Resolución de 29 de julio de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la subestación a 400/220 kV de 'Brazatortas', en el término municipal de Brazatortas, en la provincia de Ciudad Real, promovida por Red Eléctrica de España, SA.

MarginalBOE-A-2010-13146
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, a instancia de Red Eléctrica de España, S.A., con domicilio en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes n.º 177, solicitando declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación que se cita.

Vista la Resolución de fecha 4 de noviembre de 2009 de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, S.A. la subestación de «Brazatortas», en la provincia de Ciudad Real.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, S.A., ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no habiéndose recibido alegaciones en el periodo reglamentario.

Resultando que con fecha 19 de noviembre de 2009, se remite separata del proyecto y se solicita informe a Unión Fenosa Distribución, S.A. en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; se reitera la petición de informe con fecha 27 de enero de 2010; no se recibe informe por lo que se considera emitido en sentido favorable de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que con fecha 4 de noviembre de 2009, se remite separata del proyecto y se solicita informe al Ayuntamiento de Brazatortas en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; se reitera la petición de informe con fecha 27 de enero de 2010; no se recibe informe por lo que se considera emitido en sentido favorable de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que con fecha 4 de noviembre de 2009, se remite separata del proyecto y se solicita informe a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente perteneciente a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe informe del que no se desprende oposición al proyecto.

Resultando que habiéndose remitido separata del proyecto a los efectos de las disposiciones...

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