RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2004, de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se convocan las ayudas para el fomento de la traducción y edición, en cualquier lengua extranjera, de obras literarias o científicas de autores españoles, correspondientes al año 2004.

MarginalBOE-A-2004-1719
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2004, de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se convocan las ayudas para el fomento de la traducción y edición, en cualquier lengua extranjera, de obras literarias o científicas de autores españoles, correspondientes al año 2004.

La Orden de 15 de junio de 1998 establece las bases reguladoras de las ayudas de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas para promocionar internacionalmente los libros y autores españoles, deacuerdo a lo que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

De conformidad con lo previsto en los apartados Primero punto 2 y Cuarto punto 1 de la citada Orden, procede ahora convocar las ayudas correspondientes al año 2004, para lo cual dispongo:

  1. Objeto y finalidad.--Se convoca para el año 2004 la concesión de ayudas a editores con la finalidad de promover la difusión de la cultura española mediante la edición, en cualquier lengua extranjera de obras literarias o científicas de autores españoles, escritas originariamente y publicadas en cualquiera de las lenguas españolas.

  2. Imputación presupuestaria.--Las ayudas convocadas se imputarán al crédito disponible en la aplicación presupuestaria 18.14.492 del Programa 134B 'Cooperación, Promoción y Difusión Cultural en el Exterior', del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el año 2004, y su importe será como máximo de 420.710,00 Euros.

    La concesión de estas ayudas estará condicionada a la existencia de crédito suficiente en los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al año 2004.

  3. Beneficiarios y requisitos.--Podrán solicitar estas ayudas empresas del sector editorial, ya sean personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras.

    Para participar en esta convocatoria deberán acreditar estar legalmente constituídas.

    En el caso de personas físicas o jurídicas nacionales deberán cumplir estos otros requisitos:

    1. Acreditar que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social durante los doce meses anteriores a la solicitud, sin perjuicio de lo establecido en el punto 4.2 sobre certificaciones telemáticas de la Agencia Estatal para la Administración Tributaria.

    2. No haber sido condenados a las penas a las que se refiere el artículo 305.1 del Código Penal o sancionados por las infracciones previstas en el artículo 82 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.

  4. Presentación de solicitudes.

    4.1 Las solicitudes de ayudas se formalizarán en el modelo oficial que figura como Anexo I y II de la presente Resolución, cumplimentadas enteramente a máquina o en letra de molde impresa y deberán dirigirse al DirectorGeneral del Libro, Archivos y Bibliotecas. Las solicitudes deberán ser presentadas en el Registro de la Secretaría de Estado de Cultura,

    Plaza del Rey, núm. 1. 28004 Madrid, así como en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

    4.2 A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación específica, en idioma español o traducida al mismo cuando corresponda, además de la administrativa detallada en el punto quinto, letras c), d), e), f) y g) de la Orden de 15 de junio de 1998, de bases reguladoras de las ayudas de la Dirección...

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