Ley 34/1975, de 31 de julio, sobre concesión al Presupuesto en vigor de los distintos Departamentos ministeriales de varios suplementos de crédito, por un importe total de 9.001.217.500 pesetas, para abono de mejoras económicas al personal de la Administración del Estado.

MarginalA16408-16411
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
16408 2
agosto
1975 B.
O.
(leI
E.-,
Núm.
1M
'16433
FRANCISCO FRANCO
,
:El
Presidente
las,CortesEsPI1.6.o1as,
ALEJANDRO RODRlGl!EZ DE VALCARCEL,
y.
NEBREQA
'DISPOSICIONES'FINÁLES
"
.'
,,-
1643~
k.EY
34/J.975,
,de
31.
de julio, sobre concesión
al
Presupuesto
en
vigo.r
de
l<Js
distintos
Departa-
mento
s
ministeriales
de."arios
suplem,entvs
de
cré-
dito,
por
un
importe
totg,l de'9,OOl.2J,7.500pesetas,
para
abono
demejoras'económicas
al'
per$onal
de"
la
Administración
det
Estádo. .
El desequilibrio
que
se
ha'
presentado
entre
las
rentas
de
trabajo
perclQidas
por
el
per$onal
al
servido
,de
la
Administra-- .
ciÓndel'
Estado y
el
nivel
actual
de
pr~cios.
hamóvido
'al
Go-
bierno
a
otorgar
una
mejora
en
la's retriliuciones:.del referidci per-
sonal,
q{¡e
tiene'
efectos econémicos désde
uno
de marzo del, éo- '
rriente
año. - ' ,
Ar.tículO~euárto
....,.ÉI,gobierno" y
administración
del
Patronato
est,ará.n a
'cargb
de
un
Consejo
Dir,ecci(l1ly
de
un'
Gerente.
El
COnsejo,g.e
"Dir~cción,
e¡¡tará
.presididopor-lq.
perspnaque
designe,
el
:MiniS,tro
del
Départamento
y
{ormaránparte'
deLmiS"
mo
,un
Vicepresidente,
también
de
designación
ministerial;
dos
Vpcales
en
rep,resentadón
de
la
Subsecretarfay
uno
po~
cada._
CehtrodirectiV'o'
del Depart.amento,'
así
cómo ,el
Gerente
del
Patronato,
que,f¡erá
designado'
pdr,
el
Ministro, a.,propuesta
del
C:onsejp
de
pirección,
.,,'
,
El
Qonseio
.deDirección'sl'l
,regirá
en
su
",flmcionamiénto ,'por
las
disposiciones
del
capítulo
II
del
título
1
de
la
Ley
de
Pro-
,cediínie.nto· AdIntnistrativo;
'-
, ,
,,'.,
'"
l'
'
''''
" , , '
Artículo,
quinto.~LOs
'recursos
d~l,PatrOnato
estarán
'cons-
tituídospo:r:
' '
a),
-Los
bienes, yderechos
que
constituyan
su
patrimonio.
bl
L-os
prciductos y
lentas
"(Th dicho
patrimqnio.
'
c>LaS
at.ribuciones
patrimoniaJes
que
en
su
favor
realicen
qualésquiera
personas
púbUéaso
privadas;
eh
'especial's~bven
cíones
que
le
conceda
la
Adnünlstracjón,del
E!itado,
con
cargo
ir'·los PresupuesfosGe'nera16s.
',,'
d) Los ingresos derivados, del
ejex;c1ció
'de
'sus
actividades
.
.
'".'
~
.
,',
.-
-,
I
vivienda
y
prestarles
la
ayuda
financiera
y'técnica.
necesaria
en
la
fOrma que,
reglamentariamente
se
détermiriey
el
Consejo
de Dirección
acuerde.
Tales
cooperativas
se
régirán
por
su
le-
gislación especifica.
'"'
" ' " '
Artículo,
tercero.-':"El,
Patronato
podrá
realizar,
cualquier
tipo'
de
actos o
negados
jurídicos
necesarlos
para
el,
cumplimiento
de
sus
fines,
yven,especial,
'tendrá
capacidad
para:
all
Adquirir
terrenos,
edifi,ciosy
cualesquiefá
bienes
yde-
rechos
-necesarios a
sus
funciones. - " '
b),
Contratar
la
ejecución de
obras,
prestación
de
'servicios
'0
suministros.
' '
c>
'Realizar
actos ,de
administración,
o.'
disposición
respecto
de
los
biene!; yderechos de los
que
sea
titular,
" '
in
Realizar
cualesquiera
aetos o
negocios
juñdiCos
nece-\
-sarios.enorden
a
sUfinanciadón:
','
" ' ' ,
El Ministerio'
de,
Planificación ,del ,Desa,rrollciliic;tará ,las
normaS
reglamentarias
que
han
,de
regular
las, c;ontrata,ciones
del Patrona.to.' "
-
..
:
, - I
,
Prtmera.-El'
Consejo,
de
Direéción
del.
Patronato,
se
'cons-
,tituirá,;"dentro
de
los
treslIlesescsiguíeIites
a<la-,éntrada
en
vi!fqrdela-
preseriteLey;
acuyo
efecto'
el
Ministerio
d~Pla
nificaciqn del'Désa.rrollo
,dictará
las
'dispoSiciones,
que
.estillle
,necesarias.
.,
....,'
" , , , ,
, .
S~'hnd!Í.'::El,
,Cón~ejo"
de,'
Direc~ión
.
procederá
a
elaborar
el
Reglamento del
Patrgnato,
en-el
que
se
desarrollatári
yregu":
larán'laS
funciones yati'ibuciones
de
los
distintos'
órganos
rec"
tores,
losrec~rsosy'
forma
delj-dminisfntrlos;" los', tipgs,
de
\1viendas
qúe
hayan
de
construirse, ,pr6cooinliento,
de
ejecución
y
adjudicac;íóndé
las,
mismas,,'cuanJía
,y
características
-de
las'
.ayúdas
financieras
yetécnicas,
para
las
cooperativas de
fundo"
narios;a.~í
como
,cuantas
,prever¡.ciones-
estimeopoi"tuilo
e¡;ta-
blecer.El
citado
Reglanrento
será
elevado
al
Gobierno
para
su
~aprobaéi6n,
por,
el
Ministro,
de'
Planificación ,del
Desarrol~o"
dep~
tro
de, los seis meses
siguientes
a
la
entrada
en
vigor'
de
,esta Ley; , ' " ,
,Dada',~n
el
Pa,zo
de Meirás atreint-a y
u!ÍO
de
julio
de
mil
novecientos)setenta
ycinco,
FRANCISCO'FRANCO
El Presid&rt.te
delas
Cortes EspaA¿las, '
','
ALEJANDItO RODJ;l.IGUEZDE.YALCAllCEL y
NEBREpA
),
I
'tres
Ej.ércitos,
faculta
al
Gobierno
para
establecer
el
régimen
de retribuCiones
que'
corresponde a
las
Clases de
Tropa
yMari-
nería
reenganchadas,
excluidas del
ámbito'
de
su
aplicación,
dictándose
al
ef~cto
el
DeCreto trescientos
veintinueve/mil
no-
vec~enÚ)ssesenta
ysféte,
de
veintitrés
de febrero.,. ' '
Posteriormenté,·lil.
Ley diecinue've/mil
novecie~tos
setenta
ytres, de
veintiuno,de.
julio,
que'
fija
las
nuevas
estructuras
para
los Especialistas
de
la
ArÍnada;crea
en
su
artícl.llooctavo
la
figura,
de
'Cabo
Primero
Especialista V
eterano(Vl
,cón
el,
carácter
de
personal'
prQfesional.permanente,
que
deté~nael
cese
en
la
condición
de
reenganchado
y,
en
consecuencia,
su
"exclqsióntácita
del
ámbito
deÍ
Decreto
númerotrescieritos'
vein-
tinueve/mU· novecientos
sesenta
y"siete,de
veintitrés
de fe-
brero. '
,.
" '
Esta
circunstancia
juStifícala
inclusión
de. 'este Personal
en
elámbito
de
aplicación'
de
la
Ley
cieritotrece/míl
novecientos
sesenta
y
seis,deveintiócho
de dicieIllbre;
que
regula
con'
caráéter
general
las
retribuciolle!!dél
personal
'profesional' mili-
tar'
yasimilft.do' de,
'los
tres',
Ej~rcitos.
" ' , ,
En
su
virtud,
yde cónformidad con
la
Ley
aprol:iadapor
las
'Cortes~spañolas,
vengq
en
sanciona,!?: , '
",
ArticulopriInero
.
.:..cQueda
adicionado' el',
artículoprimeio.de
la
Ley
,ciento,
trece/mil
nov.eeientossesenta
yseis,
de'
veín-
tiocho
de
diciembre"con
el
sigúiente
'épígrafe:
cg)
Cabos
Primeros
Especia.listas
Veteranos
(VI de
laAr"
;
madaa
qu6se
.refiere el artículo.octavo.,de
la
J,eydiecinueVe/'
.
mil
nove<;ientos f¡etentá ytres,
veintiuno
de
julio, de Espe-
cialistas
de
ll!-
Armada..
' ,
Artíc;ulo
seg').mdp.-QuedaadiciOniú~oel
plÍrttounode1ar-
tículo,tercero,
de
la"
Ley
citada
en
el ,'a.rtículo,
anterior
con
el
siguiente'
~pígrafe:
':
",'"
,"
'" '
,
cd)
Cabo
Primero
Especiálil?ta
Veterano
(V)
de
la
Armada:
c~nco
mil
seteCientas
cincuenta'
pesetase. '
-Al'tículo
tercéro.~Et,punt~'uno
del
artículo
quinto
d"e~la
repet!daLeyci~~totréce/milnovecí:entos
sesent~
~,~iS,
de
vemtlocho.de<ticlembre,
seoeomplemellta
con
el
slgUlenteper,
,
'sonal:
,-
,
c,Ca,bosPrimer.os EspeQialistas
Veteranos
(V)
de
la
A.rmada:
C\littrocientas
'pesetas
a~
mes
.•
DISPOSICIQ!'f tRANSITORIA
. - -',_ " .
,'.1
.
",
"
El,
personal,
comprendidoen'la
presente
Ler
que,
,con a.rreglo
aJo
displ(esto'en
el
punto
unQ del
artículo
tercérodel
Decreto
número
treseientosveinfinueve/mil
nqveden
tos>
sesenta
ysiete.
deveíntitr:és
de
'febrero,
tengá
reconocido
un
sueldo sÚperior
al
que
se
cifra
,en
el
'anter!oraÍ-.tfculo
ségundopercibirA
la'difÉl"
renciapor
el
'concepto,
de
:complemento
personar
trensitorio,~l
C\lal;se
Irá
reductenq.o
en
la
misma
,cuantía,
que
aumente
el
sueldo
que
ahora
se
fija.
','
..
,'
'
-c'-
,','
,
Dada:'e~
el
PAzo
de'Meirása
,trelntal'uno
~e
julio
de
mil
nQvecientolO setEmta y'cinco, '
'LEY
33/1975,
ele
31
de
julio,
de
crea~Wn
del Patro,
nato
de-cCasas para Funcionarios del MinisteriO de
Planificdci6n
cJ,el
Desarrollo. '
,'-'
La,
eficaz
llctuación' de
16s
Patronatos
de
CaSaS
de
la
Ad-
mi~istrai::ión
delEst~o.
en
orden
~,la
reSól]lcióndelproblema
,SOCJ.a1 del
alojamiento
de
los
funcionarios, aconseja
la
creación'
deL
Patronato',
,corresponejiente
al
Ministerio" de Planificación
del Desarrollo yde
sus
Organi~mog
autónoinos. " ,
En
su
virtud.
yde '<;onformidad con
la
Ley
aprobada
por
;.
las
Cortes Españolas, :vengo en, saricioni:u': ' , ,
Artículo
PI1mero.-Por
la~resent~'Ley
se
crea
el
Patronato
ele
Casas'
para
Funcionarios
del
Ministerio
eje
Planificación del
,Desarrollo
'co,mo,
Organísmo autónomo' adscrito a,
este
Depar.
tamento;
'-,
.,
-ArtícuLo',
segundo.:::.....EI
Patronato
tendrá
cerno fines propios'
la,
construcción,
adquisición, ádjudicaciÓn,
entretenimiento,
y
administración
deviviem1aspara'
su
cesión
en
..propiedad o
ar;rendainiento a
los
funciónarios
del
Ministerio
de
Planificación
del
Desarrollo
y'
de los Organismos autónomos adscritos
al
mismo,"'.,
',,'
-
El
Patron,ato
podrá
promover
la
creación,
por
16s
funcionaribs
a
que
hace
referencia'el
párrafo,
anterior,
de ,cobperativas
de
B.
O.
(lel
E.-.
.
Núm..
'184
2
..
agosto·J~75
Para
hacerlá.
efectiva ,se
pr.ecisanmayorea
recursos
sobre
los
figvtados
en.{ll Vigente
Pr~supuesto,y
a
tal
efecto se
ha
traII1i- .
t8.doun
exp~diente
de
suplementa.tión
de
los rmismos,
en
cum~
plimiento
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
cuarenta.
y.uno
de
la
Vigente
Lerde
AdIDinistra:ctón yContabilidad. de
la.
Hacienda
Pública.'
.
.'
Dichoexpediente
..
ha
sido informádo. favorablemen.te
por
la
Direccipn
Ueneral'
del
Tesor,()
y·Presüpuesoos.
y' de é6nformid6d
por
el
Consejo
de
E;Stado,
legitimando
el
acuenjo
(lel
Consejo ,de
MinistrGlsde21defeb~eroúltimo,qu~
ac0tcló
la
repetida
mejora.
.
En.
su
virtud.
Y.
de
con.formi~d
con
la
Ley
aprobáda
por
las
Cortes Espafiolas,
VE:lIlgO'
en
sancionar:
.'
.'
.,;'
.
A.rt~cul.o
pri~er~.-Se
ConValida
el
Acuerdo
del' Consejo
de
Mimstros
de vemtlUDo
defel?rero
próximo
pasado,
por
el
que
con, efectos .de
uno.
de "Uarzo sigúiente¡
se
.conceden
deterínma:
dos increIDEmtos
en
las
retribuciones
c9mplementarias
del
per-
sonalal
servicio de
la·
Administración
del
Estado, y
con
una
repert;:uSión económida.,
máxima.
de
nueve
lIlilun.
millones dos-
ci~ntas
diecisiete
mil
quinientas
pesetas
..
..
.
j'
"..
-
-"
ArtíGulo
segun4o.~Se.conced.en
lossi~entes'
supleIiumt~~
de
crédito
al
Presupuesto
en
vigor,
por
un
importe
de
nueve
mn
run·
millones do'sGientas die.cisiete mU'
quin~entas
pesetas, can
.arreglo
al
detalle,
que
se.
indica: '
Con~~pto
EXp:r~si6n.
dEllgasto
SI1:CCIoN li.
"PRE$IUENCIADEL
GOBI'I::RNO
Importe
15.284.&00
250.000 .
10.200.000:
73.975.000
14.060.000
n5.00ó
271.000.000
r(¡U35.ooo
690J)()()
262.3~5.000
.
111.550.()()O .
.,..,'
..
-.
',-.
.......
........
0'0'
............
•••
SEC{::ION,13. MINISTERIO
pE
JUST1c:IA,
Serviéu> 01. 'Ministerio,Subsecretaria:v Servicios Generales
SubcoÍlceptq
3.":-Incenti~os
-.;
, ,
'"
..,
..
,
'.-.
.-.~'
-.'
'.
_.
.'
.
SECCION
16
.. MINISTERIO DE-LA GOBERNACÍON
.PaI;ticl¡¡.
2.-Unidad
ttice:ri.tiYqs\~~
..
~'~.-
~.~
.~.,
~
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..
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o
••
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~
-.~'.~
..
-.>
,
:.
.
Personal
contráta40;'-P~rsQnal"q~epresta
sUs
servicios
en
~ependeric~as
del Ministerio.
Se;""icio 03.
D:íre~éióJl.
General
de
Jusdl?€a
Complemento de·'Sueldo y
ot~
remuneraciones
para
f\l,licionarios
'divl1~s
de
la
í\dII11:
nistración
Militar:
e
Partida
3.~Inc~n*~
...
lJed'icaCfónespecialorgánica
y
e:x:.clusiy¡¡.
.,
.....
,. :.( ..;... .,
....
"
......
,
.•
;ó
..
SECCION
14;
.MiNISTERIO. DEL
EJERCrrO
Servicio
02:
Atenciones de Personal.
Complemento de
sueldo
y'
otras
rernuneraciones
del
persopal
militar:
.,
Servicio
06,
ObZigaciorieiJ' aextinguir
.éOIllplementttrios
del
Cuerpo
de Caballeros
MutiladQéde
Guerra.
porlaPatrla.
.,
"-.'
-"
.',.'
,'.
';
,-:.
':'-'
",'
'"
,o:'
-
,',?
,.
"
SECCION
15.·.
};iINISTERIO'DE},oíARINA
..
8erviciq
02.
Departa~ntQd.e
Personal
de sueldo y
otrasnimu.neraciones
~!llPerson~l.ínilitar:·
SubconGElptoa.-CompleJIlentoVnid¡¡.d
....
;,........
;.....
••
;
••.••
,
.ComPÍementos de.
sueldo
y
otras
repiuneracionesd~
'105'
funcionarios.
civiles
,de
la. Adm1.
nistráci~n
Militar:
':~
....;.
-:<
"'
'"
;
'Servicio 01. Presidencí4,Subseeretaria:v Servicios
Gener..ales
IncentivoS
','"
../
'"
-J
..
Personal
contratado
;
'o
;
'.
, ,
.,
••
,
:.,
",'
SJWCION
12.
MINISTERIO'
DE
'ASUNTOS".EXTERIORES
Servicie'01: .MinisteriQ, Subsf3cretaria·· )',Servicto$Generales
~
-'
~.
.
Inceriiivo~
'"
:....•.
".
,., _. .,
Oo
•••••
: ; ,
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;
•••
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i"
o
••
o
••••
-
Personal
coritratado.~Para
el
pago
de
los.devengos
correspondientes
alperscin¡¡.l de .esta
clase
deJoS
·diferentes··Servicios
del
Ministérlo : , ' ..
~
';
.. ' .
126/1
126
126/2
127/3
172
127/2
12'7.1.3
172
-127/2
127/3.
172
.
..
....
',"
..•.
,.,
3'l().<iOO.ooo
36.020·090
1~6/1
1.534.725.000
...
';.-
.
-
126/1
COll!plemento
de
destino
por
responsabilidad...
...
.....;
.•.
.
......
,SECCION 17.· MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
..'
.'
-.
Servici~~OI.
Ministerto.Subsecretartay
Servict~s
Gim(lrales
Incentivos·
'"
"o
;:
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Personal
contratado."--Personal colabora.dór
coritratadopara
todas
las
DireceionesGene-
rales.,
Servicio~
del-Ministerio
n.
'"
•.
~
u • •- -
'1
•••.
'
...
• ,
'-
.;
••
u
•••••
.-~
" .
834.8250.000
115.000.000
-25.685.000
16410
B.
O.
aéI
E.-Núm.184
Expr
..
esión
del
gasto
SECCION'18. MINISTERIO
DE'
EDUCACION yCIENCIA
Servicio
04.
Direc6iÓnGeneral
~
Persorial'
Conéepto·
127/1
.,
127/2
Personal-docente:
Subconcep.t03.-Incentivos
Personal
no
doce.nte:
Subconcepto
3;":":'Iilcentjvos
.it.
•••
:_~:
••
',.-
Oo"
..•••.••• ,
•••..
Oo
••
',.Oo.
.-.
I1J}porte
2.293.665·090
~1.000;000
¡'
1.93&.000
2>205.000'.
,
'48.760:000
,515.tlOO
24!U29.00(l
·49.025.000
274.760.000
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áECCION.22.
MINISTERIÓDEL
AIRE
....
':-
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......
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.......
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......
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...
,.
.:~
..
Illcentivos
,.; ; , , : ...•.:, :.....•
;~
. ' .
Peréonal.contratado.~Retribuciones
.al
personal
contratado.
deacue~do
cOI1.ti!LarticÚI~!l.'
.
_de
la
Ley
de
Funcion~iosCiviles
deFEstadQ,etc.
,j
........
oo.'
:
....
~
oo,
;:
......
1.'
oo;
...
SECCION'21.MINISTERIO:
DE
AGRICULl:URA.
'Servicio"
(J1:Miilis~r'io;
St!bsecretai'íay
Serviclos
G.l1fl.e
rales
Complement6sde'
sueldo
y,otrasrfmune'raciones
d~
los
ftJ.ncionll,J'ios·
civileS.de·
nistración
Militar:
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SUbcoD.¿epto3,~Inceíitivos
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'Servicio al.
Ml11.tS.terio,
,SubseCretaria
y.Servicios
Gen.era/és
,
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CómpÍementos
de
sueldo
y
otras
remunÚaciones.de
personalmj~Ha.r;:
Sribconcepto
l......cDestino....
.....
......
...:
..
I
Servicio
i.o.Subsecre~aríade
A,víación
Civil.~Servicios;
Centrales
Comp'~ementos.de
SUeldo y
otras
remuneraciones
depeI;somilmilitfl.r:
.GOmplexnentos
:deI
Cuerpo'
<leSe9Tetll.rios
de.Ma.gistratUras;
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1.-Compl~meiftbs
por
dedical3i6~
éxl::ltlsiva ...
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SE9CION.20.MJ¡,NLSTEIUOQEINDtJS'[RIA
ServiciO
Ql.
Minis.terio.S~bs~creta!¡;aYServicr~$Gene'rales·
Personal
·contratado.-Para
el
pago
de
ias
.
retribuciones'
correspondientes.
alpersonaJ
contratado
de
los
diferentes
Servicios
del
Ministerio
.
SECCION
19.'
MINISTÉRI<:5
PE
TR.¡\JilAJO
Servicio·Ol. /
Ministério.Bubsecretaríd
yServiciosOene'ráles
':
Incentivos
'::"
",
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"j>ersonal
contra~ado!-RemuneTacionesdelpersorial
de'
esta
natu.rtiJeza- ...
.
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.....
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'
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'.'
.
~Servicio05
..Direcció1'l
G!lneral
de
Juriscli,cbi6n
deITrabato
del
Cuerpo
Magistrados
9-eITrabajo:
SubcoriceptOl
...,,-CoIN>lemeIltos
pOr'dedicación
~xélÍlsiva
...
.,.
Í27
126
128/1
,In
127/3
172
126/1 .
'127/3
172 '
Subconcepto
~.--DestiD.o
... o,:. '
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12612
Complemento'ere
.sueldo y
otras';.refuuneraciones
a
los
nmCionariosciviles
de
Ía
Adlili-
JÍistraciónMili
tar:
-:
~.'
Subconcepto··3.-'Incentivós
.......
...
.
..
,
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-,.
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~
Personal
contratado:
SubcOncepto
2.-PersQnal
contratado
(artIculo
6
de.
la
Ley
de
Func'ion,ariOS.
etc,)
Subconcepto
6.":"'l?ersonalccntratado
para
el
Laboratorio
de
.
Control
de
Calidad
Subconcepto
7.-Personal
contratado
para.
laCentraf
de
Informa,ción de
Precios
~ubconcepto
8.-Personal·
contratado
para
el
Servicio
de
Inspección
de,
Disciplina
del
, .
Mercado'
oo.
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:
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•••
; : :
••.
oo
oo.
oo
~
..
oo
.
SEéCION23.;
MINISTERIO
DE
¿ÓMERCIO
·Seh,ic;.o
01.
Ministerio,
Subsecretariay
Servicios
qeneraros
127/3
172
....
-;,
......
-.
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'~":
.2.900.000.
2A30.ooo
-365.000
U90.000
8.795.000
B.
O.
(leIE.-Núm.
'1114:
1'-
_
2agosto 197$
Concepto ,
'Expresión
del
gasto
Importe
-'1';:;
~rvicio12.
Subsecretaría' de
Mar~naMercante
128
Párfl.·~tendefa1
costo
delI'égimen
de
retribuciones
complem~ntar!aSdelos
funcionarios
.civiles
de
la
Administración
Militar:
.precio!,
de
,manci,
de
obra,
y
,'th~teriále§"
de'
construcción, corres..
pondientesa
los
meses'de
enero,
febrero
ymarzo
de
1975,
los'
'cuales
bansido
sometidos
a;.laaprobación
del
Gobierno. ,
AProbados· los
referidos
íp.dicespor,
el
ConSejo
<¡:le,
Ministros'
:,en
su
rerinióndel;dia
24"
de
julio',
001975,
Esté
MiIÍÍsteriQha
tellido-,a
bien
disponer
su
public!l.ción
en
la"
forma
siguiente:
MANO-DE
,OBRA
I
41:550.000
3.3~5.000
895:000
305.000
52.1172
..
000
3.100.000
30.685..000
190·000
.311.25$.000
7.205.000
l'
.300.000:()()()
9.00L217.500
.~.
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....
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1.1
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Fl\ANClSeO
FRANCO
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C
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SECCION:24. MINISTERIO.' DE INFORMACION
,y
TURISMO
Servicio
01.
;MintsteriO, Subsecretaría yServicios GeneniZes
SECGION
27.MINISTERIO·DEHA.CIENDK
$'ervicid
01,
,
~in.isterio,$UbsécretQ,ria
.y
ServJCiÓ8
GeneraZes
SUbcQncepto
3.
Incentivos ...
..
'-.,
Subconcepto'3.
Ince?ti~o~
.,:
'"
.;....
.•
,
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"'_'
Para"
atender
al
costo
del
régimen
de
rettiouCiones"complement!l.rias
del
personal
militar
destiÍiado
en
~a
Subsecretaria
de
la
MarinttMercante:
.
.'
'..
.
.PerllonaLcontratado:
.1
.~, .
"Súbconcepto
2.-Personaf
contratado
(artículó'
6'dela
L~yde
Funcionari0
ll'etc.)
Incentivos',.;
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~
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•.
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'"
..
PerspnalcontFstado.-Para
el
pago
de
las
retribuciones
correspond~entes
al
personal
.
cOntratado
de los
dif~ente-s
Servicios del Ministério
~
~
•.•
'
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...
SE<:;CIOI'T25.
MrNISTERIODE
LA-
VIVIENOA
ServiciO··~I.·
.Mini$terio,
·S~bseéreta.l"íaY
Servicios GeMraZes
.
'\'
.
Incentivos
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, ,
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,:
; , : : ..
·'Personal.
cóntratado.-'-Para
ei
pago
de
los
eIIiolu~entos'
del
de
todos ,los Servicios
'del
Ministerio·...
..;
."
"
•..
' ' <
..
~
.}-
",
; .
SECCION2tl.
MiNr:>~RIO
DE
PLANIFICACION
PELPESARRO(.LO
'Servicio
01.
Mi.ntsterio, Subsecretaria ).I-Servicios
G.e~erales
127
'"
12713
172
127/3 .
172
172
.••
Attí9ulo
tércérCl.~Eaimporj;e
a'que
!,l.sCieIlde111os:.menciona~
doss-uplementos
de qrégito ,se
cubriráe9
la
f<!rma. deter¡;ninada<
por
el
artíc\llo
nuarentay
uno
dela'\'igenté.Ley.
de
Aqmíriistra-
ct(jn.y
Contabilidad
de
Ir¡.
Haciendá,PúbJic!l.;
Daea.
en
el' Pazo
de
Meirás
attein'ta
,!un.o
c:ie
j
uliQ
de
mil
noveci~ntos
setentáyciIlco;
, . '
. , .ElPresidente
de
las Cortes Españolas. ,'...
ALEJANDRO
RODRlQUÉZPE
VALCARCE~
YNEBREDA
MINIST
..
ERIClDE
HACIENDA
Eliero
:Febrero
Marzo
1-975
1975 1975 ;
351
351
351
364
3M
364
433
433
433
490
490
490
416 415
..-
416
507
507
507
346
'346
346
531.
531 531
.427
427
427.
513
513
913
512
512 512
.
380 380
380
450
'-
450
450
519
519 519
Provinci¡¡.
Alava
;
~
..
Alba<;ete-
.-
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Alicante
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Almerí!l. ...•,
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Barcelona
: : ..
Burgos
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Cáceres , ,
Cádiz
;.: ..
Castellón
;.; ;
..
Ciudad
:Re!l.l
, '
Córdoba,
•.
: ,
ORDEN de 24
de
juZio
.de
c
1975
sobre trulices de pre-
cios
de
mano
de
obra
y.
ma
teriaZ
es·
de
construé-
ción correspondientes aZosmeses
déenefo,
febre-
ro
:v
mar~
'de 'ip75, aplicqbles a
Ja
revisiÓn
de
contratos de obras del Esta.do.
J'
..
Excel~ntísimos
señores: .
·De co.nformidad
con
lo
dispuesto·
en
el
artíoulo
noveno
del
Decreto-ley
de 4de
febrero
de
1964,
el Comité
Superior
de
Preqios .de
Contratos
del
Estado
ha
elaborado
los índices
de
.16435
....

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