Protocolo para mantener en vigor el Convenio Internacional del Café de 1968, prorrogado, concluido en Londres el 26 de septiembre de 1974.

MarginalBOE-A-1976-12686
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
12936
2iulio
1976
PAGINA
B.
O.
uel
E.-Num.
158
Boal
Decreto
1514/1976,.
de
18
de
junio,
por
el
que
se
nombran
Delegados
provinciales
de
Información
y
Turismo
en
Baleares,
Valladolid
y
Palencia.
12952
MINISTERIO
DE LA
VIVIENDA
orden
de
23
de
abril
de
1976
por
la
que
se
dispone
el
cumplimiento
de
la
sentencia
de
5
de
marzo
de
1976,
dictada
por
la
Sa1a
de
lo
Contencioso-Administrati-
vo
de
la
Audiencia
Territorial
de
Valencia.
12988
Orden
de
11
de
mayo
de
1976
por
la-
que
se
descalifican
dos
viviendas
de
protección
oficial
sitas
en
piso
1.",
letras
Ay
B,
de
la
finca
número
107
de
la
avenida
de
Madrid,
de
Zaragoza,
de
don
Joaquín
Lisbona
Can~
dial.
12988
AD\rNlSTRACION
LOCAL
Resolución
de
la
Diputación
Provincial
de
Barcelona
referente
al
concurso
para
Ja
provisión,
en
el
turno
do
funcionarios
del
Ministerio
de
Hacienda.
de
la
plaza
de
Recaudador
de
tributos
de!
Estado
en
la
zona
11"
SabadelI.
]2955
Resolución
de
la
Diputación
Provincial
de
La
Coruña
por
la
que
se
hace
pública
la
lista
provisional
de
admitidos
a
las
oposiciones
de
provisión
de
seis
pla-
zas
de
Técnicos
de
Administración
GeneraL'
12966
Resolución
de
la
Diputación
Provincial
de
Madrid
refe-
rt'nte
a
la
oposición
para
proveer
una
plaza
de
Ayu-
<Janle
de
Obras
PúbUcas.
12966
Resolución
de
la
Diputación
Provincial
de
Málaga
por
la.
que
se
hace
pública
la
lista
definitiva
de
admiti-
dos
al
coThCUrso
para
la
provisión
en
propiedad
de
la
Jefatura
del
Servicio
de
Cirugía
del
Hospital
Civil
Provincial
de
San
Juan
de
Dios.
[2966
Resolución
de
ia·
Diputación
Provincial
de
Málaga
por
la
que
se
hace
pública
la
list.a
definltiva
de
admi-
tidos
al
concurso
para
la
provisión
en
propiedad
de
la
Jefat.ura
del
Servicio
de
Obstetricia
y
Ginecología
del
Hospital.
Civil
Provincial
de
San
Juan
de
DIos. 12966
Resolución
de
la
Diputación
Provín,cial
de
Teruei
refe-
rente
a
la
convocatoria
de
concurso-oposición
para
la
provisión
en
propiedad
de
una
plaza
de
Preceptor-
Sacerdote
del
Hogar
",Comandante
Aguado»,
depen-
diente
de
esta
Corporación.
12966
Resolución
de
la
Diputación
Provil1>Cial de
Valencia
referente
a
la
convocatoria
de
oposición
libre
para
provisión
de
quince
plazas
de
Auxiliares
administra·
tivos
de
esta
Corporación.
12967
Resolución
del
Ayuntamiento
de
Aguiias
referente
a
la
oposición
para
cubrir
en
propiedad
dos
plazas
do
Auxiliares
administrativos.
12967
H0soJuC'tón
dei
Ayuntamiento
de
Arrecife
por
la
que
se
anuncia
oposición
libre
para
proveer
en
propiedad
cuatro
plazas
de
Auxiliares
de
Administración
Ge-
neral.
12D67
Resolución
del
Ayuntamiento
de
Crevillente
referente
a
la
opo.'iición
libre
para
proveer
en
propiedad
una
pla-
za
de
Delineante.
12967
Resolucíón
del
Cabildo
Insular
de
Tenerife
por
la
que
se
hace'
pública
la
lista
de
admitidos
y
exduid();5
provisionalmente
a
la
oposición
_para
cubrir
plazHs
de
Técnicos
de
la-
Administración
General
de
las
Cor--
poracíones
Locales.
12~)67
I. Disposiciones
generales
DE
12636
MINISTERIO
ASUNTOS EXTERIORES
PROTOCOLO
para
mantener
en
vigor
el
Convenio
lnternacwnal
del
Cafe
de 1988,
prorrogado,
conclui·
do
en
Londres
el
26
de
septiembre
de
lf}74.
r~n
vigor
t1nu
vez
apróbado,
ratificado
o
aceptado
de
conformi~
dad
con
las
disposiciones
pertinentes,
pero
no
hubiere
entrado
en
vigel'
pro\-jsiomd
o
definitivamente,
el
pr01;ente
instrumento
seguirá
vigente
hasta
la
entrada
en
vigor
del
nuevo
Convenio,
u.
condióón
de
qUe
ese
período
de
prórroga
no
exceda
de
doce
rneses.
ARTICULO
2
LLos
Gobiernos
podrán
pasar
a
ser
Parte
del
presc'nte
Pro·
tocü!c m['(jiante,
PROTOCOLO
PARA
MANTENER
EN
VIGOR
EL·
CONVENIO
INTERNACIONAL
DEL
CAFE
DE
'998.
PRORROGADO
Los
Gobiernos
que
son
Parte
del
presente
Protocolo,
Considerando
que
el
Convenio
Internacional
del
Café
de
1968
prorrogado
debe
expirar.
en
virtud-
de
-las
dispósiciones
del
pá-
rrafo
1J
del
articulo
69
del
mismo.
el
30
de
septiembre
de
1975;
Considerando
que
el
tiempo
necesario
para
negociar
un
nuevo
Convenio
dotado
de
disposiciones
económicas
y
para
llevar
a
efecto
los
procedimientos
constitucionales
lÍe
aprobación.
ratifi-
ca.c!ón o
a.ceptación,
no
permitirá
que
tal
Convenio
entre
en
vigor
el
1
de
octubre
de
1975,
y
Considerando
que,
a
fin
de
disponer
de
tiempo
suficiente
para
negociar
un
nuevo
Convenio
y
para
llevar
a
t.érmino
los
necesarios
procedimientos
constitucionales,
el
Convenio
Inter·
nacional
del
Café
de
1968
prorrógado
debe
continuar
en
vigor
con
posterioridad
al
30
de
septiembre
de
1975,
Convienen
lo
que
sigue:
ARTICULO 1
El
Convenio
Internacional
del
Café
de
1968
prorrogado
ma-
mudo
0n
lo
sucesivo
"el
Convenlo.}
continuará
en
vigor
entre
las
Parte&
del
presente
Protocolo
hasta
el
30
de
septiembre
de
W78.
Si
entrase
en
vigor
con
anterioridad
a
esa
fecha
un
nue\'o
Convenio
Internacional
del
Café.
el
presente
Protocolo
dejará
de
tener
efecto
en
la.
fecha
en
que
entre
en
vigor
el
nuevo
Convenio
Internacional
del
Café.
Si
al
30
de
septiembre
de
1976
se
hubiera
negociado
un
nuevo
Convenio
y
hubiere
recibido
un
número
de
firmas
suficiente
para
permitirle
entrar
al
firma
del
mismo;
b}
aprobación,
,ratificación
o
aceptación
del
mismo,
l.r3S
haberlo
firmado
a
reserva
de
aprobación,
ratificaciÓn
oacepta.·
ción,
o
d
adhesión
tU
mismo,
de
conformidad
con
las
disposiciones
del
artículo
6
del
presente
Protocolo.
2.
Al
firmar
el
presente
Prot.ocolo.
cada
Gobierno
signatario
decla.rará
formalmehte
sí,
de
conformidad
con
sus
procedimien-
tos
constitucionales,
su
firma
se
hace
o
no
a
reserva
de
apro-
bación,
ratificación
o
aceptación.
ARTICULO
3
El
presente
Protocolo
estará
abierto
en
la
Sede
do
las
Nacio·
nes
Unidas,
desde
elide
noviembre
de
1974
hasta
el
31
de
marzo
de
1975,
inclusive,
a
la
firma
de
todo
Gobierno
que
en
la
fecha
de
la
firma
sea
P~rte
del
Convenio.
ARTICULO 4
En
los
casos
en
que
sea
necesaria
aprobación,
ralíficación
o
aceptación,
Jos
pert.inentes
instrumentos
serán
dep::;sitados
en
poder
del
Secretario
general
de
l~s
Naciones
Unidas
a
más
tar~
dar
el
30
de
septiembre
de
1975.
ARTICULO
,o;
LEl
presente
Protocolo
entrará
en
vigor
definit-i\"llll1Cnte
elIde
octubre
de
1975
entre
los
Gobiernos
que
lo
hayan
f¡lJnad~)
o
que,
si
asi
10
exigieren
sus
respectivos
procedimientos
constj-

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