Orden CIN/992/2010, de 12 de abril, por la que se aprueba la convocatoria del año 2010, para la concesión a entidades de naturaleza privada de ayudas correspondientes al subprograma de actuaciones científico-tecnológicas en los parques científicos y tecnológicos, dentro de la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

MarginalBOE-A-2010-6421
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

Al amparo de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio, publicada en el Boletín Oficial del Estado del 11 de julio que, en sus Títulos I y II se establecen las bases reguladoras para la concesión a entidades de naturaleza privada de ayudas públicas en la Línea Instrumental de Actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, enmarcada en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, se aprueba y se hace pública la presente convocatoria de concesión de ayudas para la realización de actuaciones en los términos definidos en la presente Orden.

El Ministerio de Ciencia e Innovación asume el objetivo fijado por el Gobierno de España de transformar nuestro modelo productivo en una economía sostenible, basada en el conocimiento. Para mantener el estado del bienestar que hemos alcanzado en nuestro país, resulta imprescindible introducir la innovación en todos los elementos del sistema económico y social. Sólo los países que basen su economía y su crecimiento en la innovación y el conocimiento, podrán competir con los nuevos países emergentes.

La Secretaría General de Innovación ha diseñado la Estrategia Estatal de Innovación, para contribuir a transformar nuestra economía en una economía sostenible, con empleos de alto valor añadido, y más estable ante fluctuaciones del ciclo económico. La Estrategia Estatal de Innovación establece cinco ejes de actuación con el objetivo de situar a España en el noveno puesto mundial de la innovación en el año 2015. Los cinco ejes de actuación conforman el llamado «Pentágono de la Innovación», y son: a) la creación de un entorno financiero favorable a la innovación empresarial; b) la dinamización de los mercados innovadores mediante la regulación y la compra pública; c) la integración territorial de las políticas de promoción de la innovación; d) la internacionalización de las actividades innovadoras; e) la potenciación de las personas mediante la incorporación de talento y capacidad innovadora al sector productivo.

La Estrategia Estatal de Innovación 2015 se ha plasmado para el periodo 2009-2011 en el Plan INNOVACCION, formado por un conjunto de acciones de promoción y financiación, y de un conjunto de convocatorias de ayuda y programas de subvención y financiación para el fomento de la innovación mediante la colaboración público-privada.

La convocatoria de ayudas INNPLANTA de esta Orden es uno de los instrumentos del Plan INNOVACCION, y se encuadra en el eje de Integración Territorial de la Estrategia Estatal de Innovación. Como novedad para todas las convocatorias del Plan INNOVACCION, incluida la convocatoria de esta Orden, el proceso completo de gestión se realizará exclusivamente de forma telemática, utilizando la firma electrónica avanzada. Este proceso se realizará a través de la página Web del Ministerio www.micinn.es, y se regula según la Ley 11/2007, 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

El objetivo del Subprograma de actuaciones científico-tecnológicas en los Parques Científicos y Tecnológicos es apoyar a las entidades privadas instaladas en los Parques Científicos y Tecnológicos la realización de acciones que se dirijan a implantar o mejorar infraestructuras científico-tecnológicas y a la adquisición de equipamiento, en ambos casos para ser utilizados para actividades de I+D+i y de transferencia de resultados de investigación, preferentemente a las empresas instaladas en el Parque, fomentando la cooperación y colaboración entre los agentes del sistema ciencia, tecnología, empresa y ciudadano.

Los Parques Científicos y Tecnológicos son las zonas urbanizadas cuyas parcelas son ocupadas única y exclusivamente por entidades públicas o privadas cuyo objetivo básico es favorecer la generación de conocimiento científico y tecnológico y la promoción de la transferencia de tecnología con el objetivo directamente deducible de incrementar la innovación en sus entidades instaladas y en el sistema de Ciencia-Tecnología-Empresa. Un Parque podrá estar constituido por uno o varios enclaves físicos urbanizados donde se localizan las entidades instaladas, cuya actividad conjunta está gestionada preferentemente, por una persona jurídica que dispone de un equipo humano y de un plan de viabilidad y gestión al efecto.

El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de septiembre de 2007, es el instrumento de programación con que cuenta el sistema español de ciencia y tecnología y en el que se establecen los objetivos y prioridades de la política de investigación e innovación a medio plazo.

En la actualidad, este ejercicio de planificación se inscribe dentro del marco de referencia que representa la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología, adoptada por el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las comunidades autónomas el 11 de enero de 2007, cuyo escenario a 2015 presenta los siguientes principios básicos que deben guiar todas las actuaciones de I+D+i y, por lo tanto, las financiadas al amparo del plan nacional: en primer lugar poner las actividades de investigación e innovación al servicio de los ciudadanos, del bienestar social y de un desarrollo sostenible, con plena e igual incorporación de la mujer; en segundo constituirse en un factor de mejora de la competitividad empresarial y en tercer lugar ser un elemento esencial para la generación de nuevos conocimientos.

Para dar cumplimiento a esos objetivos el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011 contempla seis Líneas Instrumentales de Actuación, entre las que se encuentra la línea destinada a Infraestructuras Científico-Tecnológicas, que es donde se enmarca la presente convocatoria de ayudas.

La Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio, en sus Títulos I y II establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, así como un marco de actuación unitario en la formulación de líneas de apoyo a dichas actividades que constituyen el Programa Nacional de Infraestructuras.

El Programa Nacional de Infraestructuras Científicas y Tecnológicas reagrupa los instrumentos cuyos objetivos estratégicos son incrementar las capacidades españolas en términos de infraestructuras científico-tecnológicas, crear las condiciones para el óptimo aprovechamiento de éstas y contribuir a su construcción y explotación por el conjunto de los agentes del sistema.

La presente convocatoria se dicta conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en los Títulos I y II de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio, que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, en un régimen de ayudas competitivo dirigido a las entidades de naturaleza privada instaladas en los Parques Científicos y Tecnológicos y la gestión de la línea instrumental de actuación de infraestructura científico-tecnológicas, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, en su virtud, dispongo:

TÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 6
Artículo 1 Objeto y normativa aplicable.
  1. El objetivo del presente Subprograma de actuaciones científico-tecnológicas en los Parques Científicos y Tecnológicos es apoyar en los Parques Científicos y Tecnológicos la realización de acciones que se dirijan a implantar o mejorar infraestructuras científico-tecnológicas y a la adquisición de equipamiento, en ambos casos para ser utilizados para actividades de I+D+i y de transferencia de resultados de investigación, preferentemente desde las entidades públicas de investigación a las empresas instaladas en el Parque, fomentando la cooperación y colaboración entre los agentes del sistema ciencia, tecnología, empresa y ciudadano.

  2. Las ayudas que se convocan en el presente Subprograma INNPLANTA (antes ACTEPARQ) están reguladas por las disposiciones comunes a todos los subprogramas del Título I y por las disposiciones específicas del Capítulo II del Título II de la Orden de bases CIN/1862/2009, de 7 de julio, siéndoles de aplicación: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 23.2 (BOE núm. 276, de 18 de noviembre), su Reglamento (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, BOE núm. 176, de 25 de julio) y las normas de la Unión Europea establecidas en el Reglamento CE n.º 1628/2006 de 24/10/2006 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas regionales a la inversión (DOUE L302 de 1/11/2006), las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período 2007-2013 (DOUE C54/08 de 04/03/2006), y el Mapa para España de ayudas regionales (2007/C 35/03; DOUE C35 de 17/02/07) aprobado por decisión de la Comisión de 20-12-2006. Y, además El Reglamento CE n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, (DOUE L379/5 de 28/12/2006) relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis, y el régimen de ayudas limitadas al que se alude en la Comunicación de la Comisión 2009/ C 16 /1 de 22/01/2009 sobre el Marco temporal comunitario aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica.

Artículo 2 Régimen de la concesión.
  1. La concesión de las ayudas del presente...

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