Orden AAA/1992/2012, de 19 de septiembre, por la que se convoca, para el año 2012, la concesión de subvenciones a titulares de explotaciones agrarias, que faciliten datos estadísticos y contables.

MarginalBOE-A-2012-11889
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria pública aprobada por el órgano competente.

La Orden APA/3147/2005, de 28 de septiembre, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a titulares de explotaciones agrarias, que faciliten datos estadísticos y contables.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

La convocatoria para el año 2012 de la concesión de subvenciones a titulares de explotaciones agrarias, que faciliten datos estadísticos y contables relacionados con la actividad de las explotaciones agrarias del año 2011, para la elaboración de las operaciones estadísticas con fines estatales de realización obligatoria por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por estar incluidas en el Plan Estadístico Nacional.

Artículo 2 Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de estas subvenciones fueron aprobadas por la Orden APA/3147/2005, de 28 de septiembre, publicada por el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de octubre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a titulares de explotaciones agrarias, que faciliten datos estadísticos y contables.

Artículo 3 Créditos presupuestarios y cuantía de la subvención.
  1. La financiación de las subvenciones previstas en la presente orden se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.02.451O.772 de los Presupuestos Generales del Estado de 2012, por una cuantía máxima de 343.400,00 euros.

  2. La cuantía máxima de la subvención a percibir por colaborador será de 50 euros. El número máximo de perceptores y su distribución territorial será el que figura en el anexo de la presente orden.

Artículo 4 Régimen de otorgamiento.

La concesión de las subvenciones se hará en régimen de concurrencia competitiva.

Artículo 5 Requisitos de los solicitantes.

Los requisitos que deberán reunir los solicitantes...

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