CORRECCIÓN de errores de la Orden de 21 de marzo de 2000 por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulación de vuelo (JAR-FCL), relativos a las condiciones para el ejercicio de las funciones de los Pilotos de los aviones civiles.

MarginalBOE-A-2000-10831
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyCorrección

CORRECCIÓN de errores de la Orden de 21 de marzo de 2000 por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulación de vuelo (JAR-FCL), relativos a las condiciones para el ejercicio de las funciones de los Pilotos de los aviones civiles.

Advertidos errores en la publicación de la Orden de 21 de marzo de 2000 por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulación de vuelo (JAR-FCL) relativos a las condiciones para el ejercicio de las funciones de los Pilotos de los aviones civiles, en el 'Boletín Oficial del Estado' número 87, de 11 de abril de 2000, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 14619, en los títulos del anexo de la norma, donde dice: 'LICENCIAS PARA LA TRIPULACIÓN DE VUELO (Avión). PRÓLOGO. SECCIÓN 1 - REQUISITOS'; debe decir: 'LICENCIAS PARA LA TRIPULACIÓN DE VUELO (Avión). SECCIÓN 1 - REQUISITOS'.

En la página 14623, en el anexo de la norma, SUBPARTE A - REQUISITOS GENERALES, JAR-FCL 1.005, apartado (1), donde dice: '... para la emisión de licencias, habilitaciones, autorizaciones, aprobaciones o certificados, realizadas por la Autoridad a partir de 1 de julio de 1999'; debe decir: '... para la emisión de licencias, habilitaciones, autorizaciones, aprobaciones o certificados, realizadas por la Autoridad'.

En la página 14623, en el anexo de la norma, SUBPARTE A - REQUISITOS GENERALES, JAR-FCL 1.015, letra (a), donde dice: '(1) Cuando una persona...'; debe decir: 'Cuando una persona...'.

En la página 14646, en el anexo de la norma,

SUBPARTE D - LICENCIA DE PILOTO COMERCIAL (Avión) - CPL(A), Apéndice 1 del JAR-FCL 1.160

Y 1.165(a)(2), apartado 10, primer párrafo, donde dice:

'El programa de conocimientos teóricos determinará por la Autoridad...'; debe decir: 'El programa de conocimientos teóricos se determinará por la Autoridad...'.

En la página 14646, en el anexo de la norma, SUBPARTE D - LICENCIA DE PILOTO COMERCIAL (Avión) - CPL(A), Apéndice 1 del JAR-FCL 1.160

Y 1.165(a)(2), apartado 10, segundo párrafo, donde dice:

'Las 750 horas de enseñanza...'; debe decir: 'Las 500 horas de enseñanza...'.

En la página 14646, en el anexo de la norma, SUBPARTE D - LICENCIA DE PILOTO COMERCIAL (Avión) - CPL(A), Apéndice 1 del JAR-FCL 1.160

Y 1.165(a)(2), apartado 12, letra (c), donde dice:

'... 540 Km (ni)...'; debe decir: '... 540 Km (nm)...'.

En la página 14649, en el anexo de la norma, SUBPARTE D - LICENCIA DE PILOTO COMERCIAL (Avión) -...

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