ACUERDO de 25 de enero de 2000, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se ordena hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su reunión del día 20 de diciembre de 1999, por el que se aprueban las normas de reparto entre las Secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo del citado Tribunal Superior.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2000
MarginalBOE-A-2000-2636
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorConsejo General del Poder Judicial
Rango de LeyAcuerdo

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 20 de diciembre de 1999, por el que se aprueban las normas de reparto entre las Secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del citado Tribunal Superior.

"Sección 1.ª Conocerá de los recursos relativos a:

Planeamiento (impugnaciones directas contra toda clase de instrumentos de planeamiento.

Gestión.

Materia de Policía del Ministerio del Interior (juego, circulación, espectáculos y seguridad ciudadana incluidas sanciones).

Extranjería.

Sección 2ª Conocerá de los recursos relativos a:

Disciplina Urbanística (aunque contengan impugnaciones indirectas contra los instrumentos de planeamiento y normas).

Reglamento de Actividades Molestas.

Materia de Policía Local (incluido tráfico y sanciones).

Régimen Jurídico Local (incluido vivienda y presupuestos).

Sección 3ª Conocerá de los recursos relativos a:

Materia Fiscal, relativa al Impuesto de Plus Valía, en segunda instancia.

Administración Laboral y Seguridad Social, excepto en materia de personal de naturaleza funcionarial.

Contratación Administrativa.

Sección 4ª Conocerá de los recursos relativos a:

Materia Fiscal, relativa a impuestos no estatales, incluidos los impuestos cedidos y los procedimientos de apremio derivados de las liquidaciones practicadas por dichos impuestos.

Sobre ascensos de la Dirección General de la Guardia Civil.

Expropiación Forzosa.

Sección 5ª Conocerá de los recursos referidos a:

Materia Fiscal, relativa a impuestos estatales, excluidos los Impuestos Cedidos y los procedimientos de apremio...

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