Orden de 22 de febrero de 1989 por la que se actualiza la composición de la junta de compras del Instituto Nacional del consumo.

MarginalBOE-A-1989-5767
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

Por orden del Ministerio de sanidad y consumo de 26 de febrero de 1982 se determinó la composición de la junta de compras del Instituto Nacional del consumo en función de la estructuración de esté organismo en aquélla fecha.

Modificada dicha estructuración por el Real Decreto 1943/1986, de 19 de septiembre, por el que se determinó la Estructura Organica básica del departamento, y aplicada ya está reorganización en todos sus términos, se hace precisó adecuar la composición de la mencionada junta a las actuales circunstancias.

En su virtud, y previa aprobación del ministro para las Administraciones Públicas, dispongo:

Primero. La junta de compras del Instituto Nacional del consumo queda constituída de la forma siguiente:

Presidente: El Presidente del organismo.

Vicepresidente primero: El Subdirector general de ordenación del consumo.

Vicepresidente segundo: El Consejero Tecnico de dicha Subdirección General.

Vocales: El interventor-Delegado de la intervención general de la Administración del Estado en el organismo, un Vocal de la citada subdirección de ordenación del consumo, un Vocal de la unidad proponente o principal destinatario de la adquisición de que se trate, asi cómo, en concepto de asesores, los que la junta considere convenientes, cuándo asi lo requiera la naturaleza de las Adquisiciones.

Secretario: El Jefe de Seccion del Instituto que se designe y, en su defecto, el funcionario que se determine entre el personal administrativo del organismo.

Los Vicepresidentes primero y segundo tendrán la facultad de asistir con voz y voto a Todas las reuniones que célebre la junta y sustituirán, por ese orden, al Presidente en casó de vacante, ausencia o enfermedad del mismo.

Segundo. Cuándo la junta de compras actúe cómo Mesa de Contratación, además del Presidente o Vicepresidente que, en su casó, le sustituya, y del secretario, formarán parte de la misma...

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