Real Decreto 707/1985, de 20 de febrero, por el que se accede a la reversión solicitada por el Ayuntamiento de Vélez-Blanco (Almeria) de un inmueble que donó al Estado.

MarginalBOE-A-1985-9059
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
Sábado
18
mayo 1985
9058
9057
14389
REAL
DECRETO
707/1985.
de
20
Je
lebrero,"
{Ni!
el
que se accede a
la
re\'C!'sión
solicituda
¡,or
el .'11w/la-
miento de Vele::-Blanco fA/meria) de
mi
inmllchle
qlle
donó al Estado.
El
Ayuntamiento de Velez-Blanco (Almería)
donó
al
Estado
un
inmueble sito en su término municipal. con una superficie de J.100
metros cuadrados, con el
fin
de construir una casa-cuartel para
la
G~dia
Civil. La dOrulción fue formalizada en escritura publica de
10 de marzo de 1976. Dicha Corporación ha solicitado la reversión
por no haberse cumplido el fin de la donación. petición que ha sido
mformada favorablemente
par
el
Ministerio del Interior.
Por todo lo expuesto. yapropuesta del Ministro de Economia
yHacienda. previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 20 de febrero de 1985.
9059
adjudicatario en el plazo de quince- días apartir de
l-a
notificaclon
por
la
Delegación de Hacienda de Melilla. siendo tambien por
cuenta del interesado todos los gastos originados
en
la tramitación
del
expediente ylos que se causen en cumplímiento del presente
Real Decreto.
Art.
3.
uPor
el
MiOlsterio de Economía vHacienda. a
través
de
la
Dirección General del Patrimonio del Éstado.
se
llevarán a
cabo los trámites conducentes a
la
efectividad de cuanto
se
dispone
en
el
presente Real Decreto.
Dado
en
Madrid a
~O
de febrero de 1985.
JUAN
CARLOS
R.
9060
REAL
DECRETO
70,,'-UJ985.
de
lV·deli.'hrem
por el
que
5e
accede a
la
re5ersión solicilda por el .4.rut/ta-
miento de Santistehan del Pueno, de dos parcelas a
segregar de otra
de
mayor cabida.
El
Avuntamiento de Santisreban del Puerto (Jaén) donó
al
Estado un inmueble sito en su término municipal con una
superficie de 3.240 metros cuadrados. con
el
fin
de construir una
casa-cuartel de la Guardia Civil.
La
donación
fue
formalizada en escritura pública de
16
de
octubre de 1958. Ha solicitado la' reversión la citada Corporaclon
Local de dos parcelas sobrantes, después de constrUIrse
la
casu-
cuartel de
la
Guardia Civil.
Por todo lo expuesto y a propuesta del Mimstro de Economía
yHacienda previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 20 de febrero de 1985,
El
MinIstro de EconOmJil \' Hacienda.
\11GLEL BOYER SAL
',/
"OOR
El
\linls:w
de Econum,a \
Haucrlda
.\1ICn'EL
ROYFR
"Al
v-\f)nR
DISPONGO:
Articulo 1.0 Se accede ala reversión en favor del Ayuntamien·
to de Vélez-Blanco (Almeria) del inmueble que donó
al
Estado con
destino ala construcción de una casa-cuartel para la
Guardia
Ci
vil
en dicho término municipal. el cual no
se
ha cumplido, cuya
donación fue aceptada en escritura otorgada el
10
de marzo de
1976. describiéndose
el
inmueble que revierte de la sigUIente forma:
Trozo
de
terreno inculto secano. sito en su térmInO municipaL
entre las calles Desengano y
Doña
Andrea. de 1.200 metros
cuadrados de superficie. cuyos linderos. son; Norte. calle de Doña
Andrea~
sur. callesConcepcióri yDesengaño: este. edificios de
herederos de Francisco Serrano Mota ydon Demetrlo Recobeni
Márquez, Joeste. calle de Concepción.
Art.
2,
En la escritura de reversión que
se
otorgue
se
hará
constar la formal declaración del Ayuntamiento
al
que
revierte el
bien.
de
que. con la entrega yrecepción del mismo en
la
situación
de hecho y
de
derecho
~n
que actualmente
se
encuentra. considera
enteramente satisfecho su derecho sin
que
tenga que reclamar nada
ante el Estado por ningún concepto derivado orelacionado con la
donación. conservación yreversión de aquel yde que serán de su
exclusivo cargo todos los gastos aque lugar la reversIón y
la
escritura pública en que se formalice.
Art.
3.
0Por el Ministerio de Economia yHaCienda. a
tra'\'-e~
de la Dirección General del Patrimonio del Estado.
se
llevarán a
cabo los trámites conducentes ala efectividad de cuanto
se
dispone
en el presente Real Decreto.
Dado en Madrid a20 de febrero de 1985.
J[;AN
C.~RLOS
R.
REAL
DECRETO 705/19tJ5, de 20
dc.lÍ!brero.
por el
Que
se
acuerda
la
enajenación directa de un solar sito
-en
Jfelilla ysobre el
que
se asienta
UIW
cd/lil·acrón.
Por don Antonio Gerrero Hurtado ydoña Marganta Fernándcz
Martin
se.
ha interesado
la
adjudicaclon de un solar propIedad del
Estado,
sitO
en Melilla, calle Falangista
FranCISco
Sopesen, 10.
corno ocupantes de la edificación
e~stente
sobre
el
mismo. Dicho
solar ha sido tasado en la cantidad de 33,075 pesetas por los
Servicios tecnicos correspondientes del Ministerio de Economía v
Hacienda. habiendo prestado
el
Ministerio de Defensa su confor-
midad ala enajenación. que debe ser autorizada por
el
Consejo de
Ministros según lo que determina
el
Real Decreto 1636/1981. de
12
de agosto.
En
su virtud. apropuesta del Ministro de Economia vHacienda
yprevia deliberación del'Consejo de Ministros en su reunión del
dia
20
de febrero de
1985
••
DISPONGO
ROE
núm.
119
REAL
DECRETO
706/j985, de 20
de
léhrero. por
e/
que se acuerda la enajenación directa de
!In
.\"Olar
siro
en .\1e/llla ysobre
el
Que
se asienta una ed(!icaclón.
Por don Francisco Morales Luque
se
ha interesado la adjudica·
ción de un solar propiedad del EstadO,
SilO
en Melilla. calle de
Costa Rica. numerO
10.
como ocupante de la edificación existente
sobre
el
mismo. Dicho-solar ha sido tasado en la cantidad
,de
10.771
pesetas. por los Servicios Técnicos correspondientes del Ministerio
'de
Economía
y,
Hacienda; habiendo prestado el Ministerio de
Defensa su conformidad ala enajenación. que debe ser autorizada
por
el
Consejo
de
Ministrof.. según
lo
que determina el Real
Decreto 2636/
1982.
de
12
de
agosto.
En
su virtud. apropuesta del Ministro de Economia vHacienda
yprevia deliberación del Consejo de Ministros en
su
reunión del
día
~O
de febrero de 1985.
DISPONGO.
Artículo l.o
De
conformidad con
lo
dispuesto en
el
articulo
63
de-
la
Ley
del Patrimonio del Estado,
se
acuerda
la
enaJenación
directa afavor de don Francisco Morales
luque.
con domlcl1io
en'
Melina. calle Costa
Ric.a.
número
10.
de un solar propiedad
dél
Estado. ysobre el que
se
asienta una edificación. que acontinua·
ción se describe: Finca urbana sita en Melilla, calle Costa Rica.
numero
10.
con una superficie total de
36
metros cuadrados. con
los
linderos siguientes: Derecha. número 8de
la
calle Costa Rica:
izquierda. número
12
de la calle Costa
Ri.ca.
vfondo. número 9de
la
calle Nicaragua. -
Inscrita en el. Registro de la Propiedad afavor del Estado
al
tomo 131. folio 189, finca numero 4.119, inscripción primera.
Art.
2.
0
El
precio totaJ de dicha adjudicación
es
de 10.77l
pesetas. las cuales deberán ser ingresadas en
el
Tesoro por
el
El
\IJnj~lro
de-
Economía vHacienda.
\11GL'El' BOYER SALVAOOR
Anículo
1.
0De conformidad·coo
lo
dispuesto en
el
anícu·
lo
63
de la
Ley
del Patrimonio del Estado,
se
acuerda
la
enajena·
Clón
directa afavor de
don
Antonio Gerrero Hurtado de una cuarta
parte. indh'isa ylas tres cuartas partes indivisas restantes afavor de
don Antonio Guerrero
Hunado
ysu esposa.
dona
Margarita
F{'rnandez Martín. del solar propiedad del Estado. ysobre el
que
se
asienta
una
edificación. que acontinuación se describe:
Urbana. sita en el número 20 de la calle Falangista Francisco
Sopesén. del. término municipal de Melilla. de 51.50 metros
cuadrados.
que
linda: Derecha, casa número !8de la calle
Falangista Francisco Sopesen; izquierda: numero
22
de
la
misma
calle. yfondo.
número
13
de la calle Alferez Abad Ponjoan.
Tnscrita en
el
Registro de la Propiedad de Melilla al tomo
143.
folio 216. finca número
6.036-.
inscripción primera.
Art. 2.°
El
precio total de dicha enajenación
se
de
33.Ó75
pesetas. las cuales
deberán
ser ingresadas en el Tesoro por los
adjudicatarios en el plazo de quince días.. apartir
de
la notificación
hecha por la Delegación de Hacienda de Melilla siendo !ambién de
cuenta de
106
interesadqs todos los gastos originados en la tramita-
ción. del expedlente ylos
que
se causen en cumplimiento del
presente Real, Decreto.
Art.
3.
0Por el Ministerio de Economía yHacienda. y a través
..
de la Dirección General del Patrimonio del Estado.
se
llevarán a
cabo los trámites conducentes ala efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente Real Decreto.
Dado en Madrid a20 de febrero de 1985-.-
JU~N
CARLOS
R.
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