Ley 30/1977 sobre concesión al Presupuesto en vigor de la Sección 13, «Ministerio de Justicia», de un suplemento de crédito de 345.000.000 de pesetas para continuar la realización de las obras de construcción del edificio de Juzgados de Madrid, en la plaza de Castilla (tercera fase).

MarginalBOE-A-1977-10729
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
9336
30
aliril
1977
B.
O.
del
E.
-Num.
103
JUAN
CARLOS
El
Presidente
de
las
Corte;;
EspaÚoJas.
TOnCUATO
FERNANDEZ·MIRANDA
y
HEVIA
Articulo
primero.-Se
convalidan
como
obligaciones
legales
del
Estado
las
derivadas
del
Acuerdo
del
Consejo
de
MIrtistros
de
veintiuno
de
mayo
de
mil
novecientos
setenta
yseis.
rela-
tivas
a
la
ayuda
voluntaria
de
España
a
14,
UNRWA.
y
por
un
importe
máximo
de
sesenta
y
siete
millones
quinientas
mil
pesetas.
Artículo
segundQ.-Se
concede
para
abono
de
dichas
obliga.
cionas
y
con
recursos
facilitados
por
el
Banco
de
España,
en
concepto
de
anticipo
con
cargo
a
la
cuenta
del
Tesoro,
un
crédito
extraordinario
por
el
indicado
importe
de
sesenta
y
siete
millones
quinientas
mil
pesetas,
aplicado
al
Presupuesto
en
vigor
de
la
Sección
doce,
~Ministerio
de
Asuntos
Exterio-
res_,
servicio
doce,
..
Dirección
General
de
Organizaciones
y
Conferendas
Internacionales
..
,
capítulo
cuatro,
..
Transferencias
corrientes""
artículo
cuarenta
ynueve
...
Al
Exterior".
concepto
cuatrocientos
noventa
Y
uno
...
Para
el
pago
de
las
cuotas
<:oa>
rra,>pondientes
a
la
participación
de
España
en
las
Organiza-
cionas
especializadas
en
las
Naciones
Unidas
y
demás
Organis-
mos
internacionales_o
Artículo
tercero.-El
importe
a
que
asciende
el
mencionado
crédito
extraordinario
se
cubrirá
en
la
forma
determinada
por
el
artículo
sesenta
y
cuatro
de
la
vigente
Ley
General
Presu~
puestaria.
Dada
en
Madrid
a
veintbicf,e
de
abril
de
mil
novccienlos
setenta
y
siete,
En
el
desarrollo
del
ejercicio
de
mn
novecientos
setenta
ycinco,
el
crédito
figurado
en
el
Presupuesto
para
satisfacer
a
la
RENFE
la
subvención
compensadora
del
déficit
de
ex-
plotación
y
la
aportación
estatal
para
la
amortización
finan·
CÍDra
de
empréstitos
ha
resultado
notoriamente
insuficiente,
en
relación
con
las
obligaciones
efectivamente
presentadas.
Para
solventar
tales
insuficiencias
se
ha
instruido
un
expe-
diente
de
concesión
de
los
oportunos
créditos
extraordinarios,
que
ha
sido
informado
favorablemente
por
la
Dirección
General
de
Presupuestos,
y
de
conformidad
por
el
Consejo
de
Estado.
,
En
su
virtud,
:y
de
conformidad
con
la
Ley
aprobada
por
las
Cortes
Españolas,
vengo
en
sancionar.
Artículo
primero.-Se
reconocen
como
obligacione5
del
Es·
tado
las
derivadas
de
la
Íiquidación
del
ejercicio
de
mil
nove-
cientos
setenta
y
cinco,
en
cuanto
a
la
subvención
complemen·
taria
compensadora
del
déficit
de
explota-eión
de
RENFE,
por
un
importe
de
seis
mil
ochocientos
CUarenta
y
siete
millones
setecientas
cuarenta.
y
nueve
mil
doscientas
setenta
y
dos
pesetas;
y
de
la
aportación
estatal
a
la
misma
Entidad
para
la
amortización
financiera
de
créditos,
por
el
mismo
año,
por
un
importe
de
ciento
treinta
y
tr€s
millones
veíntisietem1l
dip.ciséi5
pesetas.
Articulo
segundo.-Se
conceden,
para
satisfacer
las
obIiga~
ciones
El
que
se
refiere
el
apartado
anterior
y
con
recursos
facilitados
por
el
Banco
de
España
en
concepto
de
anticipo
con
cargo
a
la
cuenta
del
Tesoro,
dos·
créditos
extraordinarios,
por
un
importe
total
de
seis
mil
novecientos
ochenta
millones
setecientas
setenta
y
seis
mil
doscientas
ochenta
y
ocho
pe-
setas,
con
aplicación
al
Presupuesto
en
vigor
de
la
SecCión
diecisiete,
..
Ministerio
de
ObraEl
Públicas_,
servicio
cero
siete,
..
Red
Nacional
de
los
Ferrocarriles
Españoles,.
con
el
detalle
siguiente:
'
Seis
mi)
ochocientos
cuarell'ta
y
siete
millones
setecientas
cuarenta
y
nueve
mil
doscientas
setenta
y
dos
pesetas,
al
capi~
t:llo
cuatro,
.Trans.ferencias
corrientes
..
;
artículo
cuarenta
y
cmco.
·A
Empresas,.;
concepto
nuevo
cuatrocientos
cincuenta
y
cuatro,
y
ciento
treinta
y
tres
millones
veintjsic~te
mil
dieciséis
pesetas
al
c?,pítulo
siete,
..
Transfenm'~¡as
da
capital
..
;
artículo
s~te,nta
y
cmeo,
..
A
EmprB.&fl.S..-;
concepto
nuevo
setecfenJoS
CIncuenta y
cuatro~
f,EY
S1/1977, de
27
de
abrí!,
sobre
concesión
al
Pre-
supuesto
en
vigor
de
la
Sección
17
..
Ministerio
de
Obras
PúblicasE,
de
varios
suplementos
de
crédito,
por
un
importe
total
de
3501KJO.OOO
de
pesetas,
para
la
aplicación
del
Convenio
Colectivo
Sindical
del
personal
laborúL
10729
LEY
30/1977,
de
27
de
abril.
sobre
concesión
al
Pre-
supuesto
en
vigor
de
la Sección
1:3,
..
Ministerio
de
Justicia-,.
de
un-
.mplemento
de
crédito
de
345.000,000
de
pesetas,
para
continuar
la
realización
de
las
obras
de
construcción
del
edificio
de .Juzgados
de
Madrid
en
ltl
plaza
de
Castilla
(tercera
fase).
La
conveniencia
de
que,
a.
la
mayor
brevedad
posible,
pueda
terminarse
la
construc(,'Íón
dd
edificio
destinado
ti<
Juzgados
de
Madrid,
en
le
Plaza
de
Castilla,
con
él
fin
de
obtener
una
nlayor
eficiencia
de
sus
servidos,
teniendo
en
cuenta
las
deficientes
instalaciones
de
que
hasta
ahora
disponen
la
mayor
parte
de
ellos,
ha
hecho
indispensable
la
habilitación
de
recursos
su·
plementarios
con
tal
finalidad.
Se
ha
tramitado
un
expediente
para
la
concesión
de
un
suplemento
de
crédito
de
trescientos
cuarenta
y
cinco
millones
de
pesetas.
que
obtuvo
el
informe
favorable
de
la
Dirección
General
de
Presupuestos,
y
de
conformidad
del
Consejo
de
Estado,
En
su
virtud,
y
de
conformidad
con
la
Ley
aprobada
por
las
Cortes
Españolas,
vengo
ell
sancionar;
10730
El
Presidente
de
las
Cm
!es
Españolas,
TORClIATD
FERNANDEZ-i\1JHANDA
y
HEV!A
JUAN
CARLOS
Dada
en
Madrid
a
vejn
lisiete
de
abril
de
mi]
novecientos
setenta
y
siete.
La
aplicación
al
personal
JabomI
del
Ministerio
de
Obras
PÚ-
blicas
de
dHerentes
disposiciones
de
carácter
laboral,
princi·
palmente
el
Convenio
Colectivo
Sindical.
de
ámbito
nacional,
ha
producido
una
insuficiencia
de
Jos
recursos
presupu')starios
para
satisfacer
todas
las
obligaciones
de
esta
índole'
en
el
trans-
curso
del
ejercicio
económico
.
Para
hacer
frente
a
dicha
insuficiencia
se
ha
tramitado
un
expediente
siguiendo
al
efecto
los
trámites
establecidos
por
el
articulo
aesenta
y
cuatro
de
la
vigente
Ley
General
Presupues-
taria,
a
cuyo
efecto
se
han
emitido
los
dictámenes
preceptivos,
favorablemente.
por
la
Dirección
General
de
Presupuestos
y
de
conformidad
por
el
Consejo
de
Estado.
En
su
virtud,
y
de
conformidad
con
la
LE1y
aprobada
por
la.$
Cortes
Españolas,
vengo
en
sancionar:
Artículo
primero,-Se
conceden,
con recurRaS facílitado
por
el
Banc.o
de.
España
en
~.oncepto
de
antidl?o
_(;on
cargo
a
la
Articulo
primero.--Se
concede,
con
recursos
facilitados
por
el
BunGO
de
España
en
concepto
de
anticipo
con
cargo
a
la
cuent..i.
del
Tesoro,
un
suplemento
de
crédito
de
trescientos
cllarenta
y
cinco
millones
de
pesetas
al
figurado·
en
el
Pre-
supuesto
en
vigor
de
la
Sección
trece,
..
Ministerio
de
Jus·
ticia-;
servicio
cero
tres,
..
Dirección
General
de
Justicia,.;
ca-
pitulo
seis
••
lnversiones
reales".
articulo
se&enta y
uno
...
Me-
jora
de
las
instalaciones
de
la
Administración
Justicia,.:
concepto
seiscientos
once,
..
Creación
de
Palacios
de
Justicia,
Juzgados
y
otras
Dependencias
Judiciales
...
ArtIculo
segundo.-EI
importe
a
que
asciende
el
mencionado
suplemento
de
crédito
S~
cubrirá
en
la
forma
determinada
por
el
articulo
sesenta
y
cuatro
de
la
vigente
Ley
General
Prc.-;upueslaria.
Dada
en
Madl'id
a
veinj
i':;¡etL'
de
abril
de
mil
novecirmtos
setcn
la
y
siete.
JUAN
CARLOS
Articulo
tercero,-El
importe
a.
que
asdenden
los
mencio-
nados
créditos
extraordinarios
se
cubrirá
en
la
forma
determina.
da
por
el
artículo
sesenta
y
cuatro
de
la
vigente
Ley
General
Presupuestaria.
El
Presidente
de
las
Cortes
Españolas,
TORCUATO
FERNANDEZ-MIHANDA
y
HEVJA
LEY
29/1977,
de 27 de
abril,
sobre
concesión
al
Pre~
supuesto
en
vigor
de
la Sección 17
..
Ministerio
de
Obras
Públicas""
de
dos
créditos
extraordinarios.
por
un
importe
total
de
8.980,776.288 pesetas,
para
.
satisfacer
a
la
RENPE
el
déficit
de
explotación
del
Mio
1975 y
para
completar
la
aportación,
estatal
para
amortización
de
empréstitos
del
mismo
al10.
10728

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