Real Decreto 475/1982, de 1 de febrero, por el que se accede a la reversión solicitada por el Ayuntamiento de Valencia de un inmueble que cedió al extinguido Movimiento Nacional.

MarginalBOE-A-1982-5633
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
JJ~ill.I
...
'.~IIIJIL
9
marzo
1982
5633
DISPONGO,
j
I
1
¡
!
!
6203
5635
JUAN
CARWS
R.
marzo
de
mil
novecientos
setenlia y
tres;
el
-inmueble
qUe
re-
vierte
8S1;&
situado
encalle
Prim0
de
Rivera,
número
una,
de
quiDlentas
seQenta y
cinca
m~tros
-:uadraOos. y
linda:
por
su
frente,
con
.calle
General
Primo
'(110
Rivera;
izquierda,
·entrando.
calle
de
Eugenio
La.hlguera;
po:r
la
derecha,
con
Manuel
M'O'na
Gracia,
y
po~
la
espalda
Qfondo,
con
herederos
de
Zacarias
Arenes
Lópezy
otros.
Artículo
segundo.-En
la
escritura
de
revers~ón
que
se
otor-
gue
se
IHrá
constar
la
formal
declaración
del
Ayuntamiento
al
que
revierte
el
bien
de
que,
con
la
entrega
y
recepción
del
mismo,
en
la
situación
de
hecho
yde
derecho
en
que
actual-
mente
se
encuentra,
considera
enteramente
satisfecho
su
dere·
cho,.
sin
que
tenga
que
reclamar
nada
ante
el
Estado
por
ningún
concepto
detivado
o
relacionado
con
la
donación,
conservación
y
reversión
de
aquél,
y,de
que
serán
de
su
exclusivo
cargo
todos
lo.,
gastos
a
que
lugar
la
reveI'lSlón y
la
escritura
pública·en
que
$e
formalice.'
. _
Artículo
terceto.-Por
el
Ministerio
de
H¡?cienda,a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevEl'rán
a
cabo
loe
trálp1tes
conducentes
'8
la
efectividad
de
cuanto
ee
dispone
eJ?
el
presente
Rool Decreto.
Dado
en
Madrid
a
uno
de
febrero
de
mil
povecien
tos
ochenta
y
dos
REAL
DECRETO
477/1982,
de
de
febrero,
por
el
que
BfI a.ccede a
l.:J
r6'\>'ersi6n
solicitada
por
el
Ayuntamiento
de
Alclra'
-de
la
concesión.
,admi-
nistrativa
sobre
unos terrenOS
sitos
.
en
su
térm
ino
municipal.
El
Ayuntamien·to
de
Alcira
rValencia,),
en
virtud
de
escritura
pública
de
'veintidós
de
agoeto
de
mil
nOvecientos
cuarenta
y
nueve,
otorgó
al
extinguido
Movimiento
Nacional
la
concesIón
admi:listrntiva
sobre
unos
terrenos
sitos
en su
término
rt'1unici~
pa!
para
la
constru<:ci>
de
un
ct\,nipo
de
deportes.
El
referido
Ayuntamiento
ha
solicitado
la
reversJón
de
la
citada.
ccnr..es!6n
administrativa,
la
cual
ha
sido
favorablemente
informacis
por
el
Ministerio
de
Cultura.
Por
todo
lo
expuesto.
a
propuesta
del
Ministro
de'
Hacienda
y
previa
d~liberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
,
del
die.
vtlintinueve
de
enero
de
mil
n~ientos
ochenta
y
d06.
Artículo
prime:ro.-5e
ELOOede
a
la
reversión
en
favor
del
Ayuntamiento
de
Alcira
(Valencia)
de
la
concesión
administra-
tiva
sobre
106.
terrenos
que
a
continuación
se
describen,
que-
dando
simultáneamente
desaiectados
del
M1ni6terio dp Cu:tura-:
A)
Terreno
sito
en
el"
término
mu.'"licioa.l
de
Alclra
fVa-
lencia),
partida
de
Alquenencia,
con
una
superficie
de
1.3006
hectáreas,
cuyos
linderos
son
loe
siguientes:
Norte.
camino
de
la
montaña;
Sur,
terrenoe
del
Ayuntamiento;
Este,
oo,l1e
en
p.ro~
recto.
y
Oeste,
feria
de_ganado,
sobre
terrenos
del
Ayunta:
-
miento,
y
calle
en
proyecto.
- .
B)
Otro
terreno
en
los
mismos
término
y
pELr~ida-,
con
una
extensión
superficial
de
1,00025
hectáreas,
ycuyos
lindedos
son
los
siguientes:
Norte,
terrenos
de:1
Ayuntamiento;
Sl.-r,
camino
de
Colmenar;
Este;
calle
en
proyecto,
y
Oeste,
feria
de
ganados,
sobre
terrenos
del
Ayuntamiento.
.
El
primer
terreno
figura
inscrito
en
el
Registro
de
'la
Propie-
dad
'a'
favor
del
Estado,
to'mo
ouatrocientos
cinco,
libro
ciento
dieciocho
de
Alcira,
folio
ciento
cuarenta,
finca
número
ce,torce
mil
ochocientos
cincuenta
Vcinco.
inscripción
tercera.
-de -vein·
tiocho
de
diciembre
de
mil
novecientos
setenta
yocho.
.El
segundo
inmueble
figura
inscrito
-
en
el
Regis.tro
de
la
Propiedad
a
favor
del
Estado
al
tomo
cuatrocientos
cinco,'
libro
ciento
dieciocho
de
Alcira.
folio
ciento
cuarenta
y
uno
fin-::a
número
cato~e
...
mil
ochocienro.s cincuenta yseis,
inscripción
segunda,
de
veintiocho
de
diciembre
de
mil
novecientos
s"tenta
y
ocho
Artículo
segundo.-En
la
escritura
de
reversión
ql1f'
"ó'
otor-
gue
se
hará
constar
la
formal
declaración
del
Ayuntamiento
al'
que
revierten
los
bienes
de
que.
cori
la
entrega
vr"Cf'oci6n
de
los mismo.s,
en
la
situación
de
hecho
y
de
de~ho
.en
qué
actualmenté
se
encuentran,
considera
enteramente
satisfochos
sus
derechoe,
sin
que
tenga
que
reclamar
nada
ante
el
Estado,
por
ningún
concepto
derivado
(')
relacionado
con
la
con·~esión
administrativa
de
los
terrenos,
y
que
serán
de
su
excIusivn
'-"rgo
todos
los
gastos
a
que
-lugar
la
reversión
y
la
e5critur~
pública
en
que
se
formalice.
.
Articulotercero.-Por
el
Ministel10
de
Hacienda.
a
través
de
la
Dirección
General
del
Pe.trimonio
del
Estado,
se
1ll?varán
aca·ba
loo
trámites
conducentes
a
la
efectividad
di!
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
uno
de
febrero
de
mil
novecientos
ochenta
ydos. . ,
JUAN
CARLOS R.
El
MinIstro
de
Hacienda,
JAIME
GARCIA AROVJ¡:ROS
El
Ml:listro de Hacienda,
JAIME GARCIA AAOYEROS
B.
O.
del
E.-Núm.
58
DISPONGO,
DISPONGO,
Artículo
primero.-se
accede
a
la
reversión
en
faVdr
del
Ayuntamiento
de
Valencia
de
Un
inmueble
que
cedió
al
extin-
guido
Movimiento
Nacional
para.
la
construcción
de
una
Casa
de
la
Juventud,
por
Ülr:urnplimiento
del
fin
previsto
en
la
cesión,
de6Cribiéndose
el
inmueble
qué
revierte
de
la
siguiente
forma:
Solar
situado
en
Valencia,
con
fachada
a
las
calles
del
Natu-
ralista
Arévalo
de
Baca
y.
Amadeo
de
Sabaya,
de
superficie
total
mil
veintinueve
metros
cincuenta
y
seis
decímetros
cua-
diados,
que
Hnda:
Norte,
terrenos
de
Luis
Alearaz
v
calle
Ama-
deo
de
Saboya;
Sur
yEete,
calle
de
Arévalo
de
Baca.
y
Oeste,
antigua
acequia
-de
MestaUa.
"
Inscrito
al
tomo.
mil
seiscientos
dieciséis,
libro
trescientos
tr~inta
yseis,
de
la
Primera
Sección
Afueras,
folio
uno.
finca
catorce
milocha,
inscripción
tercera.
Articulo
segundo.-En
la
escritura
de
reversión
que
se"'otor-
gue
se
hará
cons.tar
la
formalde¡;:}aración
del
Ayuntamiento
al
que
revierte
el-
bIen
de
que,
con
l~
entrega
y
recepción
del
mismo,
en
la
situación
de
hecho
y
de
derecho
en·
que
actual-
mente
se
encueQ.tra,
considera
entramente
satisfechos
sus
de-
r~h~
sin
que
tenga
que
reclamar
nade.
ante
el
Estado.
por
nmgun
.concepto---d.envado o
relacionado
con
la
cesión,
COnser-
vación
y
reversión
de
aquél,
y
de
que
serán
de
su
exclusivo
cargo
todos
los
gastos
a
que
lugar
la
reversión
y
la
escritura
púb.iCEl en
que
se,fo'rma,lice
Artículo
tercero.-Por
-el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
·la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
'se
llevarán
a
cabo
los
trámites
condu('entes
a
la
efectividad
de
cuanto
se'
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Cado
en
Madrid
auno·
ae'febrerO
de
mil
novecientos
ochenta
ydos.
El
MInIstro
de
HacIenda.
JAIME.GARCIA
AÑOVE.ROS
5634
REAL
DECRETO
478/1982, ,de 1
de
febrero,
por
el
que
se accede a
lo
'reversi~n
solicitada
-por
el
Ayuntamiento
de
El
Provencio
(Cuenca)
de
un
in-
mueble
que
donó
al
Estado.
El
Ayuntamiento
de
El
.prove~do
(Cuenca,)
donó
al
Estado
un
inmueble
sito
en
el
mismo
término
municipal
con
una
super~
f~Cie
de
quinl~ntos
sesenta
y
cinco
metros
~adrados,
con.. ,el
flD~de
construlr
una
biblioteca
pública.
La.
done.ción
fUe
forma-
lizada
en
escritura
!J'ública
de
dieciséis
de
marzo
de
mil
nove_o
cientos
setehta
ytres,
Dicha
eoI'poraciónha
solicitadOi
lE'"
reversión
del
inmueble
por
he.herse
desistido
de
cli'mplir
el"
fin
de
la
aonación,
petición
que
ha
sido
informada
favora.blemente
por
el
Ministerio
da
Cultura.
" •
Por
todo
10
expuesto,
ya-propuesta
del
'Ministro
de·
Hacienda
previa
deliberación
del
Consejo
de
Minis-tros
en
su
reunión
dei
dia
veintinueve
de
enero
-de
'mil
novecientos
oc1tenta ydos.
Artículo
primero.-5e
accede·s,
la.
reversión
eO
favor
del
Ayuntamiento
de
El
Provencio
(Cuenca)
de
un
inmueble
que
d(;lDÓ.
al
Estado,
con
destino
a
la.
construcción
de
una·
biblioteca
publica
~m
.dicho término_
municipal,
de
la
cual
S8
ha
desistido.
~Ya
donaClón
fue
ac_eptada.
en
escritura
otorgada
el
dieciséis
de
,
Articulo
tercero.-Por
el
Mlnlsteno
de
Hacienda,
a.
través
de
la
Dll'eCClÓn
General
del
PatrimonIo
del
Estado,
se
llevarán
aca.bo Jos tramitEl6
conducentes·
a
la
efectividad.
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dade
en
Madrld
El.
uno
de
febr!;:!ro
de
mil
novecientos
ochenta
y
dOG.
JUAN'
CARWS
R.
El
Ministro
de
HaCienda.
JAIME
GAReIA
AÑOVEROS
JUAN
CARLOS
R.
REAL
DECRETO
475/1982,
de
1·de
febrero,
por
el
que
86
accede
ala
reversión
80ltcitada
por
et
Ayuntamiento
de
V-
a,lencta
de
.
un
inmueble
que
cedió
al
ext~nguido
Movimie1J,to
Nacional.
.
El
Ayuntamiento
de
VaIencia
cedió
al
extinguido
Movimiento
Nacional
un
inmueble
sito
en
esa
capital,
de mil
veintinueve
metros
cuadT'8dos,
cuya
cesión
se
fonnalizó
en
~r1f¡ura
pública
el
cinco
de
diciembre
de
mil
novecientos
&atenta. y
d06;
para
la
construcción
de
la
Casa
de
la
Juventud.
__
El
citado
Ayuntamiento
ha
solicite.do
la
reversión
del'
inmúe-
.
ble
cedido,
habida
cuenta
de·
qUe
no
se
ha
aumpltdo
el
fin
previsto
en
la
cesión.
Por
todo
expuesto;
ya
propuesta
del
Ministro
de·
Hacienda,
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
der
dia
v_eintinueve
de
~mero
de
mn
novec1entós
ochenta.
y
dos,

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