REAL DECRETO 281/2000, de 25 de febrero, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana por Real Decreto 3059/1982, de 24 de julio, en materia de puertos.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Marzo de 2000
MarginalBOE-A-2000-5346
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 281/2000, de 25 de febrero, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana por Real Decreto 3059/1982, de 24 de julio, en materia de puertos.

El artículo 149.1.20.a de la Constitución Española reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de puertos de interés general.

Por otro lado, el artículo 31.15 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, modificada por Ley orgánica 5/1994, de 24 de marzo, atribuye a la Comunidad Valenciana la competencia exclusiva en materia de puertos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.20.a de la Constitución.

El apartado 2 del artículo 5 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, establece que el Gobierno mediante Real Decreto puede cambiar la clasificación de los puertos por alteración de las circunstancias que concurren en los mismos, estableciendo además, en el apartado 3 del mismo artículo, que la pérdida de la condición de interés general de un puerto comportará el cambio de su titularidad a favor de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se ubique, siempre que ésta haya asumido las competencias necesarias para ostentar dicha titularidad.

Las circunstancias sobrevenidas en los puertos de Vinaroz y Torrevieja han puesto de manifiesto la ausencia actual de interés general en las actividades y servicios que desarrollan, por lo que el Gobierno, conforme al procedimiento establecido para ello, ha procedido a un cambio en la clasificación de aquéllos, dejando sin efecto su inclusión en el anexo de la referida Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, donde se relacionan los puertos de interés general.

El Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Valenciana.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, esta Comisión adoptó, en su reunión del día 8 de febrero de 2000, el oportuno Acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de febrero de 2000, D I S P O N G O :

Artículo 1

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, por el que se amplían los medios personales y patrimoniales adscritos a las funciones y servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de puertos por el Real Decreto 3059/1982, de 24 de julio, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su reunión de 8 de febrero de 2000, y que se transcribe como anexo al presente Real Decreto.

Artículo 2

En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Valenciana los bienes, derechos y obligaciones y personal, que figuran en las relaciones adjuntas al propio Acuerdo de la Comisión Mixta, en los términos y condiciones que allí se especifican.

Artículo 3

Estos traspasos serán efectivos a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta, sin perjuicio de que el Ministerio de Fomento produzca, hasta la entrada en vigor de este Real Decreto, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del Acuerdo.

Disposición final única

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Dado en Madrid a 25 de febrero de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administraciones Públicas, ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

ANEXO

Doña Rosa Rodríguez Pascual y doña Amparo Koninckx Frasquet, Secretarias de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, CERTIFICAN

Que en la sesión plenaria de la Comisión Mixta de Transferencias, celebrada el día 8 de febrero de 2000, se adoptó un Acuerdo por el que se amplían los medios personales y patrimoniales traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de puertos por el Real Decreto 3059/1982, de 24 de julio, en los términos que a continuación se expresan:

  1. Referencia a normas constitucionales y estatutarias en las que se ampara la ampliación de medios.

    La Constitución, en el artículo 149.1.20.a, reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de puertos de interés general.

    Por su parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, modificada por Ley orgánica 5/1994, de 24 de marzo, establece en su artículo 31.15 que corresponde a la Comunidad Valenciana la competencia exclusiva en materia de puertos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.20.a de la Constitución.

    La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, determina en su artículo 5, apartado 2, que el cambio de clasificación de un puerto se realizará por el Gobierno, mediante Real Decreto, a propuesta del extinto Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y en el apartado 3 que la pérdida de la condición de interés general comportará el cambio de su titularidad a favor de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se ubique, siempre que ésta haya asumido las competencias necesarias para ostentar dicha titularidad.

    El Gobierno, conforme al procedimiento establecido para ello, ha procedido a un cambio en la clasificación de los puertos de Vinaroz y Torrevieja dejando sin efecto su inclusión en el anexo de la referida Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, donde se relacionan los puertos de interés general.

    Finalmente, la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y el Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, regulan la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Valenciana.

    Sobre la base de estas previsiones normativas, procede efectuar la ampliación de los medios personales y patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana por el Real Decreto 3059/1982, de 24 de julio.

  2. Puertos que integran la ampliación.

    Se amplían los puertos traspasados a la Comunidad Valenciana, en virtud del Real Decreto anteriormente mencionado, con el traspaso de los siguientes:

    1. Vinaroz.

    2. Torrevieja.

  3. Bienes, derechos y obligaciones correspondientes a la ampliación.

    1. Se traspasan a la Comunidad Autónoma los bienes, derechos y obligaciones del Estado que se recogen en el inventario detallado de la relación adjunta número 1.

      A partir de la efectividad de este traspaso, la Comunidad Autónoma se subroga en los derechos y obligaciones que, con posterioridad a la misma, se deriven de los contratos de cualquier tipo suscritos por el Estado, así como de las concesiones y autorizaciones y, en general, de cualquier otra relación jurídica.

      Al momento de la efectividad de este traspaso, se transferirá a la Comunidad Autónoma la titularidad de todos los ingresos que se devenguen en lo sucesivo por la explotación de los puertos transferidos.

      En relación con el presente ejercicio, se liquidará la parte proporcional de los ingresos facturados y no devengados.

    2. En el plazo de un mes desde la aprobación de este Acuerdo por el Gobierno, se firmarán las correspondientes actas de entrega y recepción de mobiliario, equipo y material inventariable e inmuebles, a las que se acompañará un plano de cada puerto, fijando la línea de ocupación del dominio público y la debida identificación de los bienes que se traspasan.

  4. Medios personales correspondientes a la ampliación.

    El personal adscrito a los servicios portuarios de los puertos que se traspasan y que aparece relacionado nominalmente en la relación número 2 pasará a depender de la Comunidad Valenciana conservando la totalidad de sus derechos laborales.

  5. Valoración definitiva de las cargas financieras correspondientes a la ampliación de medios.

    La financiación del servicio se realizará con cargo a los ingresos correspondientes a la prestación de servicios que a partir de la fecha de efectividad del traspaso asume la Comunidad Valenciana.

  6. Inventario de la documentación administrativa relativa a los medios traspasados.

    La entrega de la documentación y expedientes de los medios traspasados se realizará en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto por el que se apruebe este Acuerdo y de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre.

  7. Fecha de efectividad de la ampliación de medios.

    La ampliación de medios personales, materiales y económicos objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1 de abril de 2000.

    Y para que conste, expedimos la presentación certificación, en Madrid a 8 de febrero de 2000.--Las Secretarias de la Comisión Mixta, Rosa Rodríguez Pascual y Amparo Koninckx Frasquet.

    RELACIÓN NÚMERO 1

    Puerto de Torrevieja

    Código Descripción V. adquisición

    03-01-00012 Espigón de abrigo en zona pesquera Torrevieja .............................. 164.328.364

    03-01-00024 Dragado zona m. sal .................... 131.670.000

    03-01-00025 Dique de poniente ...................... 409.200.000

    03-01-00026 Dique de levante ........................ 865.050.000

    04-01-00035 Muelle de la sal .......................... 164.060.000

    04-01-00036 Muelle auxiliar anexo m. sal .......... 47.500.000

    04-01-00037 Muelle pesquero ........................ 54.840.000

    04-02-00010 Pantalanes fijos club náutico ......... 33.830.000

    05-02-00010 Varadero reversión Torrevieja ....... 3.753.400

    06-01-00002 Almacén para artes de pesca ........ 921.000

    06-02-00001 Lonja de pescado ....................... 73.690.871

    06-02-00002 Acondicionamiento de la lonja de pescado ................................ 21.611.129

    06-03-00001 Oficinas y vivienda celador ........... 7.830.000

    06-04-00001 Caseta evacuatorio (hoja 2) .......... 921.000

    06-04-00016 Hangar por reversión Torrevieja ..... 15.013.600

    06-04-00021 Aseos en la lonja de Torrevieja ...... 4.392.665

    06-04-00024 Caseta y oficina reversión aparc.

    Torrevieja .............................. 421.596

    07-01-00001 Alumbrado del muelle pesquero .... 5.658.000

    07-01-00003 Colector de desagüe ................... 11.741.000

    07-01-00004 Conducción eléctrica al C. T. ......... 3.765.000

    07-01-00005 Modificación instalaciones eléctricas pto. Tor ........................... 6.099.000

    07-01-00009 Reposición defensas muelle de la sal ....................................... 3.267.214

    07-01-00034 Alumbrado de la carretera de servicio ................................. 12.945.000

    07-01-00102 Iluminación M. P. pto., Torrevieja ... 7.450.000

    07-01-00119 Acom. electric. c. frigorif. lonja,

    Torrevieja .............................. 205.500

    07-01-00120 Inst. eléctrica oficinas Torrevieja .... 102.700

    07-01-00121 Acom. eléctrica subt. electrob.,

    Torrevieja .............................. 108.100

    Código Descripción V. adquisición

    07-01-00131 Inst. alumbrado exterior lonja, Torrevieja ..................................... 138.875

    07-01-00136 Acometida inst. telefónica m. sal,

    Torrevieja .............................. 1.672.729

    07-01-00140 Alumbrado acceso muelle sal, Torrevieja ..................................... 3.895.077

    07-01-00151 Alimentación luz n.o 24160 m.

    Levante, Torrevieja ................. 288.557

    07-01-00155 Const. canal morro m. sal y const.

    drenaje aguas ........................ 1.118.808

    08-02-00002 Pavimento de la rampa de varada. 5.121.000

    08-02-00003 Pavimento en zona de lonja .......... 3.956.000

    08-02-00032 Pavimentación acceso muelle sal,

    Torrevieja .............................. 13.470.217

    08-02-00034 Const. acera acceso pantalan m. sal,

    Torrevieja .............................. 1.776.735

    08-02-00039 Reversión aparcamiento, Torrevieja. 14.635.404

    08-03-00001 Urbanización explanada muelle pesquero ................................... 13.577.000

    08-03-00002 Acceso oeste a la zona pesquera ... 11.932.000

    08-03-00004 Ensanche del camino de servicio ... 7.425.000

    08-03-00021 Paseo marítimo Torrevieja ............ 89.335.866

    11-01-00009 F u r g o n e t a C - 1 5 R E club/MOP-25144 ................... 948.000

    15-01-00063 Barandilla acequión Torrevieja ...... 356.386

    15-01-00064 Puertas pescadería Torrevieja ....... 126.050

    15-01-00070 Carpa puerto Torrevieja ............... 487.000

    15-01-00127 Defensas puerto de Torrevieja ....... 1.699.500

    04-05-00001 8 módulos pantalanes flo. + instalación ................................... 11.505.767

    15-01-00143 Grupo electrobomba Indar sumergible ....................................... 99.000

    15-01-00145 Equipo de comunicaciones radio ... 210.000

    15-01-00154 Luces prioritarias puente vector 71Z1 ................................... 355.570

    15-01-00158 Radio tel. Handie pro PMR 446 ..... 33.600

    15-01-00159 Radio tel. Handie pro PMR 446 ..... 33.600

    15-01-00103 Maqueta plan especial puerto de Torrevieja .............................. 1.500.000

    99-99-00041 Terrenos usos portuarios poniente. 571.780.000

    99-99-00042 Terrenos náutico deportivo m.

    levante ................................. 106.720.000

    99-99-00043 Terrenos real club náutico ............ 85.600.000

    99-99-00044 Terrenos serv. terciarios y de levante. 370.390.000

    99-99-00045 Terrenos serv. terciarios poniente .. 121.760.000

    99-99-00046 Terrenos usos administrativos ....... 81.130.000

    99-99-00047 Terrenos zona concesiones .......... 39.550.000

    99-99-00048 Terrenos dotaciones ................... 27.630.000

    99-99-00049 Terrenos tráfico portuario local ...... 1.960.000

    Totales ......................... 3.642.590.880

    Puerto de Vinaroz

    Coste hasta fecha final Núm. Descripción

    00

    729 Terrenos en puerto de Vinaroz .................. 157.840.000

    Total grupo 00 ............................. 157.840.000

    01

    701 Baliza en el muelle transversal .................. 1.819.827

    702 Baliza en el dique de levante .................... 4.747.531

    703 Dos balizas en el puerto .......................... 5.546.896

    Total grupo 01 ............................. 12.114.264

    Coste hasta fecha final Núm. Descripción

    02

    540 Dragado exterior del puerto ..................... 4.650.000

    Total grupo 02 ............................. 4.650.000

    03

    541 Dique de levante .................................... 67.200.000

    542 Dique de poniente .................................. 22.400.000

    707 Prolongación del dique de poniente ........... 36.610.000

    708 Espaldón en el dique de poniente .............. 20.300.000

    709 Dragado en el puerto .............................. 161.460.000

    Total grupo 03 ............................. 307.970.000

    04

    543 Muelle transversal .................................. 66.500.000

    544 Muelle pesquero (adosado al dique) .......... 63.000.000

    710 Muelle pesquero (costa) .......................... 152.250.000

    711 Muelle pesquero adosado al dique ............ 62.340.000

    Total grupo 04 ............................. 344.090.000

    05

    727 Varadero de embarcaciones ..................... 49.736.650

    728 Varadero de botes (rampa Dc H.) .............. 7.924.618

    Total grupo 05 ............................. 57.661.268

    06

    368 Rehabilitación edificio de oficinas .............. 9.455.200

    646 Cámara frigorífica .................................. 49.272.744

    712 Almacén en muelle trasversal ................... 8.307.107

    713 Casetas para artes de pesca 1.a ................ 14.711.112

    Coste hasta fecha final Núm. Descripción

    714 Casetas para artes de pesca 2.a ................ 18.667.489

    715 Casetas para artes de pesca 3.a ................ 24.619.541

    716 Casetas para artes de pesca 4.a ................ 8.814.584

    718 Nave de clasificación de pesca ................. 45.628.333

    719 Caseta para pescadores .......................... 8.147.233

    720 Andén cubierto para carga de. .................. 15.926.978

    721 Edificio para Guardia Civil y des. ................ 4.554.332

    Total grupo 06 ............................. 208.104.653

    07

    364 Mejoras de la red eléctrica ....................... 5.349.520

    392 Suministro de material eléctrico ................ 1.857.850

    457 Ordenación de servicios de luz ................. 10.338.492

    554 Tubería de PVC para el puerto .................. 760.534

    561 Suministro eléctrico del dique de poniente. 924.049

    704 Instalaciones eléctricas del dique de poniente. 4.381.657

    705 Instalación de red de agua M. costa ........... 407.295

    722 Alumbrado ........................................... 8.747.333

    723 Instalación eléctrica en el muelle ............... 3.353.489

    724 Cerramiento en la zona sur ...................... 3.384.297

    Total grupo 07 ............................. 39.504.516

    08

    365 Mejoras de infraestructuras de puerto ........ 2.573.276

    725 Pavimentación ...................................... 8.164.191

    726 Pavimentación en zona posterior .............. 14.937.807

    Total grupo 08 ............................. 25.675.274

    14 Mobiliario del departamento explotación vin. 142.480

    Total grupo 14 ............................. 142.480

    RELACIÓN NÚMERO 2

    Personal del puerto de Vinaroz

    Nombre Puesto Tipo de contrato

    María Isabel Velasco Llorach .............. Celador guardamuelles ................ Fijo.

    Isabel Clara Gombau Espert ............... Gestión de servicios ..................... Por obra o servicio.

    Personal del puerto de Torrevieja

    Nombre Puesto Tipo de contrato

    Manuel Torregrosa Muñoz ................ Jefe Celador guardamuelles .......... Indefinido.

    Manuel Torregrosa Sánchez .............. Celador guardamuelles ................ Indefinido.

    Aureo Pérez Giménez ....................... Celador guardamuelles ................ Indefinido.

    Aureo Pérez Sánchez ....................... Celador guardamuelles ................ Indefinido.

    José Quesada Aniorte ...................... Celador guardamuelles ................ Indefinido.

    Aurea Bardiza Vázquez ..................... Celador guardamuelles ................ Circunstancias de la producción.

    Joaquín González Cáscales ................ Celador guardamuelles ................ Circunstancias de la producción.

    Eva María Vázquez Blanco ................. Celador guardamuelles ................ Contrato de obra.

    Manuel Rodríguez Sánchez ............... Celador guardamuelles ................ Circunstancias de la producción.

    Francisco J. Botella Pastor ................. Celador guardamuelles ................ Circunstancias de la producción.

    Juan Paredes Valero ........................ Celador guardamuelles ................ Circunstancias de la producción.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR