Real Decreto 2562/1996, de 13 de diciembre, por el que se reconocen efectos civiles a los estudios conducentes a la obtención de los títulos de Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial, de Ingeniero en Informática y de Ingeniero en Organización Industrial de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales (ICAI) y de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial (ICAI) de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Enero de 1997
MarginalBOE-A-1997-888
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyReal Decreto

La Universidad Pontificia Comillas de Madrid ha solicitado el reconocimiento, a efectos civiles, de los estudios conducentes a la obtención de los títulos de Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial, de Ingeniero en Informática y de Ingeniero en Organización Industrial de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales (ICAI) y de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial (ICAI) de la citada Universidad.

Dicha solicitud y reconocimiento encuentran su amparo en el Convenio de 5 de abril de 1962, sobre reconocimiento de efectos civiles de los estudios de ciencias no eclesiásticas realizados en España en Universidades de la Iglesia y en el Acuerdo sobre enseñanzas y asuntos culturales de 3 de enero de 1979, ambos suscritos entre la Santa Sede y el Estado español, en relación con lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios.

Teniendo en cuenta, por otra parte, los Reales Decretos 1400/1992, de 20 de noviembre; 1459/1990, de 26 de octubre, y 1401/1992 y 1403/1992, ambos de 20 de noviembre, por los que se establecen los títulos universitarios oficiales de Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial, de Ingeniero en Informática, de Ingeniero en Organización Industrial y de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, y las directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtención de los mismos; la adaptación a las previsiones de este último Real Decreto de las enseñanzas de Ingeniería Técnica Industrial, especialidad Eléctrica, Intensificación Electrónica, de la citada Universidad Pontificia, reconocidas por Orden de 2 de noviembre de 1982 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 1983) y que todos los anteriores planes de estudio han sido informados favorablemente por el Consejo de Universidades, procede acceder a lo solicitado.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de diciembre de 1996,

D I S P O N G O :

Artículo 1
  1. Se reconocen efectos civiles, conforme al régimen del artículo 6 del Convenio entre la Santa Sede y el Estado español de 5 de abril de 1962, a los estudios conducentes a la obtención de los títulos de Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial, de Ingeniero en Informática y de Ingeniero en Organización Industrial de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales (ICAI) y de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial (ICAI) de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid, cuyos planes de estudio se contienen en los anexos.

  2. Dichos efectos civiles son los que, para los títulos universitarios oficiales, se establecen en el artículo 1.1 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.

  3. Las futuras modificaciones de los indicados planes de estudio serán aprobadas por el Ministerio de Educación y Cultura, previo informe del Consejo de Universidades, conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2

Los títulos a que se refiere el artículo anterior se expedirán por el Rector de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo.

Disposición adicional única

Los planes de estudio de la actual Ingeniería Técnica Industrial, especialidad Eléctrica, Intensificación Electrónica, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid, se extinguirán de acuerdo con la normativa vigente.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

Se autoriza a la Ministra de Educación y Cultura para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Disposición final segunda

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 13 de diciembre de 1996.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación y Cultura,

ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

(ANEXOS OMITIDOS)

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