Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones relativas al programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat correspondientes al curso 2011- 2012.

MarginalBOE-A-2011-10322
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyResolución

El 12 de marzo de 2010 se publica en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles.

Con el objetivo de desarrollar el contenido de dicho real decreto, el 7 de agosto de 2010 se publica la Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, por la que se regula el currículo mixto de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, así como los requisitos para su obtención. En el artículo 4 de la citada orden se establece que la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional dispondrá anualmente, en el inicio del curso escolar, las instrucciones correspondientes a la Prueba externa.

En consecuencia, es necesario hacer públicas las instrucciones relativas al programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat correspondientes al curso 2011- 2012 indicando el tema de estudio y las dos obras literarias correspondientes, así como los trámites a seguir para facilitar la organización de la prueba externa. Es necesario también dar las indicaciones para la adscripción a este Programa de nuevos centros autorizados por las Administraciones educativas correspondientes.

En virtud de ello esta Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional resuelve:

Primero. Adscripción de nuevos centros al Programa «Bachibac».–Las Administraciones educativas remitirán a la Comisión Técnica, a través de la Subdirección General de Cooperación Territorial, la relación de los centros que se incorporen al Programa «Bachibac» el año académico 2011/2012. Así mismo, con el fin de poder proporcionar información a la Parte Francesa, facilitarán el número de todos los alumnos inscritos en él, según el modelo indicado en el Anexo I, y una serie de datos relativos a este Programa, según el modelo de ficha que aparece como Anexo II. Todo ello antes del 30 de noviembre de 2011.

Segundo. Profesorado.–De acuerdo con la disposición adicional quinta del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen...

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