SENTENCIA de 12 de febrero de 2002, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anulan diversos artículos del Reglamento del Registro de Condiciones Generales de Contratación, aprobado por Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre.

MarginalBOE-A-2002-6863
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

En el recurso contencioso-administrativo número 160/00, interpuesto por el Colegio Notarial de Cataluña, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 12 de febrero de 2002, que contiene el siguiente fallo:

'FALLAMOS

Que estimando en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Colegio Notarial de Cataluña debemos declarar y declaramos no ser conformes a Derecho y anulamos los preceptos del Reglamento aprobado por Real Decreto 1828/1999 que a continuación se citan:

Artículo 2.1 b), 'Las ejecutorias en que se recoja el fallo de las sentencias firmes dictadas en el ejercicio de una acción individual de nulidad o no incorporación de condiciones generales, junto con el texto de la cláusula afectada'.
Artículo 2.1 c), 'Las ejecutorias en que se recoja el fallo de las sentencias firmes dictadas en el ejercicio de una acción colectiva de cesación, retractación o declarativa de condiciones generales, junto con el texto de la cláusula afectada'.
Artículo 2.2 c), en el siguiente párrafo: 'o que lleve a cabo la ejecución provisional de la sentencia dictada en el mismo, de conformidad con lo establecido en las vigentes Leyes procesales'.
Artículo 5

'Voluntariedad del depósito salvo en sectores obligatorios.-De los distintos objetos de inscripción en el Registro de las condiciones generales sólo el depósito de las condiciones generales de la contratación es voluntario, salvo que se trate de un sector específico de la contratación impuesto por el Gobierno...

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