ORDEN APU/3786/2003, de 23 de diciembre, por la que se resuelve concurso unitario para la provisión de puestos de trabajo con funciones administrativas y auxiliares.

MarginalBOE-A-2004-532
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN APU/3786/2003, de 23 de diciembre, por la que se resuelve concurso unitario para la provisión de puestos de trabajo con funciones administrativas y auxiliares.

Por orden APU/1355/2003, de 20 de mayo ('Boletín Oficial del Estado' del 30), se convocó concurso unitario para la provisión de puestos de trabajo con funciones administrativas y auxiliares.

Habiéndose dado cumplimiento a cuantos requisitos y procedimientos se establecen en las disposiciones reglamentarias y en las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos alegados por los concursantes de acuerdo con el baremo establecido, confeccionada y publicada la relación provisional de adjudicatarios de los puestos, atendidas las renuncias y resueltas las reclamaciones conforme a lo señalado en las Bases Octava y Novena (apartado 1) de la convocatoria y previa propuesta de la Comisión de Valoración, este Ministerio de Administraciones Públicas ha resuelto:

Primero.--Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los términos que se expresan en el anexo a la presente.

Segundo.--El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el 'Boletín Oficial del Estado'. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Tercero.--El personal que ha obtenido destino a través de este concurso no podrá participar en concursos de méritos que convoquen tanto la Administración del Estado como otras Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio a la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Cuarto.--Los destinos adjudicados serán...

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