ORDEN SCO/4133/2004, de 3 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, de diversas modalidades de becas y ayudas formativas.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Diciembre de 2004
MarginalBOE-A-2004-21193
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/4133/2004, de 3 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, de diversas modalidades de becas y ayudas formativas.

La Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento de la Coordinación de la Investigación Científica y Técnica, proporciona un marco común de referencia para los organismos públicos con funciones de investigación y fomenta, entre otras, la investigación en Ciencias de la Salud. El artículo segundo, apartado f), de la referida Ley establece como uno de los objetivos básicos del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico el fomento de la salud, del bienestar social y de la calidad de vida.

En la misma línea, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, dispone en el título VI, capítulo segundo, que deberán ser fomentadas en todo el sistema sanitario las actividades de investigación como elemento fundamental para su progreso. Para ello, es necesario establecer programas de formación que garanticen, en todo momento, la adecuación del personal del sistema a las necesidades de la sociedad en materia de salud.

También determina la urgente necesidad de coordinar los programas de investigación y la asignación a éstos de recursos públicos de cualquier procedencia, con el fin de conseguir la máxima eficiencia de las inversiones. Así mismo, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, señala como principios rectores en materia de investigación los siguientes: establecer las medidas para que la investigación científica y la innovación contribuyan a mejorar de manera significativa y sostenible las intervenciones y procedimientos preventivos, diagnósticos, terapéuticos y rehabilitadores; garantizar que la actividad investigadora y de transferencia de resultados a la práctica clínica se desarrolla y se sustenta científicamente de manera demostrable; garantizar la observancia y el cumplimiento de los derechos, la protección de la salud y la garantía de la seguridad de la sociedad, los pacientes y los profesionales involucrados en la actividad de investigación; incorporar la actividad científica en el ámbito sanitario en el Espacio Europeo de Investigación; y, facilitar que en toda la estructura asistencial del Sistema Nacional de Salud se puedan llevar a cabo iniciativas de investigación clínica y básica, fomentando el desarrollo de la metodología científica y de la medicina basada en la evidencia.

La gestión de estas subvenciones se realizará de conformidad con los principios generales establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, es decir publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Por todo ello, se ha elaborado la presente Orden que establece las bases reguladoras para la concesión de becas de formación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que en su tramitación ha sido informada por el Servicio Jurídico del Departamento y la Intervención Delegada.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.El objeto de las becas y ayudas de formación cuya concesión se regula en la presente Orden será la incorporación de becarios a los centros y unidades del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, para que adquieran nuevos conocimientos en ciencias de la salud, a través de procesos formativos y de investigación.

Segundo. Prioridades.El fomento de la investigación biomédica y del conocimiento en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos constituye un estímulo fundamental para el progreso del Sistema Nacional de Salud y, en muchos casos, la única oportunidad de supervivencia de muchos pacientes ante el deterioro irreversible de sus órganos y tejidos. En este sentido, los objetivos que persigue el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa son fundamentalmente:

  1. La optimización de la donación y el trasplante de órganos actuando sobre la reducción de negativas antela donación, la mejora de las redes logísticas y de comunicación y el perfeccionamiento de los dispositivos técnicos y humanos de extracción, conservación e implante.

  2. El fomento del conocimiento y la investigación en trasplantes actuando sobre la garantía de calidad en el proceso de donación, la formación para la donación y la gestión de órganos y donantes, la realización de estudios y trabajos técnicos de uso común por el Sistema Nacional de Salud y la gestión y difusión del conocimiento acumulado a nivel nacional e internacional en todas las materias afines a la donación, extracción, procesamiento, conservación y utilización de órganos y tejidos.

    Las becas que conceda el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa deberán adecuarse a estos objetivos y encuadrarse dentro de las siguientes modalidades:

  3. Becas Intramurales del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa. En estas becas se contemplan las siguientes modalidades:

    1. Becas para doctores o para personal que haya finalizado la Formación Sanitaria Especializada.

    2. Becas para Licenciados.

    3. Becas para Diplomados o Ingenieros Técnicos.

    La duración de las becas es de un año, prorrogable hasta un máximo total de 2 años para las becasde los apartados a) y c) y hasta cuatro años, con prórroga anual, para las del apartado b).

  4. Becas para Estudiantes Universitarios para...

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