ORDEN VIV/2786/2004, de 30 de julio, por la que se amplía el volumen máximo de préstamos cualificados a conceder en el programa 2004 del Plan de Vivienda 2002-2005 y se modifica parcialmente la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Agosto de 2004
MarginalBOE-A-2004-15137
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Vivienda
Rango de LeyOrden

ORDEN VIV/2786/2004, de 30 de julio, por la que se amplía el volumen máximo de préstamos cualificados a conceder en el programa 2004 del Plan de Vivienda 2002-2005 y se modifica parcialmente la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero.

La Orden FOM/268/2004, de 5 de febrero, estableció las cuantías máximas de préstamos cualificados a conceder por las entidades de crédito colaboradoras del Plan de Vivienda 2002-2005 en el marco del Programa 2004 del mismo, distinguiendo, a su vez, las cuantías territorializadas y la reserva no asignada territorialmente.

Por su parte, la Orden FOM/268/2002, de 11 de febrero, estableció el procedimiento a seguir para disponer de dichas reservas anuales de préstamos cualificados a conceder, no asignadas territorializadamente.

El Gobierno ha decidido incrementar las cifras de objetivos del Programa 2004, para reforzar varias de sus líneas de actuaciones protegidas, así como para poner en marcha otras nuevas o modificadas.

Ello hace necesario ampliar la cuantía máxima de préstamos cualificados a conceder en el Programa 2004. Esta ampliación se atribuye a la parte no territorializada de préstamos cualificados disponibles, a fin de conseguir el mayor grado posible de agilidad y eficiencia para el cumplimiento de dicho Programa anual.

En aras a los mismos principios de gestión, procede, asimismo, modificar parcialmente la mencionada Orden FOM/268/2002, a fin de adelantar, excepcionalmente para el Programa 2004, la fecha de disponibilidad total dedicha reserva no territorializada, para facilitar la fluidez de las actuaciones de financiación de los objetivos ampliados de dicho Programa anual.

En su virtud dispongo:

Artículo 1 Incremento de la cuantía de la reserva de préstamos cualificados no territorializada.

Se modifica la cuantía de la reserva de préstamos cualificados no territorializada, a conceder por las entidades de crédito colaboradoras del Plan de Vivienda 2002-2005, a que se refiere el artículo 2 de la Orden/ FOM/268/2004, de 5 de febrero, quedando fijada en 3.236.695.827 euros.

Artículo 2 Disponibilidad de la reserva de préstamos cualificados no territorializada.

Excepcionalmente, con...

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