Orden FOM/3863/2008, de 22 de diciembre, por la que se conceden las ayudas del Subprograma Nacional para la movilidad sostenible y el cambio modal en el transporte, Acción Estratégica Energía y Cambio Climático, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

MarginalBOE-A-2009-166
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Orden PRE/968/2008, de 4 de abril («BOE» del 9) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en investigación, desarrollo e innovación en energía y cambio climático en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011; según la delegación de competencias de la Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre («BOE» de 3 de noviembre), y siguiendo la propuesta formulada por la Comisión de Evaluación de las solicitudes presentadas a la convocatoria del año 2008 para la concesión de dichas ayudas, publicada mediante Orden PRE/2429/2008, de 14 de agosto («BOE» del 15), este Ministerio ha resuelto:

Primero.–Otorgar las ayudas que se recogen en el anexo I de esta Orden, por haber sido los proyectos reseñados los que han obtenido una mejor calificación, una vez efectuada la evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP), del Centro de Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) y de la Comisión de Evaluación, según los criterios de evaluación establecidos en el anexo II, apartado 2, de la citada Orden de bases reguladoras para la concesión de las ayudas.

Segundo.–La cuantía total de las ayudas a adjudicar en esta convocatoria será de

7.680.140 euros en forma de subvención, con cargo al crédito presupuestario

17.01.467B.782, y de 7.612.481 euros en forma de préstamo, con cargo al crédito presupuestario 17.01.467B.832, distribuidos en las siguientes anualidades:

Subvención (20ac) Préstamo (20ac) Año 2008 6.725.499 0 Año 2009 0 5.328.737 Año 2010 0 2.283.744 Año 2011 954.641 0 Tercero.–Denegar todas las demás ayudas solicitadas, por incurrir en motivo de exclusión o por haber obtenido los proyectos inferior puntuación que los que han sido objeto de ayuda.

Cuarto.–La amortización del préstamo concedido a cada proyecto se efectuará, teniendo en cuenta el artículo quinto, apartado 3, del anexo II de la Orden PRE/2429/2008, de 14 de agosto («BOE» del 15) por la que se efectúa la convocatoria del año 2008 para la concesión de las ayudas, de la siguiente manera:

  1. Tipo de interés de aplicación: 0 por ciento.

  2. Plazo de amortización: La amortización del préstamo se efectuará durante un período de 15 años iniciado el año siguiente al de finalización del proyecto. En el caso de los proyectos con números 6, 20, 21 y 30, cuyo plazo de realización es de 24 meses, la amortización del...

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