Real Decreto 1867/1985, de 28 de agosto, por el que se declara de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Cabanillas (Navarra).

MarginalBOE-A-1985-21138
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyReal Decreto
IO~
n~m.
246
Lunes
14
octubre
1985 32:17
MINISTERIO
DE
AGRICULTURA,
PESCA
Y
ALIMENTACION
21137
REAL
DECRETO
186611985. de 28
'I1e
agoslO.
por el
que
se
declara de utilidad pública yurgente ejecución
la concentración parcelaria de'la
zona
de Fuentidue,ia
de
Tajo (Madrid).
Los
~cusados
caracteres de ,gravedad que ofrece la dispersión
parcelana de
la,
zona
de
Fuentld;uena de Tajo (Madrid) han- sido
puestos de mamfiesto por los agncultores de
la
misma en solicitud
de concent,ración
~celaria
dirigida al Ministerio de Agricultura,
Pesca yAlImentaCIón. '
De
los
~studios
realizados
¡lOr
~IIRYDA
en,
base atal propuesta
sobr~
las CIrcunstancIas yposlblhdades técOlcas que concurren en
la CItada zona, se deduce la conveniencia de llevar acabo ·la
concentraci~n
parcelaria por
~n
de ,utilidad pública. -
En su VIrtud. apropuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación. fonnulada con arreglo alo que establece la Ley de
Reforma.yDesarrollo
Agrario
de
12
de enero de 1973, Yprevia
dehberae,ón del Consejo de MlDlstros del día 28 de agostO de 1985,
DISPONGO:
,
A~ículo
1.~
Se
d~lara
de ':ltilidad pública yde urgente
eJecucIón
la
concentracIón parcelana de la zona de Fuentidueña de
Tajo (Madrid).
,Art. 2.° .
EI.perímet~o.
de
esta
z~na
estará formado, en princi-
PIO,
po~
el
termlO,o,
mUDlcl~1
del mIsmo nombre. Dicho perímetro
qu~dara
en defiOItIva modIficado de acuerdo con lo previsto en
el
anteulo
172
de la
Ley
de Reforma yDesarrollo Agrario de
12
de
'enero de 1973.
,An.
3.~.
Se
faculta al
Mi!1iste~C?
de Agricultura, Pesca y
AlII11;entaclOn
para dIctar ·lás
dISPOSICiones
complementarias que
reqUIera la ejecución de io dispuesto en
el
presente Real Decreto.
Dado en Palma ,de Mallorca a
28
de agosto de 1985.
JUAN
CARLOS
R,
El
Ministro
de'
Agricultura,
Pesca.
yAlimentación.
CARLOS ROMERO HERRERA
21138
REAL
DECRETO
186711985, de 28 de agosto. por el
que
se
declara de
uülidad
pública yurgente ejecución
la concentración- parcelaria de la zona de Cabanillas
(Navarra),
Los
~cusados
caracteres de
,--gravedad
que
ofrece la dispersión
parc~lar.a
de
la
zona de Cabanillas (Navarra) han sido puestos de
manlfiesto por los agricultores
de
la misma en solicitud' de
concentra"ión parcelaria dirigida al Ministerio de Agricultura
Pesca yAlimentación.
De
los estudios realizados por
ellRYDA
en base atal propuesta
sobr~
las circunstancias yposibilidades técnicas que concurren en
la cltada zona,
se
deduce la conveniencia de llevar acabo-la
concentración parcelaria por razón de utilidad publica.
En
su virtud: apropuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y
,Alimentación, formulada con arreglo alo que establece la Ley
de
Rcforma,Y De-sarrollo.Agrari
~e
12
de enero de 1973 yprevia
dehberaclOn del Consejo de Mmlstros del día
28
de agosto de 1985,
bISPONGO:
Artículo
1.
0Se declara de utilidad pública yde urgente
ejeCUCión
la
concentración parcelaria de la zona de Cabanillas',
(Nayarra). ' ,
.
An.
2.
0
EI.perímet~o.
de esta
z~na
estará formado, en princi-
PIO,
por el termInO mUDlclpal del mismo nombre, Dicho perímetro
quedara en definitiva modificado de acuerdo con lo previsto en
el
artículo 172 de la Ley de Reforma yDesarrollo Agrario de
12
de
enero de 1973.
Art. 3.°
Se
faculta· al Ministerio de Agricultura" Pesca y
Alimentación·para dictar las disposiciones complementarias que
,requiera la ejecución
de
Jo
dispuesto en.el presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a28
de
a80sto de 1985.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro de Agricultura,
PesCa
yAlimentación.
CARLOS
ROMERO-HERRERA
21139
REAL
DECRETO
186811985, de 28 de
apsfO,
por el
que
se
dec/arade
utilldad pub/:,a yurgente ejl'CUciÓll
la
concentración parcelaria de
la
zona
dc'
Zo!ma
(
JI.;'ararra).
Los
~cusados
caracteres
d~
gravedad que ofrece la dispersión
parcelana de la zona de
lohna
(Navarra) han sido puestos
de
manifiesto por los agricultores de la misma en solicitud
de
concentración parcelaria dirigida al Ministerio 'de Agricultura.
Pesca yAlimentación. _ .
De los estudios realizados por
el
IRYDA erl base a
tal
propuesta, sobre las circunstancias yr.sibilidades técnicas que
concurren en
la
citada zona,
se
deduce aconveniencIa de llevar a
_cabo
la
co~centración
parcelaria
po~
~azón
de
utilidad pública.
En su vInud, apropuesta del MInIstro de Agricultura
Pesca)
Alimentación, formulada con arreglo a
10
que eslablece
I~
Ley de
Re~orma.r
Desarrollo,Agrari~
~e
12
de enero de 1973, yprevia
dehberaclon del Consejo de MlflIstrcs del día
28
de
agosto
de
1985,
DISPONGO:
"Articulo. 1.0
Se
declara.
de utilidad pública yde urgente ejecución
la
con~ntración
parcelaria
de
la
zona de Zolina (Na'varra).
An. 2.° .
El
perímetro
de
esta zona estará formado, en
princi~
pio,
~r
~I
correspondiente al Concejo de Zolina. cuyos límites son
los
SIgUientes:
Norte, término de Badostain; sur, ténnino de
Zulueta; este. término de Labiano. oeste, términos de Tajonar y
Mutilva Baja. Dichó perímetro quedará modificado de acuerdo con
)0
previsto en
el
artículo J
72
de
la
Ley
de Reforma yDesarrollo
Agrario de
12
de eneró de 1973.
Art. 3.° Se faculta
al
Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación para dIctar las disposiciones complementarias que
requiera
la
ejecución de lo dIspuesto en
el
pre~ente
Real Decreto.
Dado en Palma
de
Mallorca a
28
de agosto- de 1985:
JUAN CARLOS
R.
El
Millisuo de Agricultura.
PCM'a
yAlimentación.
CARLOS ROMERO HERRERA
21140
REAL
DECRETO
186911985. de 28 de
"gos/(>.
por el
que se declara de utilidad pública, aefeclos de
expropiación forzosa, la adqUlsiclón de los terrenos
necesarios
pa-ra
la construcción de un silo del
SEIVPA
en Valchtllón (Córdoba). aprobando el proyecto con
descripción de los bienes afectados ydeclarando
de'
,urgencia la ocupación de los mismos.
Por Decreto de
12
de julio de
1946
y
Decreto~ley
número
17/1971. de
28
de octubre,
se
encomendó al Servicio Nacional
de
Productos Agrarios, entre otras actividades, la construcción, con-
servación y'explotación de una red de silos ygraneros, depósitos.
almacenes einstalaciones apropiadas asus· fines.
Incluida en
el
Plan de Inversiones Públicas del SENPA
la
construcción de un silo para cereales; de 20.000 toneladas de
capacidad, en Andalucía occidental, se acordó por la Dirección
General del SENPA que
el
emplazamiento más idóneo era en
la
localidad de Valchillón (Córdoba). Por tanto,
se
hace necesario,
para poder tramitar el correspondiente proyecto, disponer de
los
terrenos necesarios donde
se
ha de llevar acabo la nueva obra, con
una superficie de 12.500 metros cuadrados,
Asimismo, ante la acuciante necesidad de finalizar cuanto
antü
la
construcción del 'macrosilo proyectado,
se
hace imprescindible.
como medida de excepción, no sólo recurrir
al
procedimiento
expropiatorio, sino que
se
precisa acogerse al procedimiento _de
urgencia establecido en
el
artículo
52
de
la
Ley
de ExpropIaclón
Forzosa yconcordante de
su
Reglamento,
Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
10
y
52
de
la
vigente
Ley
de Expropiacion Forzosa yconcordantes
de
su
Reglamento, apropuesta 'del Ministro. de Agricultura,
Pesca)
Alimentación, yprevia deliberación del Consejo de Ministros en
SI..!
reunión del día
28
de agosto de 1985,
DISPONGO
Anículo
LOSe
declara
la
utilidad pública, aefcctos
expropja~
torios, de los 12.500 metros cuadrados de terreno necesarios para
la construcción de un macrosilo de 20.000 toneladas de capacidad
del Servicio Nacional
de
Productos Agrarios en
la
localidad
de
Valchillón (Córdoba).
~rt.
2.°
Se
aprueba
el
pro")'ecto redactado por
el
Servicio
NaCIonal de Productos Agrarios para
la
construcción del macrosilo
de Valchillón (Córdoba). con la' descripción material yjurídica
de
los bIenes yderechos afectados por dicho proyecto. _

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