Resolución de 27 de septiembre de 1982, de la Dirección General del Tesoro, por la que se dictan normas en cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en el número 2.4 de la Orden de 8 de noviembre de 1979, sobre emisión de la Deuda del Estado, interior y amortizable, al 12,50 por 100, por importe de 50.000 millones de pesetas.

MarginalBOE-A-1982-26378
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyResolución
g. O. del
E.-Niínt.
243
11
oclulire
lOO:!
28067
HACIENDA
DOCUMENTO
IllHTO
.....51110
OlUDA
TJlIIUTU'A
1"1II0PUUU
,1I"IC1OII(I
'fJlUl1TU
rlCHl
..
T,UIUTO
IIIEQISTIlO
,,~
"CItA
1IICl~1~'
.....
IICYAl'C~Llt
••
""'ICILIO
MIIM
1C1
~IO
tuo,.
IlIC
....
OlI
'.Ti"'.
,'''CIOIl
TOTAL
aCYUAIUOI
I00ITEIIlOfIU
..
-
_
..
,
\.
..
,
/
MODELO
UBRo-REG1STRO
EXPEDIElfTES
DE
LA
INSPEeclON
DE
26378
MO
DE ECONOMIA yCOMERCIO
MINISTERIO
EDUCACION yCIENCIADE
CORRECCION
de
erratas
de
la ReBoluctón
de
9
tU
Beptiembre de 1982;
de
la
Subsecretaria
de
Ordena--
.cWn
Educativa.
por
la
que
.e
dictan·
instruccWne.
eneu.mplimi!!nto
del
Real
Decreto
709/1982.
de
l5
de
marzo.
Padecido
error
en
la
inserción
de
la
menciona.da
Resolución,
publicada
en
el
..
Boletín
Oficial
del
Estado_
número
230,
de
fecha
2S
.de
septiembre
de
1982,
página
26255,
se
transcribe
a
continuaci6n
íntegra
y'
debidamente
rectificada
la
instrucción
primera,
que
es
la
afectada:
Primera.-De
conformidad
con
10
dispuesto
en
el
artículo
7.-
del
Real
Decreto
709"982,
de
5
de
marzo,
-los
Directores
de
1~1
Centros
públicos
oprIVa.dos,
de
niveles
y
m9dalidades
no
unI-
versitarios,
determinarán
las
áreas
o
zonas
del
Centro
en
las
que
se
autorice
a
fumar
a
los
1ldul~os.
26379
General
de
Deuda
Pública.
Los
particulares
residentes
en
laa
restantes
provincia.s
las
presentarb.n
en
las
Delegaciones
de
He.-
clenda.
. '
2.3. Las
facturas
deberán
ir
acompañadas
de
la
póliza
de
suscripción'
o
compra
yde,
la
lámina
o
láminas
que
agrupen
101
correspondientes
titulas.
2.4.
Sf
el
reembolso
de
'la
lámina
es
total,
las
Delegacionee
de
Hacienda
remitirán
a
esta
Dirección
General
factura,
pótiza
de
suscripción
o
compra
y
lámina
correspondiente.
2.5.
Si
el
.reembolso
de
la
lám:na
88
parcial,
es"
decir,
en
el
caso
de
qUe
los
titulas
cuyo
reembolso
se solicite
no
completen
una
lámina.
la
Subdirecci6n
GenerlaJ.
de
Deuda
Pública
o
la
Delegaci6n
de
Hacienda
procederán
a
diligenciar
en
la
póliza
.,
lámina
'OOlTeSpondiente, que,
se
devolverán
al
interesado.
la
numeraci6n
de
los
titulos
que
se
presenten
al
reembolso.
En
este
supuesto,
las
Delegaciones
de
Hacienda
remitirán
solamente
1&
tactura,
diligenciada
en
los
mismos
términos
que
1&
póliza
.,
1&
lámina.
a
1&
Dirección
General
del
Tesoro.
3. NOrmQ.I
referentes
al
reembolso
de
títuJo'
prf18en~
po;'
Entidade.
'no
adheridas
al
sistema
de
Uquidació,., y
compenso-
ción
de
oPeraciones
en
Bolsa
)1
de
dePó.ito
de
valore.
mobm,u1cn
A
las
EnUdades
no
adheridas,
les
serán
de
aplicación
tu
normas
contenidas_
en
el
número
1,
excepto
el
apartado
1.e.
'7
en
el
apartado
2.5
del
ntlmero
2
de
1&
presente
Resoluc16D.
4.
,Publictqad
de
lo.
titulo.
amorli.wdoB
Terminada
la,
operación
de
reembolso,
la
D.tTección
General
del
Tesoro
publicará
la
numeraci6n
de
los
títulos
voluntaria-
mente
amortizados
en
el
..
Bo
letin
Oficial
del
Estado-.
Madrid,
Z1
de
septi!,!mbre de
,1982.-El
Director
general,
Juan
Aracil
Martín.
26380
REAL
DECRETO 3557/1982,·cU i
de
octubre,
por
el
qus
se
desarrolla.
el
cepttulo
11
(crédito
a
la
ex-
portación)
del
Real
Decreto-ley
6/1982,
de
2
de
abril.
El
Real
Decreto-ler
seiS/mil
novecientos
ochenta
ydos,
de
dos
de
abril,
sobre
lDveniones
púbUcas
de
carácter
extraor-
dinario
y
medidas
de
fomento
de
la
exportación
autoriza,
en
su
articulo
quinto.
al
Instituto
de
Crédito
Oficial
~ara
que,
dentro
del
limite
señalado
en
el
articulo
tercero
de
dIcho
Real
Deoreto-~ey.
y
para
cada
ejercicio
en
la
Ley
de
Presupuestos.
RESOLUCION
de
27
de
septiembre
de
1982,
de
la
Direción
General
del
Tesoro,
por
la
que
S6
dictan
normas
W.
cumplimiento)'
desarrollo
de'
lo
dispues-
to
en
'jI
.mero
2.4
de
la.
Orden
de
B
de
noviembre
de
1979,
,obre
emisión
de
la
Deuda
del
Estado,
in·
tenor
y_
amortizable,
al
12,50
por
100,
por
importe·
de
50.000
millones
de
peseta
•.
Con
objeto
de
dar
cumplimioento a
la
autorización
contenida
en
el
número
6
de
la
Orden
de
8
de
noviembre
de
1979
(.Boletín
Oficial
del
Estado-
del
l3)IY
d.esarrollo
a
lo
dispuesto
en
el
número
2.4
de
la
mencionada
Orden.
Esta
Dirección
General
ha
resuelto
dictar
lac;
siguientes
Ilormas:
1.
Norma.
referente.
el
reemboZ8o
de
tttul.oa preBenta.doB
por
Entidades
adhertdaB
,al
sistema
de
liquidación
y
compensación
de
op~raciones
de
Bolsa
)1
de
depóBíto de
valores
mobiliarios
1.1.
El
plazo
para
dar
traslado
a
la
Direa:ión
General
del
Tesoro
de
la
relaci6n
de
tenedores
que
hayan
optado
en
la
for-
ma
y
fecha
seftaladas
en
el
riúmero
2.4
de
la
Orden
ministerial
de
Ode
noviembre
de
1979
por
el
reembolso
a
IQ,S
tres
años
finalizará
el
25
de
noviembre
de
1982.
1.2.
La
fecha
limite
de
presentación
de
facturas
compatible
con
los
requisitos
para
el
ejercicio
de
la
opción
de
reembolso
a
los
tres
afias
establecidos
en
el
número
2.4
de
la
Orden
mini,s-
terial
de
8
de
noviembre
de
1979,
sobre
emisión
de
Deuda
del
Estado,
interior
y
amortizable,
al
12,50
por
lOO,
por
importe
de
50.000
millones
de
'pesetas,
finalizarA
el
25
de
diciembre
de
1982.
En
consecuencia,
no
se
tramJtarán
al
pago
las
facturas
que
se
presenten
,con
posterioridad.
a
la
fecha
indicada.
1.3.
L"as
Entidades
adheridas
podr,án
presentar
facturas
de
titulos
pertenecientes
a
su
propia
cartera
desde
el
15
de
octubre
hasta
el
14
de
noviembre
del
presente
año.
Las
facturas
deberán
acompañarse
de
las
láminas
correspondientes
y
ajustarse
al
mo~
delo
oficial
establecido.
.
1.4.
Las
Entidades
adheridas
que
presenten
las
facturas
y
láminas
representativas
de
titulas
correspondientes
tl
depósitos
de
particulares
en
el
periodo
comprendido
entre
el
14.
de
no-
viembre
-fecha
'límite
para
ejercitar
la
opción
de
reembolso
voluntario
de
acuerdo
con
lo
dispuesto
en
el
número
2.-4
de
la
citada
Orden~
y
f:J..25
de
noviembre
~el
presente
año,
no
esta-
rán
obligadas
a
satisfacQr
'el
requisito
de
comunicación
previa
·señalado
en
el
punto
1.1
de
esta
Resolución.
Las
Entidades
adheridas
que
tengan
conocimiento,
con
ante-
rioridad
al
14
de
noviembre,
de
todas
1.
operacionc,s
"de
reem-
bolso
voluntario
que
hayan
de
efectuar,
podrán
presentar
fac-
turas
y
láminas
con
anterioridad
a:
la
fecha
indicada.
.1.5.
El
pago
de
las
facturas
que
se
hay"an
pres~ntado
dentro
de
las
fechas
,indicadas
en
los
números
1.3
'1
1.(
de
esta
Reso-
lución
~
realizará
en--
la
fecha
de
amortización.
Las
facturas
que
se
presenten
entre
el
25
de
novIembre
y
el
25
:::le
diciembre
se
abonarán
en
el
plazo
de
un
mes
'--a
partir
de
la
última
techa
indicada.
1.6.
Las
Entidades
adheridas
al
sistema
expedirán
,certifica-
ci6n,
debidamente
autorizada.
comprensiva
de
los
titulas
a
amor-
tizar,
diferenciando
las
numeraciones
que
corresponden
a
titu-
l",res
quena
están
incluidos
en
el
sistema.
fungible
de
las
que
Jo
están.
'1
detallando
la
cantidad
de
tales
Utulos
que
corres-
pondan,
en
su
caso,
a
cada
refet'flncia
técnica.
.
Las
certificaciones
.de
los
títulos
incluidos
en
el
sistema
se
remitirAn,
el
mismo
día
de
la
prosentadón
de
las
facturas,
a
la
Junta
Sindical
en
donde
se
hubiesen
efectuado
las
operaciones
de
suscripci6n
y/compra,
con
objeto
de
que_procedan
a
la
exclu-
sión
del
sistema
fungible
de
los
titulas
y
referencias
técnicas.
La
certificaci6n
de
los
titulas
no
incluidos
en
el
sístema
se
enviaré.
alJl
Junta.
Sindical
que
desee
la
Entidad
adherida.
2.
Normas
referente.
al
réembolBO
de
tltulos
presentados
direc-
tamente
por
particulares
2.1.
El
plazo
de
presentaci6n
de
facturas
por
particulares
finalizará
el
14
de
noviembre
del
presente
año,
fecha
limite
para
eJercitar
la
.pcl6n
de
amortización
voluntaria
de
acuerdo
con
lo
dispuesto
en
el
numero
2.4
de
la
Ordan·
de
8
de
noviem-'
bre
de
1979.
El
pago
de
estas
facturas
se
realizará
en
la
fecha
de
amortización.
2.2.
Los
particulares
residentes
en
Madrid
deberán
presen-
tar
las
facturas
en
la
Dtreoolón
General
del
Tesoro,
Subdirección

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR