Resolución de 7 de Julio de 1980, de La Dirección general de la Produccion Agraria, por la que se regula el uso en Ganaderia de las sustancias de naturaleza hormonal.

MarginalBOE-A-1980-15730
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura
Rango de LeyResolución

Esté Centro Directivo promulgó, con fecha 20 de junio de 1977 ("Boletín Oficial del estado" de 7 de julio), resolución prohibiendo el uso de las sustancias de naturaleza hormonal en Produccion animal con otros fines que no fueran los terapéuticos o modificadores de la Reproduccion.

La experiencia adquirida sobre el particular desde entonces y la adaptación a la normativa internacional en la materia aconsejan modificar la referida Norma legal, para que la restricción de uso sobre sustancias de naturaleza hormonal quede reducida a las de Accion estrogenica.

Por lo que, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, he tenido a bien disponer:

Primero.-Los preparados zoosanitarios que contengan sustancias de Accion estrogenica, de Estructura esteroide o no, únicamente podrán comercializarse si han sido autorizados por esté Centro Directivo, y para su uso con fines terapéuticos o cómo modificadores de la Reproduccion, bajo prescripción y control veterinario.

Segundo.-A los efectos de está Disposición, se entenderán cómo sustancias de Accion estrogenica los estrogenos y Todas aquéllas otras sustancias, de origen natural o artificial, que tengan los mismos efectos que la estrona en la prueba de Allen doisy.

Tercero.-La Aplicación con fines zootécnicos de sustancias de Accion hormonal, distinta a los de...

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