RESOLUCIÓN DE 12 DE MARZO DE 1997, de la Direccion general del Organismo autonomo correos y Telegrafos, sobre delegacion de atribuciones en materia de autorizacion y Disposicion de Gastos, reconocimiento de Obligaciones y Ordenacion de Pagos.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Abril de 1997
MarginalBOE-A-1997-7247
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

El artículo 74.2 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 234, de 29 de septiembre, atribuye a los Presidentes o Directores de los organismos autónomos del Estado, tanto la disposición de gastos como la ordenación de los pagos relativos a los mismos, y en el número 3 del mismo artículo regula que dichas facultades podrán delegarse en los términos que establezcan las disposiciones reglamentarias. El artículo 7.3, f), de los Estatutos del organismo autónomo Correos y Telégrafos, aprobados por Real Decreto 1766/1991, de 13 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 299, del 14), atribuye al Director general del organismo la ordenación de pagos, en el ámbito de su competencia, siendo ésta una facultad delegable en virtud de lo establecido en el artículo 7.4 de la misma disposición.

Por concurrir circunstancias de índole técnica y económica que lo hacen conveniente para conseguir una gestión más eficaz de los medios materiales, personales y financieros en el organismo autónomo, se hace preciso adoptar medidas tendentes a conseguir el procedimiento más ágil, sin detrimento de los controles adecuados.

En consecuencia, en virtud de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el artículo 74.3 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 7.4 de los Estatutos del organismo autónomo Correos y Telégrafos, he tenido a bien disponer la delegación de las siguientes atribuciones:

Primera.-La autorización y compromiso del gasto, así como el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de las retribuciones de todo el personal funcionario y laboral del organismo autónomo Correos y Telégrafos, en el Subdirector general de Gestión de Personal.

La autorización y compromiso del gasto (con excepción de aquellos que lleven aparejado un expediente de contratación), así como el reconocimiento de la obligación y las propuestas de pago relativas al resto del presupuesto, en los Subdirectores generales por razón de la materia.

En el caso de vacante, ausencia o enfermedad de los titulares, la suplencia de éstos se realizará por el Jefe del Área que designe el Director general del organismo. Este supuesto deberá ser comunicado por escrito a...

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