Real Decreto 1593/1992, de 23 de diciembre, por el que se homologa el título de Ingeniero Técnico en Sonido e Imagen, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Telecomunicación «La Salle», de la Universidad Ramón Llull de Barcelona.

MarginalBOE-A-1993-3341
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto

Aprobado por la Universidad privada Ramón Llull de Barcelona el plan de estudios que conduce a la obtención del título oficial de Ingeniero Técnico en Sonido e Imagen, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Telecomunicación de la citada Universidad, incorporada a la misma por Ley del Parlamento de Cataluña 12/1991, de 10 de mayo, que reconoció la referida Universidad, y anteriormente adscrita a la Universidad Politécnica de Cataluña por Decreto 788/1976, de 5 de marzo, y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente, procede la homologación del referido título de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 y 5 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; Real Decreto 1453/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el título oficial de Ingeniero Técnico en Sonido e Imagen y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención del mismo y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, previo informe del Consejo de Universidades, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 1992,

D I S P O N G O :

Artículo 1
  1. Se homologa el título oficial de Ingeniero Técnico en Sonido e Imagen, cuyas enseñanzas organiza la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Telecomunicación , de la Universidad Ramón Llull de Barcelona, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.

  2. Al título a que se refiere el número anterior, le será de aplicación lo establecido en los artículos 1. al 5. del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 2 del presente Real Decreto.

  3. Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2

El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad Ramón Llull de Barcelona, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.

Disposición adicional única

El plan de estudios que actualmente se viene impartiendo en la Escuela Universitaria a que se refiere el artículo 1, en virtud de lo dispuesto en la Orden de 18 de junio de 1979, que autorizó la implantación de la especialidad en dicho Centro, en relación con la disposición cuarta de la Orden de 16 de diciembre de 1976, sobre directrices de planes de estudios de las Escuelas Universitarias de Arquitectura e Ingeniería Técnica, se extinguirá de acuerdo con la normativa vigente.

Disposición final única

Por el Ministro de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 23 de diciembre de 1992.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

ALFREDO PEREZ RUBALCABA

(ANEXO OMITIDO)

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