Orden PRE/591/2005, de 7 de marzo, por la que se convoca el XVIII certamen «Jóvenes Investigadores», 2005.

MarginalBOE-A-2005-4201
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

ORDEN PRE/591/2005, de 7 de marzo, por la que se convoca el XVIII certamen 'Jóvenes Investigadores', 2005.

Enmarcados en la promoción del interés por la investigación científica, se han celebrado diecisiete ediciones del Certamen 'Jóvenes Investi gadores', organizados por el Instituto de la Juventud (INJUVEMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales) y la Dirección General de Universidades (Ministerio de Educación y Ciencia). Con esta iniciativa, la Administración General del Estado trata de despertar vocaciones investigadoras entre los jóvenes estudiantes de Enseñanzas Medias, de Enseñanza Superior no graduados y de miembros de distintas asociaciones, además de mejorar la cultura científica y fomentar la actitud racional crítica en la juventud de nuestro país, incorporando al menos una parte de la experiencia directa en el proceso de generación del conocimiento.

La experiencia acumulada en las anteriores convocatorias y la positiva aceptación de la iniciativa en el ámbito juvenil, aconsejan proseguir la actividad convocando el XVIII Certamen 'Jóvenes Investigadores' que continúa contando con la colaboración destacada del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). Por otra parte, este Certamen tiene su continuación en el Certamen Europeo de Jóvenes Investigadores, organizado desde 1989 por la Comisión Europea.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y de la Ministra de Educación y Ciencia, dispongo:

Primero.Se convoca el XVIII Certamen 'Jóvenes Investigadores', 2005.

Segundo.El Certamen versará sobre cualquiera de las áreas incluidas dentro del currículo de enseñanzas medias así como de las áreas científico tecnológicas.

Tercero.El Certamen se regirá por las bases que figuran en el Anexo de esta Orden. También será de aplicación lo dispuesto en:

  1. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, general presupuestaria (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre).

  2. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial de Estado de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Boletín Oficial del Estado de 14 de enero).

  3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado del 18 de noviembre).

  4. Las demás normas vigentes que sean de aplicación.

    Cuarto.Los gastos derivados de la presente convocatoria se pagarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 del Ministerio de Educación y Ciencia y 19.201.232A.226.12 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El gasto máximo estimado con cargo al MEC es de 98.000,00 para el ejercicio 2005 y 3.000,00 para el ejercicio 2006. El gasto máximo estimado para el ejercicio 2005 con cargo al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales es de 90.000,00 .

    El abono de las cantidades comprometidas para ejercicios futuros queda condicionado a la existencia de dotación adecuada y suficiente en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio correspondiente y se harán efectivas con cargo a los créditos presupuestarios mencionados o a los que los sustituyan en ejercicios futuros.

    La presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al desu publicación en el 'Boletín Oficial del Estado', pone fin a la vía administrativa.

    Cabe, no obstante, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses acontar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

    Quinto.La Dirección General de Universidades y el Instituto de la Juventud adoptarán las medidas oportunas para la adecuada ejecución de lo dispuesto en esta Orden.

    Madrid, 7 de marzo de2005.

    FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ

    Sr. Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y Sra. Ministra de Educación y Ciencia.

    ANEXO

    Bases

    Primera.Podrán tomar parte en este Certamen los jóvenes de nacionalidad española y del resto de países de la UniónEuropea o del Espacio Económico Europeo legalmente establecidos en España, que se encuentren en edades comprendidas entre los quince y los veinte años, cumplidos éstos durante el año 2005.

    Segunda.La participación podrá hacerse individualmente o en equipos de trabajo integrados por un máximo de hasta cinco jóvenes. Tanto los equipos como los participantes a título individual deberán ser coordinados por un profesor del centro al que pertenezcan o, en el caso de asociaciones o clubes juveniles,por alguna persona que ejerza funciones de animación o dirección en los mismos.

    Tercera.Las personas que deseen tomar parte en este Certamen deberán presentar:

    1) El formulario que figura al final de estas bases, debidamente cumplimentado y acompañado de una fotocopia del documento nacional de identidad de los participantes y coordinadores españoles o fotocopia de la tarjeta o certificado de residencia legal en España de los ciudadanos del resto de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

    2) Un trabajo inédito de investigación científica en cualquiera de las áreas de conocimiento, o de innovación tecnológica, redactado en cualquiera de las lenguas oficiales de España, realizado o en proceso avanzado de desarrollo que presente ya resultados significativos, que podrá documentarse con todo tipo de material gráfico, audiovisual, informático u otros medios...

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