ORDEN APU/1355/2003, de 20 de mayo, por la que se convoca concurso unitario para provisión de puestos de trabajo con funciones administrativas y auxiliares.

MarginalBOE-A-2003-10865
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyOrden
20926 Viernes 30 mayo 2003 BOE núm. 129
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
10863 ORDEN APU/1353/2003, de 29 de abril, por la que
se corrigen errores de la Orden APU/764/2003, de 27
de marzo, por la que se aprueban las listas definitivas
de aspirantes admitidos y excluidos a participar en
las pruebas selectivas para cubrir plazas de personal
laboral en la categoría de Técnico Superior de Ser-
vicios Generales, mediante contratación laboral fija
por el turno de promoción interna, convocadas por
Advertidos errores en los Anexos de la Orden de 27 de marzo
de 2003 de este Ministerio (BOE del 4 de abril), por el que se
aprueban las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos
a participar en las citadas pruebas selectivas, se hace preciso la
subsanación de los mismos en el siguiente sentido:
Primero: D. Cristóbal Muñoz Carrillo, con D.N.I. 43.059.848,
deberá figurar excluido por la causa (3) no pertenecer al grupo
profesional IV, en lugar de por las causas (1) y (2).
Segundo: D. Jesús Herrera Ruiz, con D.N.I. 36.983.987, que
figura en la relación de excluidos definitivos debe ser incluido
en la relación de aspirantes admitidos definitivos quedando exento
de la fase de oposición.
Tercero: D. José Llados Gironi, con D.N.I. 78.066.958, que
figura en la relación de excluidos definitivos debe ser incluido
en la relación de aspirantes admitidos definitivos no quedando
exento de la fase de oposición.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación
ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, de con-
formidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-
cedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este
órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a su publicación, significándose que en este caso no se podrá
interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-
sunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.
Madrid, 29 de abril de 2003.—P. D. Orden de 27 de diciembre
de 2002 (B.O.E. del 3 de enero de 2003), el Secretario de Estado
para la Administración Pública, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmos. Sres. Directora general de la Función Pública, Subsecretario
del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Presidente
del Órgano de Selección.
se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos
y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para
cubrir plazas de personal laboral en la categoría pro-
fesional de Auxiliar Sanitario y Asistencial, Grupo Pro-
fesional 6, mediante contratación laboral fija, por el
turno de promoción interna.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Real
Decreto 364/1995 de 10 de marzo, y en el punto 4.1 de las
bases de convocatoria de las pruebas selectivas convocadas por
Orden APU/747/2003, de 25 de marzo (B.O.E. de 3 de abril),
para cubrir plazas de personal laboral en la categoría profesional
de Auxiliar Sanitario y Asistencial, Grupo Profesional 6, mediante
contratación laboral fija, por el turno de promoción interna.
Este Ministerio dispone:
Primero.—Aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos
a las citadas pruebas que se encuentra expuesta en los Servicios
Centrales del Ministerio de Sanidad y Consumo, en la Adminis-
tración de Justicia, en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales,
en la Dirección General de la Función Pública, en las Subdele-
gaciones y Delegaciones del Gobierno y en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas.
Segundo.—Excluir a D.
a
Encarnación Luque Toro por perte-
necer a la misma categoría profesional por la que opta.
Tercero.—Los aspirantes excluidos y los omitidos por no figurar
en la lista de admitidos disponen de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín
Oficial del Estado de la presente Orden, para poder subsanar los
defectos que hayan motivado su exclusión u omisión. Concluido
este plazo se publicará la lista definitiva, de aspirantes admitidos
y, en su caso, excluidos, en los lugares indicados en el apartado
primero de esta Orden.
Cuarto.—Convocar a los aspirantes admitidos cuya actividad
principal es la Ayuda Sanitaria y Asistencial a personas de la ter-
cera edad, el día 14 de junio de 2003, a las 10 horas, en el
Ministerio de Sanidad y Consumo, Paseo del Prado 18-20, Madrid.
Y a los aspirantes admitidos cuya actividad principal es la Ayuda
a Médico Forense, el día 15 de junio de 2003, a las 9 horas,
en el Instituto Anatómico Forense, Ciudad Universitaria s/n, si
bien, dadas las características que conlleva la realización de la
prueba, ésta podrá retrasarse, debiendo estar los aspirantes, si
fuera preciso, a disposición del Tribunal Calificador durante toda
la jornada señalada para la realización del ejercicio, hasta la fina-
lización de la misma.
Los aspirantes deberán ir provistos del Documento Nacional
de Identidad o documento equivalente que acredite, de forma feha-
ciente, su personalidad.
Madrid, 12 de mayo de 2003.—P.D. (Orden de 27 de diciembre
de 2002, B.O.E. del 3 de enero de 2003), el Secretario de Estado
para la Administración Pública, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmos. Sres. Directora General de la Función Pública, Subsecre-
tario del Ministerio de Sanidad y Consumo y Presidente del
Órgano de Selección.
Relación provisional de aspirantes excluidos
Excluidos:
Luque Toro, Encarnación 74.633.363-L.
(Por pertenecer a la misma categoría profesional).
10865 ORDEN APU/1355/2003, de 20 de mayo, por la que
se convoca concurso unitario para provisión de pues-
tos de trabajo con funciones administrativas y auxi-
liares.
Vacantes en los distintos Departamentos Ministeriales puestos
de trabajo con funciones administrativas y auxiliares adscritos a
los Cuerpos y Escalas de los GruposCyD,dotados presupues-
tariamente, cuya provisión se considera necesaria, este Ministerio
de Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto
en el art. 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, y en virtud de lo previsto
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, ha resuelto con-
vocar concurso unitario de méritos para cubrir los puestos de tra-
bajo que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, que se desarro-
llará con arreglo a las siguientes Bases:
Primera. Destinatarios.—Podrán participar en el presente con-
curso los funcionarios de carrera de la Administración General
del Estado que pertenezcan a Cuerpos, Escalas o plazas de los
BOE núm. 129 Viernes 30 mayo 2003 20927
GruposCyDdelart. 25 de la Ley 30/1984 que se relacionan
en el Anexo V y que reúnan las condiciones generales exigidas
en las Bases de esta convocatoria, así como los requisitos previstos
en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, según
se detallan en el Anexo I, sin ninguna limitación por razón del
Ministerio en el que prestan servicio, del municipio de destino
o situación administrativa, excepto los suspensos en firme.
Además de los funcionarios de la Administración General del
Estado, podrán participar para la cobertura de los puestos en los
que figuren la sigla «A3» en la columna «adscripción a Adminis-
tración Pública», los funcionarios de Cuerpos, Escalas o Subescalas
de los Grupos CyDdeComunidades Autónomas y Corporaciones
Locales de administración general con funciones auxiliares y admi-
nistrativas.
Segunda. Condiciones generales de participación.—1. Po-
drán participar los funcionarios comprendidos en la Base Primera,
cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los sus-
pensos en firme mientras dure la suspensión, de acuerdo con las
siguientes reglas:
1.1 Los funcionarios en situación de servicio activo, servicios
especiales y excedencia por cuidado de familiares sólo podrán
participar si han transcurrido dos años desde la toma de posesión
del último destino obtenido con carácter definitivo, salvo que con-
cursen en el ámbito de la misma Secretaría de Estado o del mismo
Departamento Ministerial en defecto de aquélla, o salvo que hayan
sido removidos del puesto obtenido por concurso, cesados de un
puesto de libre designación, o se haya suprimido su puesto de
trabajo.
A efectos del cómputo de los dos años a que se alude en el
párrafo anterior, a los funcionarios que hayan accedido a otro
Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y per-
manezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban se les com-
putará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el
Cuerpo o Escala de procedencia.
1.2 Los funcionarios en situación de servicio en Comunidades
Autónomas sólo podrán participar en el concurso si han trans-
currido dos años desde su transferencia o traslado, o desde la
toma de posesión en un ulterior destino definitivo, sin perjuicio
de las salvedades citadas en el apartado 1.1 anterior.
1.3 Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria
por interés particular y excedencia voluntaria por agrupación fami-
liar sólo podrán participar si han transcurrido dos años desde
que pasaron a esta situación.
1.4 Los funcionarios procedentes de la situación de suspensión
firme de funciones deberán haber cumplido la sanción impuesta.
2. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos
o Escalas del mismo o distinto Grupo, sólo podrán participar desde
uno de ellos.
3. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan reser-
vados puestos en exclusiva no podrán participar en concursos
para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indis-
tinto, salvo autorización del Ministerio de Administraciones Públi-
cas de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos
los indicados Cuerpos o Escalas.
Cuando los puestos convocados dependan del propio Depar-
tamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos
en exclusiva, corresponderá al mismo conceder la referida auto-
rización.
4. Con el objeto de ampliar la difusión del presente concurso,
la convocatoria y resolución del mismo se incluirán en la red inter-
net, en la página «web» de la Dirección General de la Función
Pública del Ministerio de Administraciones Públicas:
www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm y en el Portal del Empleado
www.funciona.es.
Tercera. Obligación de concursar.—1. Están obligados a par-
ticipar en este concurso:
1.1 Los funcionarios con destino provisional en las locali-
dades en las que se ofertan puestos en el concurso, salvo que
se hallen en comisión de servicios. No obstante, los reingresados
al servicio activo mediante adscripción provisional sólo vendrán
obligados a participar si se convoca el puesto que ocupan pro-
visionalmente.
1.2 Los funcionarios que incumplan la obligación de concur-
sar o que no obtengan destino podrán ser destinados a las vacantes
que resulten en la misma localidad después de atender las soli-
citudes de los restantes concursantes.
2. Los funcionarios en situación de expectativa de destino
y de excedencia forzosa tendrán la obligación de participar.
Cuarta. Solicitudes.—1. Las solicitudes para tomar parte en
este concurso, ajustadas al modelo que figura como Anexo II y
dirigidas a la Dirección General de la Función Pública, Subdi-
rección General de Gestión de Procesos y Procedimientos de Per-
sonal, se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el
Boletín Oficial del Estado, en los Registros Generales del Ministerio
(calle Alcalá Galiano, n.
o
10 y calle de María de Molina, n.
o
50,
28071 Madrid) o en las oficinas a que se refiere el art. 38.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. Los concursantes deberán adjuntar a su solicitud la siguien-
te documentación:
2.1 Certificado del órgano competente en materia de gestión
de personal a que se refiere la Base Sexta, expedido conforme
al modelo del Anexo III.
2.2 Méritos alegados, así como las certificaciones acredita-
tivas de los mismos, conforme al modelo del Anexo IV.
2.3 Los concursantes que procedan de la situación de exce-
dencia voluntaria por interés particular y excedencia por agru-
pación familiar, declaración de no haber sido separados del ser-
vicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para cargo público.
2.4 Los concursantes que procedan de la situación de sus-
pensión firme, documentación acreditativa de la terminación del
período de suspensión y declaración de no haber sido separados
del servicio en otras Administraciones Públicas ni hallarse inha-
bilitados para cargo público.
3. Los funcionarios con alguna discapacidad, debidamente
acreditada, podrán instar en la solicitud de vacantes la adaptación
del puesto o puestos de trabajo solicitados, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 43 del Reglamento aprobado por Real Decre-
to 364/1995. En este sentido, la Comisión de Valoración podrá
recabar del interesado, en entrevista personal, la información que
estime necesaria en orden a la adaptación deducida, así como
el dictamen de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en
su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, respecto
de la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con
el desempeño de las tareas y funciones del puesto concreto.
4. En el caso de estar interesados en las vacantes que se
anuncien en este concurso para un mismo municipio dos funcio-
narios que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar su
petición, por razones de convivencia familiar, al hecho de que
ambos obtengan destino en el mismo municipio, entendiéndose
en caso contrario anulada la petición efectuada por ambos. Los
funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán
acompañar a su instancia una fotocopia de la petición del otro
funcionario y justificar documentalmente dicha convivencia.
5. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requi-
sitos establecidos y la posesión de los méritos que se aleguen
será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Quinta. Baremo.—1. Los méritos de los participantes se valo-
rarán con arreglo al siguiente baremo:
1.1 Méritos específicos: Se otorgarán hasta un máximo de
5 puntos por los méritos adecuados a las características de cada
puesto de trabajo que se describen en el Anexo I.
1.2. Grado personal:
1.2.1 Por el grado personal consolidado se adjudicarán los
puntos resultantes de aplicar a dicho grado el coeficiente de 0,136
hasta un máximo de 3 puntos.
1.2.2 Los funcionarios que consideren tener un grado per-
sonal consolidado, o que pueda ser consolidado durante el período
de presentación de solicitudes, deberán recabar del órgano o uni-
dad a que se refiere la Base Sexta que dicha circunstancia quede
expresamente reflejada en el Anexo III (certificado de méritos).
1.2.3 Se valorará, en su caso, el grado reconocido en las
Comunidades Autónomas y en las Corporaciones Locales cuando
se halle dentro del intervalo de niveles establecido para el Grupo

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