ORDEN de 29 de noviembre de 2001 por la que se publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Diciembre de 2001
MarginalBOE-A-2001-23092
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnologia
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1630/1992 de 29 de diciembre por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la Directiva 89/106/CE, modificado por el Real Decreto 1328/1995 de 28 de julio, establece en su artículo 4, punto 2, 2.° párrafo que las referencias de las normas españolas ''UNE'' que sean transposición de normas armonizadas se publicarán en el 'Boletín Oficial del Estado,

La Comisión Europea ha venido adoptando Decisiones, desde el año 1995 hasta el momento actual, que han sido publicadas en la serie L del 'Diario Oficial de las Comunidades Europeas', estableciendo los sistemas de evaluación de la conformidad con los requisitos esenciales de la Directiva 89/106/CEE de las familias de productos sujetos a la misma.

En las Comunicaciones de la Comisión, en el marco de la implementación de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, para dar publicidad a la disponibilidad de normas armonizadas de las diferentes familias de productos, se establecen las fechas de entrada en vigor y la de finalización del período de coexistencia relativas al uso del marcado CE para los correspondientes productos.

En su virtud, a iniciativa del Comité Permanente de la Comisión Interministerial para los Productos de Construcción y para dar cumplimiento al Real Decreto 1630/1992 en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, dispongo:

Primero. Referencias de normas armonizados.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4, 2.° párrafo del punto 2, del Real Decreto 1630/1992 de 29 de diciembre, se informa en el anexo I de esta Orden, de la publicación de la referencia a normas armonizadas de varias familias de productos de construcción aparecida en la serie C del 'Diario Oficial de las Comunidades Europeas,

Asimismo, en el anexo B se informa de la publicación de las normas UNE que son transposición de las normas armonizadas que aparecen en el anexo I de esta Orden.

Segundo.

Entrada en, vigor del marcado CE y períodos de coexistencia.

Las fechas de entrada en vigor y período de coexistencia aplicables a las familias de productos en relación con el marcado CE se expresan en el anexo B.

Durante el período de coexistencia que figura, los productos correspondientes podrán utilizar voluntariamente el marcado CE para su comercialización.

A partir de la fecha final...

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