Orden de 21 de Mayo de 1996 por la Que Se Nombra a DoÑA Maria Teresa de Jesus de Castro Matia Funcionaria de Carrera del Cuerpo de Maestros.

MarginalBOE-A-1996-13170
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

Por Orden de 12 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de julio), se incluye a doña María Teresa de Jesús de Castro Matía en el anexo a la Orden de 3 de agosto de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 13 y del 19), por la que se publican las listas de aspirantes seleccionados en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden de 19 de febrero de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 25), cuyo expediente fue aprobado por Orden de 20 de julio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de agosto), y se procede a su nombramiento como funcionaria en prácticas de dicho Cuerpo.

Recibida el acta de calificación de la fase de prácticas, declarándola exenta, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado y el Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 7 de diciembre), de atribuciones de competencias en materia de personal,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Nombrar a doña María Teresa de Jesús de Castro Matía funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros, con los mismos efectos que sus compañeros de promoción, 1 de septiembre de 1994, como seleccionada en las pruebas selectivas convocadas por el Ministerio de Educación y Ciencia por Orden de 19 de febrero de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 25), por la Comunidad Autónoma de Cantabria, en la especialidad de Educación Musical, con una puntuación de 12,7200.

Segundo.-Asignar a la interesada el número de Registro de Personal 1267700924A0597. Dicho número se ha estructurado en la forma que determina el Reglamento del Registro Central de Personal, aprobado por Real Decreto 1405/1986, de 6 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 8 y de 9 de julio).

Tercero.-La Dirección Provincial de este Departamento en Cantabria adjudicará a la interesada destino con carácter provisional. El primer destino definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Orden de convocatoria lo obtendrá en el ámbito de gestión de este Ministerio, a través de su participación en los sucesivos concursos ordinarios de traslados.

Cuarto.-Para la adquisición de la condición de funcionaria de carrera la interesada habrá de prestar juramento o promesa, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 6).

Quinto.-La toma de posesión deberá efectuarla ante la autoridad competente en el plazo de un mes contado a partir del...

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