Orden INT/696/2010, de 8 de marzo, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales adscritas a los Planes de Emergencia Nuclear.

MarginalBOE-A-2010-4727
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

Con el objeto de asegurar la plena efectividad de los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las centrales nucleares (PEN), es preciso acometer, por un lado, la renovación de las infraestructuras creadas durante los últimos años para su implantación efectiva, y por otro, la reposición de aquellos equipamientos que hayan sufrido un notable desgaste.

Con este fin, el Ministerio del Interior ha elaborado un Plan Estratégico de Subvenciones, aprobado mediante resolución del Ministro del Interior de 29 de septiembre de 2008, en el que se reflejan las grandes líneas de actuación que, en esta materia, pretende llevar a cabo este Departamento.

El establecimiento de la línea de subvención se efectúa mediante la aplicación del régimen ordinario de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así, residiendo la competencia para la concesión de las subvenciones en el Ministro del Interior, se han aprobado unas bases reguladoras, mediante Orden INT/755/2009, de 13 de marzo («B.O.E.» número 75, de 28 de marzo de 2009), todo ello según lo establecido en el artículo 17 de la citada ley.

En su virtud, se dicta esta Orden, de conformidad con lo establecido en el apartado noveno de la Orden INT/755/2009.

Primero. Objeto de la Orden.

  1. La presente convocatoria tiene por objeto promover la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a mejorar la dotación de los municipios designados como «municipios Zona I» y como «sedes de estaciones de clasificación y descontaminación» en los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las centrales nucleares (PEN), con el fin de contribuir a hacer efectivas las previsiones de actuación contenidas en dichos Planes. 2. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se destinarán a sufragar los gastos derivados de la adquisición de vehículos todoterreno y de los proyectos destinados al acondicionamiento de vías públicas, de titularidad municipal, que constituyen itinerarios de avisos a la población y rutas de evacuación, definidos como tales en los diferentes Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las centrales nucleares (PEN). 3. Los vehículos todoterreno deberán estar equipados con:

    1. Emisora:

      Banda de frecuencias: 146-174 MHz. Potencia de salida: 25 W. Canalización: 12.5/25 KHz. N.º canales mínimos: 10. Coder/decoder: 5 tonos CCIR. Subtonos: CTCSS.

    2. Antena:

      Banda: 146-174 MHz.

      Tipo: Cuarto de onda vehicular.

    3. Sistema de megafonía. D) El vehículo deberá ser rotulado con el anagrama de Protección Civil, y con la referencia al Plan de la Zona Nuclear correspondiente.

      Segundo. Financiación.- Las subvenciones que se concedan de acuerdo con esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 16.01.134M.762 «A Corporaciones Locales para equipamiento e infraestructuras derivadas de la aplicación de Planes de Emergencia Nuclear», del Presupuesto de Gastos para el año 2010, por un importe máximo de 2.640.480,00 euros.

      Tercero. Cuantía de las ayudas.

  2. Las subvenciones para la adquisición de vehículos todoterreno tendrán carácter preferente y se concederán hasta un importe máximo de 30.000 euros por beneficiario. En ese importe se incluirá el...

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