Real Decreto 1610/1984, de 20 de junio, por el que se declara de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Borobia (Soria).

MarginalBOE-A-1984-20863
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyReal Decreto
26570 13
septiembre
1984
BO~·-N"'m.
2:!0
20862
20853
20865
las
facuit...:!es
que
la
confiere
el
Res!
Decreto
3Ml/I981.
de
29
de
diciembre,
por
el
que
se
tr&nstIeren
competenCias
en
11I&-
teria
de
¡"grtcultura.
De
los
estudios
reaUzados
por
el
IRYDA. en
base
a
tal
pro-
puesta,
sobre
las
circunstancias
y
posibllidades
técnicas
que
concurren
en
la
citada
zona.
se
deduce
1&
conveniencia
de
llevar
a
cabo
la
concentración
parcelaria
por
razón
de
utlli-
dad
púbhca.
En
su
virtud
10
propuesta
del
Ministro
de
AgrIcultura,
Pes-
ca
yAlimen',d.dón.
formulada
con
arreglo
a
lo
que
establece
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
de
12
de
enero
de
1973.
y
previa
del1
oeraci6n
del
Conse1o
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
20
de
junio
de
1984,
DISPONGO,
Articulo
1."
Se
declare
de
utilidad
pública
y
de
urgente
ejecución
la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
zarzuela
tI
{Cuenca;,
Art.
2.° E'
perímetro
de
esta
zona
estará
formado.
en
prin-
cipio.
por
el
término
municipal.
Dicho
perímetro
quedará
en
definitiva
moctiflcado
de
acuerdo
con
lo
previsto
en
el
articu-
lo
172
de
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
de
12
de
enero
de
1973
Art.
3.'
Se
faculta
al
Ministerio
de
Agricultura,
Pesca
y
Alimenfarión
¡¡Bra
dictar
las
disposiciones
complementarias
Que
requiera
ltl
ejecución
de
lo
dispuesto
en
el
presente
Real De·
creta.
Dado
en
Madrid
a20
de
junio
de
1984.
JUAN
CARLOS
R.
El
/l.finlstro
de
Agricultura,
Pesca
y
AlimentacIón,
CARLOS
ROMERO
HERRERA
REAL
DECRETO
1609/1984,
de
20
de
;unio,
por
el
que
se
declara
de
utilidad
pública
y
urgent~
eje
cución
la
concentración
parcelarta
de
la
ZOHu
de
Aylagas
(Soria).
Los
acusad0s
caracteres
de
gravedad
que
ofrece
la
disper-
sión
p!\rc,,,aria
de
la
zona
de
Aylagas
(Sorial
han
sido
puestos
de
maniilesto
por
los
agricultores
de
la
misma
en
solicitud
de
concentradón
parcelaria
dirigida
al
Ministerio
de
Agricultura.
Pesca
y
Alimentación.
Por
otra
parte,
la
realización
de
la
con-
centración
parcelaria
ha
sido
propuesta
al
Instituto
N!\clonal
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
por
el
Consejo
General
de
Castilla
vLeón
en
uso
de
las
facultadea
que
le
conilere
el
Real
Decreto
3537/1981,
de
29
de
diciembre,
por
el
que
se
trans-
fieren
competencias
en
materia
de
agricultura.
De
los
estudios
realizados
por
el
IRYDA,
en
base
a
tal
pro-
puesta,
.obre
las
circunstancias
y
posibilidades
técnicas
que
concurren
en
la
citada
zona
se deduce
18
conveniencia
de
lle-
var
a
cabo
la
concentración
parcelaria
por
razón
de
utllldad
pública,
En
su
v:rtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Agricultura,
Pes-
ca
y
Alimentación,
formulada
con
arreglo
a
lo
que
establece
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
de
12
de
enero
de
1973.
y
previa
deli
beración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
_o
de
junio
de
1984,
DISPONGO,
Artfcu
l"1.0
Se
declara
de
utilidad
pública
y
de
urgente
ejecuclÓn
la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
Aylagas
(Sorial.
Art.
El
peTlmetro
de
esta
zona
estará
formado
en
prin-
cipio.
por
la
parta
del
t~rmino
municipal
de
Valdemaíuque,
00-
rrespondieEte
a
la
entidad
de
Aylagas.
Dicho
peTlmetro
que-
dará
en
Uilnitiva
modificado
de
acuerdo
con
lo
previsto
en
el
artfculo
172
de
ia
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
de
12
de
en
ero
de
1973.
Art,
S~
fl\Culta
al
Ministerio
de
Agricultura,
Pesca
y
AlimP-ntar:¡ón
para
dictar
las
disposiciones
complementarias
que
requiera
la
("'lecuci6n
de
lo
dispuesto
en
el
presente
Real
De-
creto.
Dado
en
Madrid
a
20
de
Junio
de
1984.
JUAN
CARLOS R.
El
\1ini.,tro
de
Amcultura,
Pesca,.
AlimentacIón.
CARLOS
RO"lERO
HERRERA
REAL
DECRETO
1810/1984,
de
20
de
;unio,
por
el
que
se
declara
de
utilidad
pública
y
urgente
eje-
cución
la
concentración
pfJ.rcelarta
de
la ZOfl.oJ
de
Borobta
(Sarta).
..
I::os
acusados
caracteres
de
gravedAd
que
ofrece
la
dlsper-
s:on
parc~laria
de
la
zona
de
Borobla
(Sarlal
han
sido
puestos
de
ma."f,esto
por
los
agricultores
de
la
misma
en·
sollcitud
de
concentración
parcelaria
dirigida
al
Ministerio
de
Agricul-
tura.
Pesea
y
Alimentación.
Por
otra
parte,
la
realización
de
la
conoentraclón
parcelaria
ha
sido
propuesta
al
Instituto
Nado-
nal
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
por
el
Consefo
Gener,,1
de
CastUla
yLeón
en
uso
de.
las
facultades
que
le
confiere
el
Real
Decreto
3537/1981,
de
29
de
diciembre,
por
el
que
Be
trans-
fieren
competencias
en
materia
ele
agricultura.
De
los
estudios
realizados
por
el
IR
YDA,
en
base
a
tal
pro-
puesta,
sobre
las
circunstancias
'1
posibilidades
técnicas
que
concurren
en
la
citada
zona,
se
deduce
la
conveniencia
de
lle-
var
a
cabo
la
ronoentración
parcelaria
por
razón
de
utilidad
públlca_
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Agricultura,
Pea-
ca
y
Alimentación,
formulada
ron
arreglo
alo
que
establece
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agr&rto
de
12
de
enero
de
11173,
Y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dla
20
de
junio
de
1984.
DISPONGO:
Articulo
1.°
Se
declara
de
utilidad
pública
y
de
urgente
ele-
cución
la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
Borobia
(Sorial.
Art.
2.°
El
perlmetro
de
esta
zona
estará
formado.
en
prin-
cipio,
por
el
término
municipal.
Dicho
peTimetra
quedará
en
definitiva
modificado
de
acuerdo
con
lo
previsto
en
el
artícu·
lo
172
de
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
de
12
de
enero
de
1973.
Art.
3.°
Se
faculta
al
Ministerio
de
Agricultura.
PeSCa y
Alimentaci6n
para
dictar
las
disposiciones
comp:ementarias
que
requiera
la
ejecuci6n
de
lo
dispuesto
en
el
presente
R'al
De-
creto.
Dado
en
Madrid
a
20
de
junio
de
1984,
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Agricultura.
Pesca
y
Alimentación.
CARLOS
ROMERO
HERRERA
20864
REAL
DECRETO
1611/1984,
de
20
de
;WHO,
por
el
que
se
dectaro
de
utilidad
pública
y
urgent.
e;e-
cución
la
concentración
porcelana
de
la
ZOl'l(¿
de
Castillejo
de
San
Pedro
(Sarta),
Los
acusados
caracteres
de
gravedad
que
ofrece
la
disper-
sión
parcelaria
de
la
zona
de
Castillejo
de
San
Pedro
(Sorlal
han
sido
pU~5tos
de
manifiesto
por
los
agricultores
de
la
mia~
roa
en
solicitud
de
concentraci6n
parcelaria
di~igida
al
Minis-
terio
de
Agricultura,
Pesca
y
Allmentación,
Por
otra
parte,
la
realización
de
la
concentración
parcelaria
ha
sido
propuesta
al
Instituto
Nacional
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
por
el
Con-
sejo
General
de
Gutilla
y
León
en
U'u
de
¡as
facultades
que
le
confiere
el
Real
Decreto
3537/1981,
de
29
de
diciembre,
por
el
que
se
transfieren
competencias
en
materia
de
agricultura.
De
los
estudios
realizados
por
el
IRYDA,
en
base
a
tal
'pro-
pues~,
sobre
las
circunstancias
y
posibilidades
tÉ"cnic8s
que
concurren
en
la
citada
zona.,
se
deduce
la
convenienci.ll
de
lle-
var
acabo
la
concentración
parcelaria
por
raz6n
de
utilidad
publica,
En
sU
virtud,
a'
propuesta
del
Ministro
de
Agricultura,
Pea-
Ca
y
Alimentación,
formulada
con
arreglo
alo
que
establece
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agra"io
de
12
de
enero
de
t973,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Mi!listros
en
su
reunión
del
dia
20
de
junio
de
1984,
DISPONGO:
Articulo
1.0
Se
declara
de
utilidad
publica
y
de
urgente
eJe-
cución
la
concent.raci6n
parcelaria
de
la
zona
de
Castillejo
de
San
Pedro
(Sorisl.
Art.
2.° El
perí;netro
de
esta
wna
estará
formado,
en
prin-
cipio,
por
la
parte
del
término
munldpal
de
Valdeprado
corres-
pondiente
a
la
entidad
de
Castillejo
de
San
Pedro,
Dicho
peTI-
metra
quedará
en
definitiva,
modificado
de
acuerdo
con lo
pre-
visto
en
el
articulo
172
de
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
de
12
de
enero
de
1973.
Art.
3.°
Se
faculta
al
Ministerio
de
Agricultura,
Pesca
y
Alimentación
para
dictar
las
disposiciones
cOmplE>mflntarias
que
requiera
la
ejecución
de
lo
dispuesto
en
el
presente
Real De-
creto.
Dado
en
Madrid
a
20
de
junio
de
1984.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Agricultura.
Pesca
y
AlimentacióD,
CARLOS
ROMERO
HERRERA
REAL
DECRETO
1612/1984.
de
2Il
de
junio,
por
el
que
se
declaro
d
utilidad
pública
y
urgente
efe-
cución
la
concentración
parcelarkl
de
la
Z0'10
de
Cubtlla-Cubillos
(Sorial.
Los
acusados
caracteres
de
gravedad
que
ofrece
la
disper-
sión
parcelaria
de
la
zona
de
Cubilla-Cubillos
(Sorial
han
sido
puestos
de
manifiesto
por
los
agricultores
de
la
misma
en
soli-
citud
de
concentración
parcelaria
dirigida
al
Ministerio·
ele

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