Orden CUL/2244/2009, de 30 de julio, por la que se regula la visita pública al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

MarginalBOE-A-2009-13486
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

La evolución de la actividad museística y la diversificación de los servicios prestados por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía ha supuesto la consolidación de una oferta cultural acorde con las exigencias de la sociedad contemporánea. El incremento de actividades del museo ha ido acompañado de una apuesta decidida por la interdisciplinariedad en la programación, dando cabida a manifestaciones artísticas tanto plásticas como escénicas y musicales.

La actual diversidad de propuestas hace necesaria una revisión de la normativa aplicable al régimen de visita pública del museo para acomodarla a los nuevos hábitos de los usuarios, arbitrándose distintas modalidades de entrada en función de los servicios museísticos utilizados.

Por otra parte, es preciso modificar los supuestos de exenciones y precios reducidos para adaptarlos a las novedades legislativas aprobadas en los últimos años y para favorecer el acceso de los diferentes tipos de público.

Los ingresos procedentes de las prestaciones que los visitantes del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía deben satisfacer por el acceso a la colección permanente y al resto de servicios del museo tienen la naturaleza de precios públicos, al amparo de lo dispuesto en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.

El precio de entrada al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía ha estado regulado hasta la fecha por la Orden del Ministerio de Cultura de 28 de junio de 1994, por la que se regulaba la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos al Ministerio de Cultura, la Orden CUL/1321/2006, de 3 de mayo, por la que se modificaba la citada Orden de 28 de junio de 1994, en lo relativo al precio público de entrada al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Resolución de 5 de mayo de 2006, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se establecía el precio de entrada al museo.

Por otra parte, seguía siendo aplicable a este organismo la Orden de 20 de enero de 1995 por la que se desarrollaba el régimen de exenciones, precios reducidos, tarjetas anuales de acceso y abonos para la visita a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Cultura.

En virtud de lo expuesto, conforme a lo previsto en el artículo 26 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, y en los artículos 21 y 22 del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

La presente orden ministerial tiene por objeto regular la visita pública al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Artículo 2 Precio general de entrada.
  1. El precio general de entrada para la visita conjunta a la colección permanente y a las exposiciones temporales será de 6 euros por día.

  2. El precio de entrada para la visita a las exposiciones temporales será de 3 euros por día.

  3. El acceso a los servicios complementarios, tales como la Biblioteca y Centro de Documentación, librería, tienda, cafetería, terrazas u otros de similar carácter, será gratuito, sin perjuicio del debido control.

  4. El precio de entrada o, en su caso, la gratuidad para el acceso a otras actividades culturales, será determinado en cada caso.

Artículo 3 Visita pública gratuita.

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía podrá visitarse de forma gratuita por:

  1. Todos los visitantes:

    1. En los días: 6 de diciembre (Día de la Constitución Española)...

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