Resolución de 3 de julio de 2012, conjunta de las Subsecretarías de Fomento y de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correo denominada 'Valors Cívics. Diàleg.-Principat d'Andorra.-2012'.
Marginal | BOE-A-2012-10403 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Fomento |
Rango de Ley | Resolución |
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal y de acuerdo con lo establecido en los artículos 7.1.g) y 17 del Real Decreto 1637/2011, de 14 de diciembre, por el que se establece la composición, competencias y régimen de funcionamiento de la Comisión Filatélica del Estado y se regulan las emisiones de sellos de correo y otros signos de franqueo, se dicta la presente Resolución sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correo denominada «Valors Cívics. Diàleg.–Principat d'Andorra.–2012».
En su virtud, hemos resuelto:
Primero. Estampación.
Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la estampación de una serie de sellos de correo denominada «Valors Cívics. Diàleg.–Principat d'Andorra.–2012».
Segundo. Características.
Valors Cívics. Diàleg.–Principat d'Andorra.–2012
.
El 10 de septiembre de 2012 se emitirá un sello de correo correspondiente a la serie del Principado de Andorra «Valors Cívics». El sello está dedicado al «Diàleg».
Características técnicas:
– Procedimiento de impresión: Offset.
– Papel: Estucado, engomado, fosforescente.
– Dentado: 13 ¾.
– Formato del sello: 28,8 × 40,9 mm. (vertical).
– Efectos en pliego: 50.
– Valor postal: 0,85 euros.
– Tirada: 100.000 sellos.
Tercero. Puesta en circulación y distribución.
-
La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el 10 de septiembre de 2012.
-
La distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2014, no obstante, mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario. Una vez alcanzada dicha fecha, la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., podrá interesar de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda la inutilización de los sellos sobrantes de la emisión.
Cuarto. Reservas.
De este efecto la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda reservará a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., un mínimo de 2.500 unidades, para atender los compromisos derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y a otros organismos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba