Corrección de errores del Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, financiera y tributaria.

MarginalBOE-A-1990-512
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

Advertidos errores en el Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, financiera y tributaria, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 313, de fecha 30 de diciembre de 1989, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Artículo 2 ° 3: Donde dice: «distintos del Estado, Organismos autónomos y Empresas públicas estatales de los fondos», debe decir: «distintos del Estado y Organismos autónomos de los fondos».
Artículo 3 ° Uno: En la segunda línea, donde dice: «de 1990, las», debe decir: «de 1990 las»

En la quinta línea, donde dice: «37/1988, de 28 de diciembre», debe decir: «37/1988, a cuenta».

Artículo 4 ° 3; a): Donde dice: «orfandad, a que se», debe decir: «orfandad a que se»

En la línea tercera, donde dice: «articulo 2, de», debe decir: «artículo 2 de».

Artículo 4 ° 3, b): Donde dice: «Ley 42/1981, de 28 de octubre.», debe decir: «Ley 42/1981.».
Artículo 4 ° 6, c): Donde dice: «Cortes General», debe decir: «Cortes Generales».
Artículo 5 ° Dos, tercer párrafo: Donde dice: «En todo caso el», debe decir: «En todo caso, el».
Articulo 13 Uno: Donde dice: «quedará redactada», debe decir: «quedará redactado».
Artículo 14 Tres: En la segunda línea, donde dice: «capial de Sociedades», debe decir: «capital de Sociedades».
Artículo 15 cuarto párrafo: Donde dice: «No obstante, no estarán obligados a declara», debe decir. «No obstante, no estarán obligados a declarar».
Artículo 18 Dos, segundo párrafo: Donde dice: «Real Decreto-ley 6/1989, de 29 de diciembre», debe decir: «Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre».
Artículo 23

En la redacción que se da al apartado nueve del artículo 26 de la Ley 61/1978, donde dice: «Los Bancos industriales podrán deducir de la cuota la cantidad que resulte de aplicar el tipo de gravamen el 95 por 100 de los incrementos», debe decir: «Los Bancos Industriales podrán deducir de la cuota la cantidad que resulte de aplicar el tipo de gravamen al 95 por 100 de los incrementos».

Artículo 26

En el párrafo correspondiente al Grupo 1, donde dice: «Adquisiciones por descendientes y adoptados menores de veintiún años: 2.163.000 pesetas, 540.750 más pesetas», debe decir: «Adquisiciones por descendientes y adoptados menores de veintiún años: 2.163.000 pesetas, más 540.750 pesetas».

En el último párrafo, segunda línea, de dicho precepto, donde dice: «determinan derechos a deducción», debe decir: «determinan derecho a deducción».

Artículo 35

En la redacción que se da al apartado 1.° del artículo 5.° de la Ley 30/1985, la letra «d)» debe ser sustituida por la letra «c)».

Artículo 39 Uno: En la tercera línea, donde dice: «coeficiente 105 a», debe decir: «coeficiente 1,05 a».
Artículo 39 Dos: En la redacción que se da al artículo 3.°

Cuarto. Uno, a), del Real Decreto-ley 16/1977, donde dice: «general séra», debe decir: «general será».

Disposición Adicional Octava a): En la octava línea, donde dice: «de explotación de», debe decir: «de explotaciones de».
Disposición Adicional Undécima En la penúltima línea, donde dice: «se aprueban los», debe decir: «se aprueben los».
Disposición Adicional Duodécima Uno: En la cuarta línea, donde dice: «cierre de ese ejercicio», debe decir: «cierre del primer ejercicio».
Disposición Transitoria Primera En la segunda y tercera líneas, donde dice: «disposiciones transitorias primera y segunda, con el incremento previsto en el artículo 4.°, uno, tercera, novena y undécima», debe decir: «Disposiciones Transitorias Primera y Segunda, con el incremento previsto en el artículo 4.°, uno, Tercera, Novena y Undécima».
Disposición Final Primera Donde dite: «disposición final sexta», debe decir: «Disposición Final Sexta».

En el refrendo de la disposición, donde dice: «El Ministro de Economía y Hacienda. Carlos Solchaga Catalán», debe decir: «El Presidente del Gobierno. Felipe González Márquez».

En el Anexo II, penúltima línea, donde dice: «en el anexo II del presente», debe decir: «en el anexo 1 del presente».

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR