Orden TIN/2235/2008, de 10 de julio, por la que se resuelve el concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral, convocado por Orden TAS/4007/2007, de 11 de diciembre.

MarginalBOE-A-2008-12979
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

Por Orden TAS/4007/2007, de 11 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 11 de enero de 2008), se convocó concurso de traslados, para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral fijo en el Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Habiéndose cumplido lo dispuesto en el artículo 29 del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, examen de las mismas, valoración de los méritos alegados y conocimiento de las Centrales Sindicales presentes en la Subcomisiones Delegadas Departamentales, este Ministerio en uso de las competencias que tiene atribuidas ha dispuesto lo siguiente:

Primero.-Adjudicar los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo adjunto a la presente Orden, a los trabajadores que en el mismo se especifican. La relación de adjudicatarios se publicará en la página web de este Departamento www.mtin.es, así como en la del Ministerio de Administraciones Públicas www.map.es.

Segundo.-Declarar desiertos el resto de los puestos no adjudicados.

Tercero.-Adjudicar puestos por resultas de acuerdo con lo previsto en el punto 9 de la Base Cuarta de la Orden de convocatoria. Las adjudicaciones de los puestos por resultas serán publicadas en un plazo máximo de dos meses desde la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.-Declarar inhábil el mes de agosto de 2008 a efectos del cómputo del plazo indicado en el apartado anterior.

Quinto.-El cese de los adjudicatarios en sus destinos actuales deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Orden.

Sexto.-El plazo de incorporación a los puestos adjudicados será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si conlleva cambio de residencia o reingreso al servicio activo. En este último caso, el plazo de un mes se contará desde la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

Séptimo.-El cómputo de los plazos de cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias concedidos.

Octavo.-Recursos. Contra la presente Orden podrá interponerse demanda ante la Jurisdicción Social previa reclamación ante el titular de este Departamento, en el plazo de veinte días de acuerdo con lo...

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