Orden EDU/2893/2009, de 19 de octubre, por la que se convoca concurso de traslados, entre funcionarios de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.

MarginalBOE-A-2009-17192
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en su disposición adicional sexta , apartado 4, determina que durante los cursos escolares en los que no se celebren los concursos de ámbito estatal a los que se refiere esta disposición, las diferentes Administraciones educativas podrán organizar procedimientos de provisión referidos al ámbito territorial cuya gestión les corresponda y destinados a la cobertura de sus plazas, todo ello sin perjuicio de que en cualquier momento puedan realizar procesos de redistribución o recolocación de sus efectivos.

Por otro lado en la disposición transitoria tercera de la misma se determina que, en tanto no sean desarrolladas las previsiones contenidas en la misma que afecten a la movilidad mediante concursos de traslados de los funcionarios de los cuerpos docente en ella contemplados, la movilidad se ajustará a la normativa vigente a su entrada en vigor y, en la disposición transitoria undécima según la cual, en las materias cuya regulación remita la Ley a ulteriores disposiciones reglamentarias, y en tanto estas no sean dictadas, serán de aplicación, en cada caso, las normas de este rango que lo venían siendo a la fecha de entrada en vigor de la misma, siempre que no se opongan a lo dispuesto en ella.

No habiéndose dictado disposiciones reglamentarias, en materia de provisión de puestos relativas a los Cuerpos de Funcionarios docentes a los que se refiere la precitada Ley, resulta de aplicación el Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, modificado por el Real Decreto 1964/2008, de 28 de noviembre, por el que se regulan los concursos de traslados de ámbito nacional para la provisión de plazas correspondientes a los cuerpos docentes.

Tras la celebración durante el curso 2008/2009 de un concurso de traslados de ámbito nacional, de conformidad con las disposiciones anteriormente aludidas y ante la existencia de plazas vacantes en las Inspecciones de educación cuya provisión debe hacerse entre funcionarios de los Cuerpos que a continuación se citan, este Ministerio ha dispuesto convocar concursos de traslados referido a su ámbito territorial correspondiente a las Ciudades de Ceuta y Melilla y de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.- Se convoca concurso de traslados, de acuerdo con las especificaciones que se citan en la presente Orden, para la provisión de plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos de:

Inspectores al Servicio de la Administración Educativa. Inspectores de Educación.

Este concurso se regirá por las siguientes disposiciones:

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Publico; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en aquellos artículos que siguen vigentes mientras se dicta el desarrollo normativo del Estatuto Básico del Empleado Publico, así como el Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, modificado por el Real Decreto 1964/2008,

de 28 de noviembre, y Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, modificado por el Real Decreto 1573/1996, de 28 de junio.

Segunda. Plazas convocadas y determinación de las mismas.-Las plazas que se convocan son las vacantes existentes o que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2009, de acuerdo con las plantillas orgánicas previstas para el curso 2010/2011 y las que resulten de la resolución de este concurso, siempre que las mismas se encuentren previstas en la planificación educativa y la organización de la Inspección educativa.

La determinación provisional y la definitiva de estas vacantes se realizará con anterioridad a las resoluciones provisionales y definitivas de este concurso de traslados y serán objeto de publicación en las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla y en la pagina web de este Ministerio: http://www.educacion.es/ (Oposiciones y Concursos-Vida Laboral).

No se incluirán en este concurso las posibles vacantes que pudieran originarse en virtud de las resoluciones de los concursos que pudieran convocar este curso otras Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas.

Tercera. Participación voluntaria.

  1. Funcionarios dependientes del Ministerio de Educación.

    1.1 Podrán participar voluntariamente a las plazas ofertadas en esta convocatoria, dirigiendo su instancia al Ministerio de Educación en los términos indicados en la base sexta de esta Orden, los funcionarios que se encuentren en alguna de las situaciones que se indican a continuación:

    1. Los funcionarios que se encuentren en situación de servicio activo con destino definitivo en plazas de inspección educativa dependientes del Ministerio de Educación, siempre y cuando de conformidad con la disposición adicional sexta.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, y el artículo 2.1 del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, hayan transcurrido a la finalización del presente curso escolar, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo. B) Los funcionarios que se encuentren en situación de servicios especiales declarada desde plazas de inspección educativa dependientes del Ministerio de Educación, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, siempre y cuando de conformidad con la disposición adicional sexta.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, y el artículo 2.1 del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, hayan transcurrido a la finalización del presente curso escolar, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo. C) Los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria, en sus distintos tipos, declarada desde plazas de inspección educativa dependientes del Ministerio de Educación en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

    Si se tratara de los supuestos de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar contemplados en los apartados c) y d) del artículo 29.3 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en sus redacciones dadas por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, respectivamente, sólo podrán participar, conforme lo dispuesto en el articulo 2.1 del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, si al finalizar el presente curso escolar han transcurrido dos años desde que pasaron a esta situación. D) Los funcionarios que se encuentren en situación de suspensión de funciones declarada desde plazas de inspección educativa dependientes del Ministerio de Educación, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, siempre que al finalizar el presente curso escolar haya transcurrido el tiempo de duración de la sanción disciplinaria de suspensión y al menos dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.

    A los efectos previstos en este subapartado 1.1, se entenderá como fecha de finalización del curso escolar la de 31 de agosto de 2010.

    1.2 Quienes deseen ejercitar un derecho preferente para la obtención de destino deberán estar a lo que se determina en la base quinta de esta convocatoria.

  2. Funcionarios dependientes de otras Administraciones Educativas.

    Podrán solicitar plazas correspondientes a esta convocatoria, los funcionarios dependientes de otras Administraciones Educativas siempre que cumplan los requisitos y condiciones que se establecen en esta Orden. Estos funcionarios deberán haber obtenido su primer destino definitivo en el ámbito de gestión de la Administración Educativa desde la que participan.

    Estos concursantes deberán dirigir su instancia de participación a la Subsecretaria del Ministerio de Educación, en los términos que se indican en la base sexta de la presente Orden.

    Cuarta. Participación forzosa.-Están obligados a participar a las plazas anunciadas en esta convocatoria, dirigiendo su instancia al Ministerio de Educación, en los términos indicados en la base sexta de la presente Orden, los funcionarios que se encuentren en alguna de las situaciones que se indican a continuación:

    1. Funcionarios que procedentes de la situación de excedencia o suspensión de funciones con pérdida de su destino definitivo tengan un destino con carácter provisional en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria.

      En el supuesto de que no participen en el presente concurso o no soliciten suficiente número de plazas vacantes, se les adjudicará libremente destino definitivo en plazas ubicadas en la Ciudad en la que tengan su destino provisional.

      De no adjudicárseles destino definitivo permanecerán en situación de destino provisional en la Ciudad en la que hayan prestado servicios durante el curso 2009/2010. B) Los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia forzosa o suspensión de funciones con pérdida de su plaza de destino y que cumplida la sanción, no hayan obtenido un reingreso provisional y hayan sido declarados en estas situaciones desde una plaza dependiente del Ministerio de Educación, en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

      En el supuesto de no participar en el presente concurso o, si al participar, no solicitaran suficiente número de plazas dependientes de este Ministerio, cuando no obtuvieran destino definitivo, quedarán en la situación de excedencia voluntaria, contemplada en el apartado c) del articulo 29.3 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en su redacción dada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre. C) Los funcionarios que hayan perdido su destino definitivo en cumplimiento de sentencia, resolución de recurso o por habérseles suprimido expresamente la plaza que desempeñaban con carácter definitivo. De conformidad con la disposición adicional sexta del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, estos funcionarios están obligados a participar en los concursos de traslados hasta que obtengan un destino definitivo.

      En el supuesto de que debiendo participar no concursen, serán destinados de oficio, de existir vacantes en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR