Orden ECC/1499/2012, de 19 de junio, de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad Mutualidad General Deportiva de Previsión Social y de encomienda de su liquidación al Consorcio de Compensación de Seguros.

MarginalBOE-A-2012-9252
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economía y Competitividad
Rango de LeyOrden

Con fecha 14 de junio de 2012 la Asamblea General de la entidad MGD Mutualidad General Deportiva de Previsión Social adoptó el acuerdo de su disolución.

De lo anterior se desprende que la entidad se halla en uno de los supuestos previstos en el artículo 26.1 c) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, donde se establece que el Ministerio de Economía y Competitividad revocará la autorización administrativa de la entidad cuando ésta deje de cumplir alguno de los requisitos establecidos por la Ley para el otorgamiento de la autorización administrativa o incurra en causa de disolución.

En dicha Asamblea se acordó, además, solicitar al Ministerio de Economía y Competitividad que la liquidación de la entidad fuese encomendada al Consorcio de Compensación de Seguros.

Según lo dispuesto en el artículo 28.2 del citado texto refundido, en la liquidación de la entidad, y hasta la cancelación de su inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, el Ministerio de Economía y Competitividad podrá designar liquidadores o encomendar la liquidación al Consorcio de Compensación de Seguros en los supuestos enumerados en el artículo 14 del texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Revocar a la entidad MGD Mutualidad General Deportiva de Previsión Social la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora. La revocación determinará, en todo caso, la prohibición inmediata de la contratación de nuevos seguros por la entidad.

Segundo.

Inscribir en el Registro administrativo de entidades aseguradoras el acuerdo de revocación de la autorización administrativa concedida a la entidad MGD Mutualidad General Deportiva de Previsión Social.

Tercero.

Encomendar la liquidación de la entidad MGD Mutualidad General Deportiva de Previsión Social al Consorcio de Compensación de Seguros, en virtud de lo previsto en el artículo 14.1 d) del texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el...

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