Resolución de 20 de noviembre de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2007, sobre la implantación de un sistema de cita previa telefónica para la obtención del Documento Nacional de Identidad y el Pasaporte.

MarginalBOE-A-2007-20487
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 2 de noviembre, acordó aprobar a propuesta del Ministro del Interior el Acuerdo sobre la implantación de un sistema de cita previa telefónica para la obtención del Documento Nacional de Identidad y el Pasaporte.

Para general conocimiento, dada la importancia e impacto del citado Acuerdo, se hace necesaria su divulgación.

En su virtud, resuelvo:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2007 sobre la implantación de un sistema de cita previa telefónica para la obtención del Documento Nacional de Identidad y del Pasaporte, que se inserta a continuación de esta Resolución.

Madrid, 20 de noviembre de 2007.-El Subsecretario del Interior, Justo Tomás Zambrana Pineda.

ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS SOBRE LA IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE CITA PREVIA TELEFÓNICA PARA LA OBTENCIÓN DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD Y DEL PASAPORTE.

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el instrumento con el que cuentan los ciudadanos españoles para justificar, por sí mismo y oficialmente, la personalidad y la nacionalidad de su titular, constituyendo, pues, un medio fundamental e imprescindible para la realización de un sinfín de actividades y trámites cotidianos.

La importancia de DNI se manifiesta, igualmente, en su trascendencia jurídica, puesto que su obtención se configura como un derecho y como una obligación. Así, la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en su artículo 9, reconoce, de una parte, el derecho de todos los españoles a que se les expida el Documento Nacional de Identidad, y, por otra, dispone, con carácter general, la obligatoriedad de su obtención para los mayores de catorce años.

La relevancia real y jurídica del DNI demanda que la Administración General del Estado adopte las medidas oportunas para incorporar todas aquellas mejoras que garanticen y aseguren la funcionalidad, seguridad y comodidad en la obtención del documento.

La presente Legislatura ha sido rica en iniciativas dirigidas a alcanzar tales objetivos, destacando, sobre todas ellas, la puesta en funcionamiento del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), auténtica adaptación del tradicional documento de identidad a la nueva realidad de una sociedad interconectada por redes de comunicaciones, y que encuentra su marco jurídico en el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la...

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