoría, turnos promoción interna y libre.

MarginalBOE-A-2003-18349
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

obligaciones sin dotación presupuestaria que deja abierta el artículo 23.1.e) del Real Decreto-Legislativo 781/1986 debe ser utilizada únicamente con carácter excepcional, pues su empleo implica el no respeto a las cantidades limitativas aprobadas para los distintos conceptos del Presupuesto de Gastos. Por tanto, su utilización debe ser restringida y limitada al ámbito de los gastos extraordinarios.

En este mismo sentido, es recomendable que cuando el hecho de referencia se produzca se proceda inmediatamente, si ello fuera posible, a realizar la oportuna modificación de créditos a fin de solventar con la mayor celeridad dicha situación, en lugar de esperar a su inclusión en el Presupuesto del ejercicio siguiente.

9.- Con relación al volumen del Presupuesto, el déficit obtenido a 31 de diciembre no es muy elevado; además, teniendo en cuenta lo expuesto en el punto 3, en caso de que se produjeran bajas, anulaciones o fallidos sobre el importe pendiente de cobro, podría éste incrementarse.

10.- No se ha remitido el expediente de tramitación de la cuenta del Presupuesto, por lo que no consta la aprobación de la misma por el Pleno. Lo que incumple de forma importante lo dispuesto en el artículo 193 de la Ley 39/1988.

B) En relación con la Cuenta de Administración del Patrimonio.

1.- En la cuenta no consta la documentación siguiente:

a) Justificativa del activo:

a.1. Relación sucinta de bienes y derechos al empezar el ejercicio.

a.2. Relación sucinta de los aumentos de activo.

a.3. Relación sucinta de las bajas del ejercicio.

b) Justificativa del pasivo:

b.1. Relación sucinta de préstamos y gravámenes que comprende los "Cargos y empréstitos al comenzar el año".

b.2. Relación sucinta de los aumentos de pasivo.

b.3. Relación sucinta de las amortizaciones del ejercicio.

Imposibilitando este hecho el poder realizar un análisis de la cuenta, por lo que se solicita que en próximos ejercicios se resuelva el hecho de referencia.

2.- En el "Resumen" de la relación de préstamos y gravámenes figuran unas amortizaciones por importe de 869.428 pesetas, en tanto que en la liquidación del Presupuesto, dentro del capítulo IX (Variación de Pasivos Financieros) del Estado de Gastos, figuran unas obligaciones liquidadas por importe de 2.711.869 pesetas, con unos pagos líquidos de 2.220.314 pesetas. Siendo la única explicación razonable el que dicha diferencia obedezca a las operaciones de crédito correspondientes a los "Planes insulares de obras y servicios".

3.-...

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