Decreto 1978/1971, de 23 de julio, de clasificación académica en la categoría de Reconocido de Grado Superior del Colegio de Enseñanza Media no oficial, femenino, «Nuestra Señora del Carmen», de Berga (Barcelona).

MarginalBOE-A-1971-44874
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyDecreto
B.
O. del
E.-Núm.
197
18
a~o.to
1971 13505
DECRETO
1978/1971,
de
23
de
julio,
de
clasific'.:t-
cion
.académica en
la
categoría.
de
Reconocido de
Grado
Superior
del
Colegio de Ensefianza
Media
no
oficial.
jemenino,·
«Nuestra
Señora
riel Carmen»,
de
Berga
(Barcelona).
En
aplicación
de
la
Ley
General
de
Educación
y
Financia-
miento
de
la
Reforma
Educativa. númerO
catorce/mil
novecientos
setenta,
de
cuatro·
de
agosto,
se
dictó él Decreto: dos mil
·cua-
trocíentosochenta/mil
novecientos
setenta,
de
veintidps
de
agosto,
en
cuyo
articulo
décimo se dispone que
en
las.alltoriza-
ciones
de
.apert~ra
de
nuevos
Centros
.docenti!1;1
no
estatales
que
en
cualquIer mvel
de
ensefianza
hayan.
deimC:1ar su· funciona-
miento
en
el. afio académico
mn·nOvecientos·setellta~tentaY
uno,
se
apUcaránlas
normas
reglamentariasvigente;3
a~
promul
..
garse
dicha
Ley.
mientras
no
se·
desarrollen
los'
preceptos
co-
rrespondientes
de
la
misma.
DIchas
normas
son
'el
articulo
treinta.
y
tres
de
.
la
Ley
de
Ordenación
de
la
Enseñanza
Media;
de
vei~tiséis
de
fel:m:cfo
de
mil
novecientos
cincuenta
ytres, y
el
artículo
trece
De-
cretode
veintiuno
de
julio
de
mn
m)Vecient08l'::incuentl\YGincó,
que
aprobó
el
Reglamento
de
Centros
no
Oflciales
de
Enseñanza
Media.
Cumplidos
uno
y
otro
preceptos,
previos
.los
informes
favora-
bles
de
la
Inspe?ci6~
de
Enseñanza
Media
,del
Estado
'y
el
Rec-
torado
de
la
Umversldad
de.
Barcelona,
y
visto
el'dictamen
ami'"
tido
en
igual
sentido
por
el
Consejo
Nacional
de
EdU:iáeión
a
propuesta
del
Ministro
de
Educación
y
Ciencia,
y
Prévíadeli~
beración
del
Consejo
de
Ministroseh~U
reuniÓn
del
cJj,a
vejnti-
trés
de
julio
de
mn
novecientos
setenta
y
u~o,
DISPONGO'
Articule
único.-Queda
clasificado
como
Reconocido
de
Grado
Superior,
con
el
alcance
y
efectos
que
para
dichacategmia
y
grado'
académico
establecen
las
disposiciones vigentes;
el'Colegio
de
Enseñanza
media
no
oficial, femenino,
«Nuestra'
Señora
del
Carmem},
de
Berga
(Barcelona),
As! lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
veintitrés
de
juUo
de
mil
novecientos
setenta
yuno.
FRANCISCO
FRANCO
El
Ministro
de
Educación yCiencia,
JOSE
LUIS
VILLAR
PALASI
DECRETO
1979/1971, de 23 de
julio,
de clasifica-
clan
académica
enZa
ci:lteqoría
.de.Reconocido
de
Grado
Superior
del
Colegio.
(te Enseñanza
Media
no
oficial,
masculino,
«Virolai»,
de Barcelona.
En
aplicación
de
la
Ley
General
de
Educación
y
Finanda-
miento
de
la
Reforma
Educativa,
número
catorce/mil
novecientos
setenta,
de
cuatro
de
agosto,
se
dictó
el
Decreto
dos
mil
cUa-
trocientosochenta/mil
novecientos.·
setenta,
de
veintidós
de
agosto,
.en
cuyo articu1c·
décimo
sedisp,one
que
en
las
autoriza-
ciones
de
apertura
ae
nuevos
Centros.
doc.entes
no
estatales
que
en
cualquier
nivel
de
enseñanza
hayan
qe
inictarsu
fUnciona-
miento
en
el
~ñoacadémlco
mil
novecientos·
setenta-setenta
y
uno,
se
aplicaran
las.
normas
reglamentarías
vigentesalprorn:ul~
garse
dicha
Ley
mientras
no
be.
desarrollen
lospreceptosco-
rrespondientes
de
la
mjsma.
Dichas
normas
son
el
articulo
treinta
y
tres
de
la
Ley
de
Ordenación
de
la
Enseñanza
Media,
de
,veintiséis
de
fepr-ero
de
mil
novecientos
cincuenta
y.
tres,
y
el
art1cul9
t~ece
del
De-
cretodeveintiuno
de
julio
de
mil
novecientoS
cincuenta
y
cinco.
que
aprobó
el
Reglamento
de
CentrQS
no
OficIales
de
En,señallza
Media.
Cumplidos
uno
y
otro
preceptos,.
previos
los
inforrnes
favora-
bles
de
la
Insp~ci6~
de
Enseñanza
Media
del
Estado
yel
Rec-
torado
de
la
Umver~;¡ds.d
de
Barcelona,
y,
visto
el
dictameuemi-
Hdoen
igual
sentido
por
el
Consejo
N"acionalde
Educ&ción
a
propuesta
del
Ministro
de
Educación
y
'.
Ciencia
y
.previa
dell~
beración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
diavein-
titrés
de
julio
de
mil
novecientos
setenta'
y
Uno,
DISPONGO:
Articulo
único.--Queda
clasificado
COmo
Reconocido
de
Gtado
Superior.ct;m
.el
alcance
y
efectos
que
para
dicha
categoría
y
grado
academICO
establecen
las
disposjcionesvigentes,
el'
C.blegio
de
Enseñanza
Media
no
oficial,
masculino,
«Virolah>,
de
Barce-
lona.
Asi lo
dispongo
por
el
presente
Decreto
dado
en
Madrid
a
veintitrés
de
julio
de
mil
novecientos
setenta
yuno.
FRANCISCO
FRANCO
El
Ministro
de
Educación y
Ciencia,
JOSE
LUIS
Vll.LAR
PALASI
DECRETO
1980/1971,
de
23 ·de
julio,
de clasiftca-
cion
acaaémica en
la
categoría
se
Reconocido de
G1·ado
Superior
del. Colegio
de··Enseñanza
Media
no
oficial,
femenino.
«VirQZaí>~.
de Barcelona.
En
aplicación
de
la
Ley
'General
de
Educación
yFinan-eia--
miento
de
la
Reforma
Educativa;
número
catorce/mil
noveclen.
tos
setenta.
de
cuatto
de
agObto.
se
díctúel
Decreto
dos
mil
eua·
trocientos
ochenta/mil
novecientos.
setenta;
de.
veUltidós
de
agO&-
to,
encuyoartlculo
décimo se
dispone
que
en
las
autorizaciones
de
apertura
.
de
nuevos
Centros
docentes
•.
no
estatales
que
en
cualquier
nivej
de
enseñanza
hayan
d.e
iniciar
su
funcionamiento
en
el
afioacad€mico
mil
novecientos
setenta-retenta-
y
uno
se
aplicanín:
las
normas
r~glamentariasv1gente8
al
promuIgarse
Ley,
mientras
no
se
desarrollen
los preceptos correspon·
dIentes
de
la
misma.
Dichas
normas
son
el
artieulo·
treinta
y
tres
de
la
Ley
de
Ordenación
de
la
.
Enseñanza
Me
de
veintiséis
de
febrero
de
mil
novecientos
cIncuenta
y
tres,
y
el
arttcul'o
trece
del
Decreto
de
veintiuno
-de
Julio
de
mil
novecientos
cincuenta
ycinCo.
que
aprobó
el
Reglamento
de
Centros
no
Oficiales
de
Enseftanza
Media.
Oumplidos
uno
y
otro
preceptos,
previos
los
informes
favora~
bIes
de
la
In.speccionde
Eílseflanza
Media
del
Estado
yel Re,,"
toradode
la
Umversidad
de
Barcelona
Y
visto
e1dictamen
enú·
ti-do
en
igual
sentido
por
el
ConseJo
NaCional
de
Educación,
a
propuesta
del
Ministro
de
Educación
y
Ciencia
yprevia- de-libe-
raei·Ón
del
COllbejo
de
Ministros
en'
su
reunión
del
día
veintitrés
de
julio
de
mil
no\·ecien~os
setenta
yuno,
DISPONGO:
Articulo
úl1ico.-Queda
clasificado
como
Reconocido
de
Grado
Superior.
con
el
alcance
y
efedos
que
para
dicha
categoría
y
grado
académi-co f'Btablecen
las
disposidones
vigentes,
el
Colegio
de
Enseúal1za
Media
no
oficia!.
femenino;'
«Virolai»,
de
Bar~
celona
Así lo diiipongl1
por
€l pres-ente DeCI'eto,
dado
en
Madrid
aveÍnUtl't':=:
de
.iuljo
de
mil
novecientos
setenta
'y
uno.
FRANCISCO
FRANCO
pa
IIl,nhtro
de
Educ:,clóll
yCiencia.
JOBI:~
LUIS
VILLAH
PALASI
VECUETO
198111971,
de 23 de
julio,
de
clasifica·
cu'·n academica en
la
categoría de Reconocido de
Grado
Superior
del
Colegio de Enseñanza
Media
no
ofidal,
fe1nenino, «San Jose», de
Barcelona.
En
aplicación
de
la
Ley
General
de
Educación
y
Financia-
hliento-
de
la
Reforma
Educativa,
número
catorce/mil
novecien-
tos
setenta,
de
cuatro
de
agosto, se
dictó
el
Decreto
dos mil cua-
trocientos
ochenta
1mB
novecientos.
setenta,
de
veintidós
de
agoo-
to,
.en
cuyo nrtleulQ
décimo
se
dispone
que
en
las
autorizaciones
de
apertura
de
nuevos
Centro...,
docentes
noe-statales
que
en
cualquifJr llive1
de
enSۖanza
hayan
de
lniciarsu
f1ll1cjonamiento
en
el'
año
académico
mil
novecientos
setenta-set.enta
y
uno
se
aplicarán
las
normas
reglamentarias
vigentes
al
prornulgarse
dich(l. Ley.
mientras
no se
desarrollen
los
pr€ceptos
correspon-
dientes
de
la
misma.
Dichas
nm'mas
son el
articulo
tl'einta y
tres
de
la
Ley
de
Ordenación
de
la
Enseñanza
Media,
de
veintiséIs'
de
febl'ero
de
mil
novecientos
cincuenta
ytres;
yel
articulo-
trece
del
Decreto
de
veintiunO
de
julio
de
mil
novecIentos
.cincuenta
ycinco,
que
aprobó
el
Reglamento
de
Centros
no
Oficiales
de
Ensefianza.
Media.
Cumplidob
uno
y
otro
preceptos,
previos
los
informes
!avora·
bIes
'
la
Inspección
de
Enseñanza
Media.
del
Estado
y
el
Rec-
toraDo
de
la.
Univei'sidad
de
Barcelona
y
visto
el
dictamen
emi·
tido
en
igual
sentido
por
el
Conoojo
Nadonal
de
Educación,
a.
propuesta
del
Ministro
de
Educactém y
Ciencia
y
previa
deUbe-
ración
del
Con:,ejo
de
MinIstros
en
su
reurlÍón
del
día
veintitrés
de
julio
de
mil
nt'vecientos
setenta
yuno,
DISPONGO:
Artículo
unico.--Queda
clasificado
como
Reconocido
de
Grado
Superior,
con,
el
alcance
y
ef~.tos
que
para
dicha
categoría
y
grado
acacténnco
ei'tablecen
las.
disposiciones vigentes,
el
Colegio
de
Enseflanza
Media
no
oficial, femenino,
«San
José»,
de
Bar~
celona,
Así lo dIspongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
MMlrld
aveintltré.':i
de
julio
de
mil
novecientos
setenta
y
uno.
FRANCISCO
FRANCO
El Ministro
de
Educación yCiencia,
JQSE
LUIS
VILLAR
PALASI

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