Orden de 30 de abril de 1990 por la que se autoriza la modificación de las tarifas en los servicios aéreos regulares de pasajeros de la red interior.

MarginalBOE-A-1990-10020
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Rango de LeyOrden

Ilustrísimo señor:

Cómo consecuencia de la elevación de los costes de explotación, las empresas del sector presentaron expediente ante la junta superior de precios, solicitando aumentó de tarifas, remitiendo copia del mencionado expediente a Este Ministerio, todo ello a tenor de lo especificado en el artículo 5. Del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios.

En su virtud, previó informe de la junta superior de precios y con la autorización otorgada por La Comisión Delegada del Gobierno para asuntos Economicos en su reunión del dia 26 de abril de 1990, dispongo:

Primero. Las tarifas de los servicios aéreos regulares de pasajeros de la red interior, experimentarán un incremento medio ponderado del 5,5 por 100, sin que, en ningún casó, en ninguna línea, se supere un incremento del 7 por 100. Esté incremento se aplicará sobre las tarifas actualmente vigentes según orden de Este Ministerio de 20 de abril de 1989.

Segundo. A los ciudadanos españoles y de los demás Estados miembros de la Comunidad económica europea residentes en las islas Canarias, islas baleares y melilla, se les aplicarán las reducciones previstas en el Real Decreto 255/1989, de 17 de febrero ( de 13 de marzo).

Tercero. Los cuadros con los precios al público, asi cómo las condiciones de Aplicación de los mismos, deberán ser aprobados, previamente a su Aplicación, por La Dirección general de aviación civil.

Cuarto. La presente orden entrará en vigor el dia siguiente al de su publicación en el .

Quinto.

Los billetes emitidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de está orden podrán ser utilizados sin cargo...

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