Orden INT/1798/2010, de 24 de junio, por la que se modifica la Orden de 18 de diciembre de 1998, por la que se actualiza el uniforme, emblemas y distintivos de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias.

MarginalBOE-A-2010-10667
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

Transcurridos doce años desde que entró en vigor la Orden de 18 de diciembre de 1988, por la que se actualiza el uniforme, emblemas y distintivos de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias, modificada mediante Orden INT/3069/2007, de 11 de octubre, surge la necesidad de adaptar la normativa vigente a la realidad de los Centros Penitenciarios.

La reforma efectuada en el año 2007 tuvo como finalidad realizar una adaptación de los uniformes como consecuencia del avance de la tecnología textil y de confección, consiguiendo prendas que mejorasen las prestaciones, con tejidos más ligeros a la par que más resistentes, mejorando su durabilidad, y se actualizaron los emblemas y distintivos.

En la actualidad, por razones de seguridad, peculiaridades en la actividad laboral, imagen, garantía, funcionalidad e identificación, se considera necesaria la actualización de los distintivos personales que deberán llevar los empleados públicos que desempeñan determinados puestos de trabajo, como son los puestos de mando y aquéllos otros cuyo desempeño implica responsabilidad en el área de vigilancia interior de los Centros Penitenciarios, de manera que sean fácilmente identificables por la población interna.

En virtud de lo anterior,

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden del Ministro del Interior de 18 de diciembre de 1998, por la que se actualiza el uniforme, emblemas y distintivos de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias.

El apartado noveno de la Orden del Ministro del Interior de 18 de diciembre de 1998, por la que se actualiza el uniforme, emblemas y distintivos de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias, queda redactado como sigue:

Noveno.–Distintivo personal.

1. El personal penitenciario llevará como distintivo, en la parte superior izquierda del pecho, una tarjeta con prendedor de 85 x 35 milímetros, en la que se incluirán los siguientes datos: en la parte superior derecha llevará la fotografía del empleado; en la parte superior izquierda se incluirá el escudo de España acompañado de las leyendas «Ministerio del Interior» y «Secretaría General de...

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