Orden CIN/641/2011, de 14 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria del año 2011 para la concesión de las subvenciones correspondientes al subprograma Innoeuropa, dentro de la línea instrumental de articulación e internacionalización del sistema, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

MarginalBOE-A-2011-5454
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

Al amparo de la Orden CIN/1559/2009, de 29 de mayo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 143 de 13 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la Línea Instrumental de Articulación e Internacionalización del Sistema, enmarcada en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 y al artículo 23.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se realiza la presente convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de proyectos en los términos definidos en la presente Orden.

El Real Decreto 1042/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, en su artículo 5 atribuye a la Secretaria General de Innovación, entre otras, las funciones de: f) El impulso, fomento y coordinación de los programas destinados a la creación y potenciación de los centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica, g) La planificación y seguimiento de las actuaciones internacionales de I+D+i empresarial y de transferencia, incluyendo la negociación del Programa Marco de la Unión Europea, en colaboración con la Secretaría de Estado de Investigación y h) La dirección, coordinación e impulso de los retornos tecnológicos provenientes de las aportaciones del Ministerio de Ciencia e Innovación a los organismos y programas internacionales y las infraestructuras científico-técnicas nacionales e internacionales, a través de la adecuada participación en los órganos de representación de los mismos, para crear e impulsar la denominada «industria de la ciencia».

La Estrategia Estatal de Innovación (e2i) aprobada en Consejo de Ministros el 2 de julio de 2010 ha sido diseñada para contribuir a transformar nuestra economía en una economía sostenible, con empleos de alto valor añadido y más estable ante fluctuaciones del ciclo económico. La Estrategia Estatal de Innovación establece cinco ejes de actuación con el objetivo de situar a España en el noveno puesto mundial de la innovación en el año 2015. Los cinco ejes de actuación conforman el llamado «Pentágono de la Innovación», y son: a) la creación de un entorno financiero favorable a la innovación empresarial; b) la dinamización de los mercados innovadores mediante la regulación y la compra pública; c) la cooperación territorial de las políticas de promoción de la innovación; d) la internacionalización de las actividades innovadoras; e) la potenciación de las personas mediante la incorporación de talento y capacidad innovadora al sector productivo.

La Estrategia Estatal de Innovación se desarrolla a través del Plan Innovaccion, formado por un conjunto de acciones de promoción y financiación, y de un conjunto de convocatorias de ayuda y programas de subvención y financiación para el fomento de la innovación mediante la colaboración público-privada. La convocatoria de ayudas del subprograma Innoeuropa, objeto de esta orden, es uno de los instrumentos del Plan Innovación y se encuadra en el eje d) de internacionalización de las actividades innovadoras.

Innoeuropa forma parte, asimismo, de la iniciativa Euroingenio, creada con el objetivo de fomentar la participación española en el Séptimo Programa Marco de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración de la Unión Europea (2007-2013). La finalidad de Innoeuropa es el fomento de la participación de los centros tecnológicos en el Programa Marco de I+D de la UE, siendo su objetivo último que éstos incrementen sensiblemente sus retornos con respecto a los que obtuvieron en convocatorias anteriores del Programa Marco. Mediante Innoeuropa se financian las actuaciones que los centros tecnológicos deben realizar para conseguir este incremento sustancial de los retornos. Dichas actuaciones estarán recogidas en un Plan de Actuación Estratégico elaborado por el centro tecnológico.

Innoeuropa se estructura en dos fases. En la primera fase se hará un primer pago anticipado de la ayuda concedida, que irá destinado a financiar los gastos en los que incurra el centro tecnológico para alcanzar los objetivos que se han establecido en el Plan de Actuación Estratégica (PAE) presentado. En la segunda fase, que tendrá lugar al año siguiente, los centros tecnológicos recibirán el resto de la ayuda concedida, en función del grado de cumplimiento del objetivo de retorno fijado en el Plan de Actuación Estratégico.

Como sucede con las convocatorias del Plan Innovacción, en esta convocatoria se impone la utilización de medios electrónicos para las comunicaciones que deban realizarse, que será obligatoria tanto para la práctica de la notificación o publicación de los actos administrativos que se dicten, como para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 y 28.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Para ello se ha tenido en cuenta la naturaleza de personas jurídicas de los interesados en el procedimiento así como la capacidad técnica y profesional propia de los agentes que actúan en el ámbito de la I+D+i, a los que se presupone el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos necesarios.

Se trata de una medida que pretende agilizar las comunicaciones entre la Administración y los interesados, y que es coherente con la política seguida por el Ministerio de Ciencia e Innovación de generalizar la utilización de medios electrónicos en las comunicaciones que se realicen con personas jurídicas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Ciencia e Innovación.

En su virtud, resuelvo:

Artículo 1 Objeto de la orden.
  1. Mediante la presente Orden se hace pública la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2011 del Subprograma Innoeuropa, incluido en el Programa Nacional de Internacionalización de la I+D del Plan Nacional de I+D.

  2. El régimen de concesión de las subvenciones que se convocan será el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, tal como señala el artículo 3 de la Orden CIN/1559/2009, de 29 de mayo.

Artículo 2 Régimen aplicable a las ayudas.

Las ayudas objeto de esta convocatoria están sometidas a la Orden CIN/1559/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de articulación e internacionalización del sistema, enmarcada en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 y a la siguiente normativa:

  1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

  2. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

  3. Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Ciencia e Innovación.

El régimen de estas ayudas se ajusta con lo dispuesto en el Marco Comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2006/C323/1).

Artículo 3 Objetivos.

Estas subvenciones están orientadas a fomentar la participación de los centros tecnológicos españoles en el Séptimo Programa Marco de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración de la Unión Europea, de forma que:

  1. Se aumente sensiblemente la tasa de retorno conseguida por los centros tecnológicos en el VI Programa Marco de I+D.

  2. Se aumente el liderazgo de los centros tecnológicos en los proyectos del Séptimo Programa Marco.

  3. Se fomente por parte de los centros tecnológicos la participación de empresas españolas en consorcios del Séptimo Programa Marco, promoviendo la incorporación de nuevas empresas.

El objetivo final de Innoeuropa es dotar a los centros tecnológicos de la estructura y los conocimientos necesarios para la adecuada preparación y gestión de los proyectos europeos, con el fin de que éstos consigan obtener financiación comunitaria.

Mediante estas subvenciones se financian aquellas nuevas actuaciones que permitan a los centros tecnológicos participar en proyectos de alta calidad científico tecnológica, mejorar su capacidad de gestión, integrarse en consorcios europeos y aumentar su tasa de éxito en el Programa Marco. No se financiarán las actuaciones habituales del centro. Se apoyará especialmente aquellos centros que...

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