REAL DECRETO 1353/1998, de 26 de junio, por el que se homologa el título de Diplomado en Relaciones Laborales, de la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de Cartagena, adscrita a la Universidad de Murcia.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Julio de 1998
MarginalBOE-A-1998-17184
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyReal Decreto

Aprobado el plan de estudios que conduce a la obtención del título de Diplomado en Relaciones Laborales, de la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de Cartagena, adscrita a la Universidad de Murcia, y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y ha sido informado favorablemente por el Consejo de Universidades, procede la homologación del referido título.

Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el apartado 5, en relación con el 4, del artículo 58 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; el Real Decreto 1429/1990, de 26 de octubre, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Relaciones Laborales y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél, y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de junio de 1998, DISPONGO:

Artículo 1
  1. Se homologa el título de Diplomado en Relaciones Laborales, de la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de Cartagena, adscrita a la Universidad de Murcia, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.

  2. Al título a que se refiere el apartado anterior, le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.

  3. Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2

El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad de Murcia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

Por la Ministra de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Disposición final segunda

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 26 de junio de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación y Cultura, ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR