Orden PRE/723/2012, de 30 de marzo, por la que se aprueba el nuevo modelo de tarjeta de identidad profesional y la placa insignia del personal estatutario del Centro Nacional de Inteligencia.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2012
MarginalBOE-A-2012-5036
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El artículo 5.3 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), dispone en su párrafo segundo, que «sus miembros dispondrán de documentación que les acredite, en caso de necesidad, como miembros del Centro, sin que ello exonere a la persona o entidad ante la que se produzca la acreditación de la obligación de guardar secreto sobre la identidad de dicho personal».

En desarrollo de este precepto, el Ministro de Defensa aprobó la Orden Comunicada número 130/2003, de 15 de septiembre, por la que se regulan las tarjetas identificativas de los miembros del CNI.

El tiempo transcurrido desde la aprobación de esta norma, que no fue publicada en el BOE, ha puesto de manifiesto, en primer lugar, la necesidad de una publicidad adecuada del documento público de identificación de los miembros del CNI cuando en el ejercicio de sus actividades, previstas en la Ley, sea necesario.

Asimismo, dentro del personal estatutario del CNI, el artículo 5.4 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, establece que tendrán condición de agente de la autoridad «aquellos que desempeñen cometidos profesionales relacionados con la protección del personal del Centro y de las instalaciones»; condición de agente de la autoridad que requiere una identificación fehaciente, tanto ante el resto de Administraciones como ante los propios ciudadanos, de la que ahora carece la actual tarjeta, manifestándose, de esta forma, la necesidad de aprobar para este personal un modelo de placa insignia, así como las normas de expedición, uso y anulación de la misma.

Finalmente, la actual tarjeta identificativa resulta anticuada para la identificación electrónica de su personal. Por ello, y con el objeto de impulsar el empleo y la aplicación de la técnica y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por el personal del CNI en el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas, resulta necesaria la renovación del actual documento identificativo del personal del CNI adecuándolo a las nuevas tecnologías.

Todo lo expuesto exige, en definitiva, la aprobación, mediante la correspondiente norma, del nuevo modelo de tarjeta de identidad profesional y de placa insignia que identifique respectivamente a sus titulares como personal estatutario del CNI y, en su caso, como agentes de la autoridad ante terceros cuando ello sea necesario en el ejercicio de las funciones que les están atribuidas por la Ley 11/2002, de 6 de mayo.

En su virtud, dispongo:

Primero. Naturaleza y funciones.

La tarjeta de identidad profesional del personal estatutario del CNI es el documento público, personal e intransferible, que acredita a su titular como miembro del CNI y, en su caso, como agente de la autoridad de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2002, de 6 de mayo. Igualmente permitirá a sus titulares el uso de certificados digitales para...

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